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12-jun-2023NNE (Causa N° 82242)Un grupo conformado por distintas familias ocupaba una vivienda en la Ciudad de Buenos Aires desde hacía más de veinte años. En ese contexto, las propietarias del inmueble iniciaron una demanda de desalojo. En el proceso se comprobó que algunos de los ocupantes eran personas menores de edad. En consecuencia, tomó intervención la Defensoría de Menores e Incapaces en su representación. A su vez, la Defensora General de la Nación creó un equipo de trabajo para que asumiera la defensa de los demandados. El equipo estuvo integrado por un Defensor Público Oficial y por dos Defensores Públicos Coadyuvantes del Programa de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Defensoría General de la Nación. En ese marco contestaron la demanda y solicitaron su rechazo. Asimismo, mientras tramitaba el proceso, una sociedad anónima compró a las propietarias los derechos del inmueble, por lo que continuó en la causa en calidad de parte actora. Con posterioridad, el juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a los ocupantes a restituir el inmueble a la sociedad. En ese marco, los demandados –con la asistencia del equipo de trabajo de la Defensa pública– apelaron la sentencia. Entre los argumentos, sostuvieron que la resolución violaba el derecho a la tutela judicial efectiva. A su vez, el equipo citó las Observaciones Generales N° 4 y 7 aprobadas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. También señaló que la sentencia era arbitraria por carecer de perspectiva de derechos humanos ya que no se habían adoptado acciones positivas en resguardo de los derechos de las personas que vivían allí. Por último, expresó que la orden de desalojar el inmueble en cinco días sin disponer ninguna medida tendiente a garantizar el derecho a una vivienda de las familias violaba el deber de plazo razonable regulado en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Por su parte, la Defensora de Menores e Incapaces de Cámara dictaminó en representación de los niños, niñas y adolescentes que habitaban el inmueble. En su presentación, manifestó que la sentencia no había tenido en cuenta la situación de sus defendidos y solicitó la suspensión del trámite hasta que se garantizara su derecho a la vivienda.
5-jul-2021Martinez (Causa N° 31987)Un grupo de personas vivía en un inmueble que no era de su propiedad. Entre las personas que habitaban el lugar, se encontraban niños, niñas y adolescentes. La dueña del inmueble solicitó su desalojo. El juzgado interviniente consideró que los menores de edad no eran parte del proceso de desalojo. En consecuencia, sostuvo que no procedía la intervención de la Defensoría de Menores e Incapaces ya que no tenía legitimidad para hacerlo. Contra esa decisión, la defensoría interpuso un recurso de apelación. De esa manera, se dió intervención a la Defensoría de Menores e Incapaces ante la Cámara para que emitiera un dictamen. En su memorial, sostuvo que estaba a favor del recurso de apelación presentado por la Defensoría de Menores e Incapaces de primera instancia.
1-jul-2020Ancarola (causa N° 35421)Una niña de dos años fue abusada sexualmente por un trabajador del jardín de infantes al que asistía. El hombre fue condenado en sede penal. Los padres, en representación de la niña, iniciaron una acción de daños y perjuicios contra la institución educativa. En la demanda sostuvieron que las autoridades del establecimiento habían tratado de entorpecer y desviar la investigación y proteger al hombre insinuando que el autor del abuso se encontraba en el entorno familiar. Por ese motivo, solicitaron que se la condenase al pago de una suma en concepto de daño punitivo. El juzgado condenó al establecimiento, reconoció el daño punitivo a favor de la niña y lo rechazó en relación con los progenitores. Contra esa decisión, ambas partes interpusieron recursos de apelación.
1-mar-2019Rondal (causa Nº 7629)Una mujer, en representación de su hija, inició una demanda de alimentos contra el padre de la niña. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. Sin embargo, tanto la madre como el padre cuestionaron la cuota fijada en la sentencia e interpusieron un recurso de ape-lación. El demandado solicitó, además, que se revocaran las obligaciones alimentarias futuras y retroactivas determinadas a su cargo hasta que las mismas fueran aprobadas por la mujer.
22-feb-2019MCE (causa Nº 22897)Una mujer, en representación de su hijo, demandó por alimentos a los abuelos paternos del niño. Además, solicitó en la demanda que la Administración Federal de Ingresos Pú-blicos (AFIP) informara si una sociedad comercial –supuestamente perteneciente a los demandados– se encontraba inscripta impositivamente y cuáles eran sus activos, activi-dades, nómina de socios, participación social de cada uno, si cumplía el régimen de información legalmente vigente, datos del socio gerente, honorarios asignados y utilidades distribuidas en los últimos diez ejercicios (art. 101, ley Nº 11.683). El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. Contra esa decisión, interpuso un recurso de revocatoria la AFIP. El juzgado hizo lugar al recurso y dejó sin efecto el libramiento del oficio. En consecuencia, la parte actora interpuso un recurso de apelación.
1-feb-2019GMB (causa N° 112605)La adolescente GMB, de 13 años de edad, padecía de “Escoliosis Ideopática del Adolescente, torácica derecha de 45°, Risser” con estado neurológico normal. Fue operada por su médico y se le colocó una prótesis. Con posterioridad a la intervención, su familia advirtió que tenía la cara hinchada y una marca muy notable que se extendía desde la comisura izquierda de la boca hasta la oreja del mismo lado. El médico tratante decidió ingresarla nuevamente al quirófano. Los padres de GMB solicitaron a la obra social que enviara a un médico neurólogo para revisarla. Entonces, se le diagnosticó que sufría paraparasia de ambos miembros inferiores e incontinencia. Con posterioridad, sus familiares consultaron a otros profesionales, que diagnosticaron un compromiso medular probablemente postcirugía y advirtieron que los daños neurológicos resultantes de las intervenciones anteriores eran irreversibles. En este contexto, ambos padres, en representación de su hija, iniciaron una demanda de malapraxis contra el médico que la operó. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y condenó al médico, la clínica y la obra social a pagar por los daños y perjuicios causados a la joven. Contra esta resolución, el médico demandado interpuso un recurso de apelación en el que sostuvo que la prueba aportada por los actores no permitía acreditar la responsabilidad médica ni su culpa.