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FechaTítuloResumen
13-jun-2023Romero (Causa Nº 12037)Una persona migrante obtuvo su residencia permanente en el país en 1983. Luego, fue condenado en sede penal. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) canceló la residencia permanente del hombre en el territorio nacional, ordenó su expulsión del país y le prohibió su reingreso por 15 años. Para decidir de esa manera aplicó el artículo 62 de la Ley N° 25.871, modificada por el DNU N° 70/2017. La medida fue notificada al hombre en el Servicio Penitenciario Bonaerense ya que se encontraba privado de su libertad. En consecuencia, contra lo decidido por la DNM presentó un recurso por derecho propio. Con posterioridad, la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación tomó intervención y acompañó su pedido pues consideró que se había aplicado de manera equivocada la normativa. Sin embargo, la DNM rechazó el pedido. Por esta razón, la Comisión del Migrante interpuso un recurso judicial. En esa oportunidad solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del DNU Nº 70/2017 que regulaba el procedimiento migratorio especial sumarísimo Señaló que lesionaba derechos y garantías contemplados en la Constitución Nacional e Instrumentos Internacionales sobre derechos humanos. En ese marco, el juez de primera instancia declaró que era inoficioso emitir un pronunciamiento sobre el fondo del asunto. En ese sentido, entendió que el expediente carecía de objeto porque se había derogado el DNU 70/2017 mediante el DNU 138/2021. La defensa apeló lo resuelto. Entre sus argumentos, manifestó que la sentencia era arbitraria debido a que no se había pronunciado sobre la confirmación o revocación del acto administrativo de expulsión, que era el objeto principal de la causa. El juzgado interviniente concedió el recurso.
14-feb-2023Altuve Hernández (Causa Nº 58767)Una mujer de nacionalidad venezolana que vivía en Argentina solicitó que se le reconociera su condición de refugiada. Con posterioridad, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) determinó que su situación en el país era irregular, por lo que dictó una orden de expulsión y le prohibió reingresar por diez años. Para decidir así, evaluó que la mujer tenía antecedentes penales en su país de origen. Por esa razón, sostuvo que debía aplicarse el impedimento de ingreso dispuesto por el artículo 29 inciso c de la Ley Nacional de Migraciones Nº 25.871. Contra esa orden, la mujer –con la asistencia de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación– interpuso un recurso judicial que fue desestimado en primera instancia. Frente a esa decisión, presentó un recurso de apelación. Entre sus argumentos, señaló que no se realizado un control judicial suficiente de la legitimidad y razonabilidad del acto de expulsión. Asimismo, plateó que se debía suspender lo ordenado porque la mujer había peticionado refugio.
4-feb-2020OSDE (causa N° 7468)Una mujer solicitó a su empresa de medicina prepaga que cubriese un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad. El procedimiento preveía la aplicación de una ICSI (inyección intacitoplasmática de espermatozoides) con columnas de anexina y criopreservación de gametos. La empresa rechazó el pedido porque esa prestación no se encontraba incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO). Entonces, la mujer se presentó ante la Superintendencia de Servicios de Salud y solicitó que se la intimase a cubrir el tratamiento. La Gerencia de Atención y Servicios al Usuario de Sistema de Salud de la Superintendencia de Servicios de Salud intimó a la prepaga a abonar la totalidad de lo solicitado. Entre sus argumentos, la administración sostuvo que el tratamiento de fertilización médicamente asistida era de carácter obligatorio y que la falta de reglamentación o adecuación del PMO no era obstáculo para que cubriese la prestación. Contra esa decisión, la empresa interpuso un recuso de reconsideración con jerárquico en subsidio. La decisión fue confirmada en ambas instancias. Por ese motivo, interpuso una demanda en contra de la Superintendencia y del Ministerio  de Salud y solicitó que se declarase la nulidad de los actos administrativos dictados. El juzgado rechazó la acción porque consideró que la parte actora no desvirtuó la validez de los actos impugnados ni probó su nulidad. Contra esa decisión, interpuso un recurso de apelación.
