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FechaTítuloResumen
18-nov-2021Casco (reg. N° 1901 y causa N° 3870)En la ciudad de Mercedes, provincia de Corrientes, se allanaron tres locales nocturnos. Allí, se encontraron mujeres de distintas nacionalidades que ejercían la prostitución. Por tal razón, cinco personas fueron imputadas por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual. A una de ellas, CMA, se le imputó haber recibido y acogido a las víctimas, como también haber administrado y regenteado uno de los negocios. Por otro lado, MYC, SC, CKR e IP fueron imputados por el delito de trata de personas agravada por mediar abuso de una situación de vulnerabilidad, por ser las víctimas más de tres y haberse consumado la explotación. Según los testimonios incorporados al expediente, el trabajo de CMA consistía en cobrar y anotar las “copas” y los “pases” de las víctimas. Luego, entregaba el dinero a la dueña del local. Durante el debate, MYC, SC y CKR expresaron que a lo largo de sus vidas sufrieron distintos tipos de violencia, que ejercieron la prostitución y que no consideraban que el regenteo de prostíbulos fuera delictivo cuando mediaba el consentimiento de las personas que allí trabajaban. En particular, MYC señaló que de haber sabido que estaba prohibido hubiera cerrado el local de manera inmediata. Por su parte, SC reconoció encontrarse a cargo del local, pero indicó que sólo se podían cobrar las “copas” debido a que el lugar no estaba habilitado para efectuar “pases”. A su vez, IP explicó que era la pareja de SC desde hacía más de veinte años y se habían conocido cuando ella ejercía la prostitución, pero no participaba de ninguna manera en el local. Por último, CKR sostuvo que era trabajadora sexual, que en 1994 le habían ofrecido administrar un local en donde permaneció hasta 2007, cuando le cedió el espacio a otra persona. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, por unanimidad, absolvió a CMA y condenó a las restantes cuatro personas imputadas a penas de entre ocho y diez años de prisión por el delito de delito de trata de personas, agravada por mediar abuso de una situación de vulnerabilidad, por ser las víctimas más de tres y haberse consumado la explotación. Asimismo, ordenó el decomiso de los tres locales nocturnos. Contra esa decisión, las defensas de las personas condenadas interpusieron recursos de casación.
13-jul-2021Madsen (reg. Nº 1154 y causa Nº 17789)Dos personas fueron acusadas de haber evadido al Fisco nacional la suma de $795.807,36 correspondiente al Impuesto al Valor Agregado del período fiscal 2016. Por ese hecho fueron imputadas por el delito de evasión simple En la etapa de instrucción, fueron sobreseídos por la aplicación retroactiva de la ley N° 27.430. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de apelación. La Cámara revocó el pronunciamiento recurrido. Para decidir de esa manera, consideró que la nueva ley no había modificado la reprobación social de la conducta, sino que había actualizado el quantum de las condiciones objetivas de punibilidad de los delitos allí previstos. La defensa interpuso un recurso de casación, que fue rechazado. En consecuencia, interpuso un recurso de queja. Entre otras cuestiones, planteó que la Cámara había hecho una interpretación irrazonable de la ley N° 27.430 por lo que se había vulnerado el principio de legalidad. En ese sentido, expuso que dicha ley resultaba más benigna y que debía aplicarse de manera retroactiva, en línea con lo afirmado en el precedente “Palero” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
17-mar-2021Fernández (reg. Nº 310 y causa Nº 22373)Los representantes de AFIP-DGI denunciaron a dos personas por la presunta evasión al Fisco Nacional en relación al Impuesto al Valor Agregado en los períodos fiscales 2013, 2014 y 2015 por los montos de $882.778,77, $649.121,31 y $519.811,59, respectivamente. Además, se les acusó de haber evadido el Impuesto a las Ganancias durante el período 2013 por la suma de $1.130.677,46. Por esos hechos, fueron imputadas por el delito de evasión tributaria simple. En la etapa de instrucción, fueron sobreseídas. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca revocó la resolución. Contra esa sentencia, la defensa de una de las personas imputadas interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que la Cámara había incurrido en una errónea aplicación de la ley N° 27.430 y consideró que la resolución era incompatible con el precedente “Palero” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
10-dic-2018Cortes Carrazco (Causa Nº 50399 Reg Nº 2148)En el marco de un control vehicular efectuado en un paso fronterizo, personal de la AFIP-DGA inspeccionó un micro. Los agentes advirtieron un bulto en el interior de la campera de uno de los pasajeros. Al consultarle qué llevaba, respondió que tenía sesenta mil dólares estadounidenses y que, por motivos de seguridad, los había puesto en el forro interior de su abrigo. Por ese hecho, fue condenado por el delito de contrabando de divisas en grado de tentativa a la pena de dos años de prisión condicional. Para decidir de esa manera, el Tribunal Oral consideró que el imputado había omitido de manera deliberada declarar los dólares para sustraerlos del control aduanero. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que su asistido no había ocultado ni omitido declarar el dinero al personal aduanero.
3-ago-2017GFUna persona se encontraba en Aeroparque con el objeto de tomar un vuelo al extranjero. En el marco de los controles de rutina, su bolso fue inspeccionado con una máquina de rayos X. Personal policial observó imágenes compatibles con la forma de fajos de billetes. Al ser consultado, el pasajero manifestó que llevaba dieciocho mil dólares. Por tal razón, se requisaron todas sus pertenencias. En el interior del bolso se hallaron dieciocho mil cuatrocientos dólares y, en el bolsillo de su pantalón, nueve mil cuatrocientos setenta dólares. Por ese hecho, fue imputado por el delito de contrabando en grado de tentativa. El juzgado dictó su sobreseimiento, por considerar que la acción era atípica. En particular, entendió que el imputado no había realizado ninguna acción idónea para ocultar, mediante ardid, el transporte de la mercadería. Contra esa resolución, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó el sobreseimiento. Por tal razón, la fiscalía interpuso un recurso de casación, que fue declarado inadmisible. Contra esa decisión, se interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la presentación de un recurso de queja. La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la resolución de la CFCP y remitió las actuaciones a ese tribunal, con el objeto de que tomara intervención en el caso.
6-mar-2015Ledesma, Adrián FabioUn hombre fue condenado por el delito de transporte de estupefacientes. Su defensa recurríó la decisión por considerar nula el acta de procedimiento que justificaba el actuar policial.