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23-dic-2020Coria García Martínez (causa Nº A75163)Un abogado matriculado en la provincia de Buenos Aires obtuvo a principios de 2014, junto a su cónyuge, la guarda con fines de adopción de su segunda hija. El 24 de abril de ese año, la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires estableció por reglamento un subsidio por maternidad o adopción. El subsidio equivalía a 220 días de la cuota anual obligatoria que le correspondía abonar a sus afiliados. Por este motivo, el profesional solicitó el beneficio. Sin embargo, la entidad consideró que el subsidio se encontraba instituido sólo para las afiliadas mujeres y negó la solicitud. En esa línea, explicó que su finalidad era que “las abogadas mamás, puedan cumplir con su rol, sobre todo los primeros meses de nacimiento, alcanzar su recuperación y en el caso de las mamás adoptivas, crear y fomentar el vínculo, afianzar el lazo, favorecido durante el plazo que otorga el subsidio, al quedarse en el hogar”. El afiliado inició una demanda contencioso administrativa contra la caja con el objeto de que se decretase la ilegitimidad de la reglamentación y se le otorgara el subsidio. El juzgado de primera instancia hizo parcialmente lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la limitación impuesta. Además, ordenó a la demandada el dictado de un acto administrativo que, en el plazo de 60 días modificase el reglamento cuestionado. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. La Cámara de Apelaciones de San Martín, por mayoría, revocó la decisión y rechazó la demanda. Finalmente, el actor interpuso un recurso extraordinario de inconstitucionalidad.
5-nov-2020EYV (causa Nº 33871)Una mujer vivía con su hijo y su hija menores de edad en una vivienda de la localidad de Moreno. La mujer había sido víctima de violencia por parte de su expareja, padre de los niños, por lo que se había separado y cambiado de domicilio. Además, interpuso una demanda, en representación de sus hijos, por alimentos. Entre otras cuestiones, el juzgado dispuso el embargo y depósito a favor de la mujer de las asignaciones familiares por hijo. La mujer trabajaba en un comercio mientras sus hijos asistían al colegio. Al declararse la emergencia sanitaria por el virus Covid-19, perdió su trabajo. Por ese motivo, el 31 de marzo de 2020 solicitó a la Administración Nacional de la Seguridad Social –ANSeS– el Ingreso Familiar de Emergencia –IFE–. ANSeS rechazó la solicitud. Entonces, la defensa realizó gestiones ante la Administración para acreditar que la mujer residía con su hijo e hija, que conformaban un solo grupo familiar y que no tenía vínculo con su expareja. El 19 de mayo del mismo año la mujer solicitó nuevamente la IFE. El pedido fue rechazado. ANSeS señaló que se había verificado que la mujer había cobrado una asignación familiar mediante un embargo. La defensa interpuso una acción de amparo con el objeto que se le reconociera el derecho de su asistida al IFE y se ordenase el pago de las sumas correspondientes desde el mes de abril de 2020 hasta la fecha de la interposición de la demanda y las que se liquidasen en el futuro. Al contestar la demanda, ANSeS manifestó que la actora tenía una afiliación como grupo familiar en la obra social de su expareja. El juzgado, previó a resolver la cuestión, solicitó a la parte demandada que acompañase copia del expediente administrativo iniciado por la parte actora. Sin embargo, ANSeS contestó que la inscripción al IFE era virtual y que no existía un expediente administrativo.