3-oct-2019Lugo (Causa Nº 87205)Una mujer de nacionalidad paraguaya ingresó al país en búsqueda de mejores condiciones de vida. En Argentina convivía junto a sus tres hijos, y se ocupaba de sus cuidados. Dos de sus hijos tenían residencia en el país y la mayor de ellos era de nacionalidad argentina. En 2016 la mujer fue condenada a la pena de un año de prisión de ejecución condicional por ser autora del delito de tenencia simple de estupefacientes. Luego, se presentó ante la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) a fin de regularizar su situación migratoria. En ese momento, la DNM tomó conocimiento de la condena penal. En consecuencia, la DNM dictó una disposición en la que declaró irregular su residencia en país, ordenó su expulsión y le prohibió su reingreso por el término de ocho años. Para decidir de esa manera, entendió que la situación de la migrante encuadraba en los impedimentos para ingresar o permanecer en el territorio nacional previstos por el art. 29 inc. c) de la Ley Nº 25.871 modificado por el Decreto Nº 70/2017. Esa medida fue recurrida por la migrante con la representación del Ministerio Público de la Defensa. Sin embargo, la DNM rechazó el recurso administrativo. Ante esa decisión la mujer interpuso un recurso judicial. En su presentación, solicitó que se revocaran las medidas expulsivas y señaló que eran nulas. Sobre esa cuestión, manifestó que en el caso no se daban los presupuestos para aplicar el artículo 29 c de la ley 25.871 (t.v. al momento de los hechos), agraviando con su dictado, el principio de la unidad familiar y derechos del niño. La jueza hizo lugar al recurso, declaró la nulidad de las disposiciones de la DNM y ordenó que dictase una nueva resolución. En ese sentido, consideró que no se había valorado el derecho de reunificación familiar de la persona migrante. Sin embargo, destacó que resultaba aplicable el artículo 29 inciso c. de la ley 25.871 conforme el DNU 70/2017. Contra lo resuelto, la DNM interpuso recurso de apelación.
3-oct-2017KAUna persona solicitó al Ministerio del Interior y Transporte de la Nación que se lo reconozca como refugiado. El ministerio rechazó la solicitud y dispuso que la Dirección Nacional de Migraciones defina su situación migratoria de acuerdo a la normativa vigente. El solicitante interpuso una demanda con el objeto de impugnar la resolución. Con posterioridad, informó que había obtenido la ciudadanía argentina y que, en virtud de eso, desistía del reclamo. El juez de primera instancia declaró extinguido el proceso e intimó al accionante para que pague la tasa de justicia. Contra esa resolución, el actor interpuso un recurso de apelación.
5-jul-2016R L c. EN Ministerio de Salud y otrosLa actora, en representación de su hijo menor de edad, inició una acción de amparo contra el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de que se le provea el servicio de transporte especial para continuar el tratamiento médico de su hijo. Específicamente, solicitó el traslado en remís tres veces por semana desde su domicilio hasta el Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez y el correspondiente regreso. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 3 hizo lugar a la acción. Ambas demandadas interpusieron recurso de apelación.
3-sep-2015H.VNUna mujer inició una demanda contra el Estado nacional (Ministerio de Defensa- Fuerza Aérea Argentina) y uno de sus suboficiales a fin de obtener una indemnización integral por daño moral y psicológico y el pago de diferencias salariales por acoso sexual, hostigamiento y persecución. El juez de instancia rechazó la demanda por considerar que no era posible atribuirle responsabilidad al Estado Nacional porque las declaraciones de los testigos eran insuficientes para probar una conducta de acoso sexual o la existencia de un ilícito que generara algún tipo de responsabilidad laboral. La actora presentó un recurso de apelación contra la sentencia de instancia.
3-sep-2015HVN c. ENUna mujer denunció en reiteradas oportunidades acoso sexual, hostigamiento y persecución en el ámbito de su trabajo por parte de su superior. Ante la falta de conclusión de las actuaciones administrativas, la actora interpuso una demanda a fin de obtener una indemnización integral por daños moral y psicológico y el pago de diferencias salariales. El juez de primera instancia rechazó la demanda. Ambas partes interpusieron recursos de apelación.
5-mar-2015Fenestraz, Francisco c. ANSESEl actor demandó a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) para obtener una indemnización integral por los daños y perjuicios padecidos por la suspensión ilegítima en el cobro de una pensión por invalidez cuya restitución debió ser reclamada judicialmente. La jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda de daños y perjuicios a partir del reconocimiento judicial de la ilegitimidad de la conducta administrativa. Sin embargo, desestimó los reclamos por daños derivados de la enfermedad esofágica y gástrica y psicológico por falta de prueba y ordenó a la demandada que abonara al actor únicamente una suma en concepto de daño moral por los sufrimientos que le causó la suspensión ilegítima del beneficio jubilatorio. Ambas partes apelaron la decisión.