Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/1991
Título : Cortes Carrazco (Causa Nº 50399 Reg Nº 2148)
Fecha: 10-dic-2018
Resumen : En el marco de un control vehicular efectuado en un paso fronterizo, personal de la AFIP-DGA inspeccionó un micro. Los agentes advirtieron un bulto en el interior de la campera de uno de los pasajeros. Al consultarle qué llevaba, respondió que tenía sesenta mil dólares estadounidenses y que, por motivos de seguridad, los había puesto en el forro interior de su abrigo. Por ese hecho, fue condenado por el delito de contrabando de divisas en grado de tentativa a la pena de dos años de prisión condicional. Para decidir de esa manera, el Tribunal Oral consideró que el imputado había omitido de manera deliberada declarar los dólares para sustraerlos del control aduanero. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que su asistido no había ocultado ni omitido declarar el dinero al personal aduanero.
Argumentos: La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, por unanimidad, hizo lugar al recurso, anuló la sentencia impugnada y absolvió al imputado (jueces Slokar y Yacobucci y jueza Ledesma). 1. Prueba. Apreciación de la prueba. “No se encuentra discutido que el hallazgo del dinero se produjo en ocasión de ser preguntado acerca de si llevaba algo que debiera declarar, y espontáneamente manifestó que poseía dólares en efectivo, indicando la cantidad exacta […]. De tal suerte, y según se advierte, la forma en que el encausado portaba las divisas, sumado al modo de exteriorización no evidencia intención de impedir el control aduanero con el grado de certeza que demanda un pronunciamiento condenatorio. En este sentido, […] el tribunal incurrió en un error en la valoración probatoria, toda vez que desechó el argumento referido a que el acondicionamiento del dinero dentro de una costura en su prenda de vestir, respondía a motivos de seguridad”. 2. Contrabando. Tipicidad. “[R]esulta cuanto menos dudoso que la tenencia del dinero en la forma en que lo llevaba […] pueda siquiera configurar el ‘ocultamiento’ requerido por el tipo de contrabando”. “En definitiva, maguer si las divisas pueden constituir objeto del delito de contrabando, lo cierto es que la sustracción del control aduanero requiere un medio ardidoso u ocultamiento, no siendo suficiente la mera omisión de declarar aquellos valores […], extremo que, por mandato del principio in dubio pro reo, no se verifica en la especie…”. 3. In dubio pro reo. Principio de inocencia. “[L]a valoración de los hechos o circunstancias fácticas alcanzadas por el in dubio pro reo incluye también los elementos subjetivos del tipo penal, cuya averiguación y reconstrucción resulta imprescindible para aplicar la ley penal. La falta de certeza sobre estos últimos también debe computarse a favor del imputado (causa ‘Vega Giménez’ […], considerando 9º)”. “[R]esulta decisivo que el juez, aun frente al descargo que pudiera estimarse verosímil, mantenga una disposición neutral y contemple la alternativa de inocencia seriamente, esto es, que examine la posibilidad de que la hipótesis alegada por el imputado pueda ser cierta. Desde esta perspectiva, la presunción de inocencia consagrada en el artículo 18 de la Constitución Nacional puede ser vista, en sustancia, como el reverso de la garantía de imparcialidad del tribunal’ (CSJN causa […] ‘Carrera, Fernando Ariel…)”. “[E]l principio de inocencia impide la pena extraordinaria o ‘pena de sospecha’ en los casos en que […] no existe certeza respecto de la comisión de un delito…”.
Tribunal : Cámara Federal de Casación Penal, Sala II
Voces: CONTRABANDO
DIVISAS
TIPICIDAD
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
PRUEBA
APRECIACION DE LA PRUEBA
IN DUBIO PRO REO
PRINCIPIO DE INOCENCIA
SENTENCIA ABSOLUTORIA;#94
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Wolfel (causa Nº 32021667)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Cortes Carrazco (Causa Nº 50399 Reg Nº 2148).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.