27-ago-2020Cagnone Lavaque (reg. N° 1135 y causa N° 71003830)Un hombre fue detenido en julio de 2011 por la comisión de un delito y en octubre de ese año fue excarcelado para realizar un tratamiento por su adicción a los estupefacientes. Por esa razón, estuvo internado en una institución bajo modalidad “cerrada” hasta noviembre de 2012. En agosto de 2015 contrajo matrimonio con una mujer y tuvieron dos hijas. En 2018 se divorciaron y acordaron judicialmente el cuidado compartido indistinto de las niñas, de tres y dos años, que habitaban en el domicilio del hombre como “sede principal”. En septiembre de 2019, la condena del imputado quedó firme. Entonces, el hombre se presentó de manera espontánea en sede policial y quedó detenido. Desde su detención, la hija menor comenzó con espasmos sollozos y le fue diagnosticada epilepsia, mientras que la hija mayor había vuelto a usar pañales. La madre de las niñas tuvo que ausentarse de su empleo para proporcionarles los cuidados necesarios. Frente a ese contexto, la defensa solicitó que le concedieran el arresto domiciliario a su asistido. El asesor de menores acompañó el pedido. En ese sentido, sostuvo que debía prevalecer el interés superior de las menores de edad y debía evitarse que la pena recaída en contra del padre las perjudicara. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al pedido. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, explicó que el inciso f) del artículo 32 de la Ley de Ejecución Penal no contemplaba el supuesto de arresto domiciliario para menores de cinco años. Además, agregó que no se encontraba comprometido el interés superior de las niñas ya que no atravesaban una situación de desamparo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
26-ago-2020Calderón Mayuri (reg. N° 2579 y Causa N° 12594)Un hombre fue condenado a la pena única de un año y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. El hombre había sido sometido a una intervención quirúrgica por la cual le habían extraído el vaso y el páncreas y, en consecuencia, debía alimentarse con una dieta restringida. Además, tenía tres hijos de 2, 6 y 10 años, que se encontraban al exclusivo cuidado de su madre. Frente a la situación de emergencia sanitaria, la defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario en los términos del inciso i) del artículo 210 del CPPF. Luego, amplió el pedido en función del inciso f) de los artículos 10 CP y 32 de la Ley de Ejecución. En esa dirección, presentó un informe del Programa de Atención a las Problemáticas Sociales y Relaciones con la Comunidad de la Defensoría General de la Nación en el que daba cuenta que la mujer tenía un tumor en el cuello y que, desde el aislamiento social preventivo y obligatorio, no había podido continuar con su trabajo habitual. En ese sentido, el informe concluyó que la familia del detenido atravesaba una delicada situación socioeconómica ya que contaba con las Asignaciones Universales por Hijo como único ingreso monetario fijo. Por su parte, la Dirección de Asistencia para Personas Bajo Vigilancia Electrónica informó que estaban dadas las condiciones para incorporar al hombre al programa y que su presencia en el hogar tendría un impacto positivo para sus hijos. Además, el asesor de menores se expidió de manera favorable al pedido. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Entre otras cuestiones, sostuvo que los hijos del condenado no se encontraban en una situación de abandono ni de inseguridad material que habilitara la concesión del instituto.
19-ago-2020Ruiz (reg. N° 1040 y causa N° 14049)Un hombre que se encontraba detenido era padre de tres hijos, de 15, 13 y 8 años. El mayor sufría una malformación genética y dependía de un tercero para ser movilizado a través de una silla de ruedas. Además, le habían detectado problemas de corazón y debía ser intervenido de manera quirúrgica. Desde la detención del hombre, los niños quedaron al exclusivo cuidado de su madre, que era el único sostén emocional y económico de la familia. Frente a esa situación, la defensa presentó un informe social que concluía que el joven requería constantes cuidados y la asistencia de un adulto mayor. Además, explicaba que el adolescente había abandonado los estudios secundarios desde la detención de su padre. Por esa razón, la defensa solicitó que se concediera el arresto domiciliario en los términos del artículo 32, inciso f) de la ley N° 24.660. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, consideró que los niños se encontraban al cuidado de la madre y no se había verificado un estado de desprotección o desamparo ni una situación de extrema vulnerabilidad que comprometiera el interés superior de la niñez. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación.
19-ago-2020Tejada Aguilera (reg. N° 1041 y causa N° 4262)Un hombre había sido detenido e imputado por la comisión de un delito. Al momento de su detención, sus hijos —de once y trece años— quedaron al cuidado de su tía paterna. Frente a la emergencia sanitaria, la situación de vulnerabilidad del grupo familiar se agravó y basaba su subsistencia en el retiro de bolsones de mercadería que ofrecía la Dirección General de Escuelas de Mendoza. En ese contexto, la defensa solicitó que se concediera la prisión domiciliaria a su asistido en los términos del artículo 32, inciso f) de la ley N° 24.660. El Asesor de Menores sostuvo que si bien el tope legislativo para conceder el instituto era de cinco años, los hijos del imputado seguían siendo niños y dicho tope no resultaba infranqueable. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal adhirió al pedido de morigeración de la detención. En particular, consideró que debía prevalecer el interés superior de los niños y consideró no existía peligro de obstrucción a la investigación por parte del detenido. El juez a cargo de la instrucción rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza no hizo lugar a la impugnación y confirmó la decisión apelada. Entonces, la defensa interpuso un recurso de casación.
17-jul-2020Coronel (reg. N° 803 y causa N° 16854)En abril de 2017, un hombre fue detenido e imputado por la comisión de un delito. Tres meses después fue excarcelado y se mantuvo en esa condición durante todo el proceso, que culminó con una sentencia condenatoria y su nueva detención en agosto de 2019.  El grupo familiar del hombre se componía por sus dos hijas de cinco y siete años, su pareja y otra hija de ella, de doce años. Frente a la situación de emergencia sanitaria, la madre de las niñas se vio imposibilitada de salir a trabajar y el único ingreso con el que contaba era la Asignación Universal por Hijo. La defensa del hombre solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al pedido. El Tribunal Oral rechazó la solicitud. Para decidir de esa manera, sostuvo que solo las madres de niños menores de edad podían ser beneficiarias del instituto. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En esa instancia, se dio intervención al Asesor de Menores, quien explicó que la prisión domiciliaria respondía a la necesidad de cohesión familiar y a la valoración plena del interés superior de la niñez.
23-dic-2019Medina (reg. N° 2730 y causa N° 55652)Un hombre se encontraba detenido por la comisión de un delito. Desde su detención, su hija de cuatro años presentaba un cuadro de estrés reactivo postraumático. Frente a ese contexto, la defensa solicitó el arresto domiciliario de su asistido en los términos del inciso f de los artículos 10 del Código Penal y 32 de la Ley de Ejecución. En ese sentido, presentó un informe psicológico sobre el estado de la niña y un informe del colegio al que asistía que indicaba que se habían observado cambios negativos en la menor de edad desde el momento de la detención de su padre. Por su parte, el Asesor de Menores se expidió de manera favorable al pedido. Entre otras cuestiones, explicó que la presencia del hombre en el hogar favorecería el desarrollo y crecimiento de su hija. El tribunal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, efectuó un repaso de los informes presentados por la defensa y concluyó que no había prueba que acreditara que la concubina del detenido se encontraba imposibilitada de cumplir con su rol de madre. Agregó que no se verificaba una lesión al interés superior de la niña que justificara hacer una excepción al inciso f) del artículo 32 de la ley N° 24.660. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
23-dic-2019Pascua (reg. N° 2749 y causa N° 106204)Un hombre fue detenido e imputado por la comisión de un delito. Su grupo familiar se conformaba por su concubina y cuatro hijos, tres menores de edad y uno de quince años. Desde el momento de su detención, la mujer pasó a ser el único sostén económico del hogar y el hijo mayor debió abandonar sus estudios secundarios para hacerse cargo del cuidado de sus hermanos menores. La defensa del hombre solicitó que le concedieran la prisión domiciliaria. Fundó el pedido en las graves condiciones de salud física y psicológica de su familia por su familia bajo la línea de indigencia. Por su parte, el equipo interdisciplinario del programa de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica observó que la presencia del hombre en el domicilio aportaría que sus hijos e hijas recibieran contención cercana y sostenida. El juez rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó la resolución de la instancia anterior. Para decidir de esa manera, sostuvo que en el caso no se daba una situación extraordinaria de desamparo o inseguridad. Contra dicha resolución, la defensa del imputado y la Defensora Pública de Menores interpusieron recursos de casación.
5-dic-2019MSA (Causa Nº 789)Una mujer y un hombre tuvieron una relación sexoafectiva, de la que nacieron tres niñas. Luego, se separaron y la mujer quedó a cargo de sus hijas. Por su parte, el hombre realizaba aportes esporádicos y escasos, pese a que los gastos de sostenimiento de las hijas aumentaban de acuerdo a sus edades. Dos de ellas eran adolescentes y acudían a la escuela, mientras que la otra –ya mayor de edad en ese momento– concurría a una universidad situada en otra provincia. Asimismo, realizaban distintas actividades extracurriculares. Frente a esa situación, el salario de la madre como empleada estatal era insuficiente para cubrir la totalidad de los gastos. Por esa razón, la mujer hacía algunas tareas informales y recibía ayuda económica de su madre. En consecuencia, la mujer inició una demanda de alimentos contra el progenitor. En su presentación, informó que el demandado se desempeñaba como policía de la provincia. Por lo tanto, solicitó que se fijara una cuota equivalente al 50% de sus haberes, más la mitad del aguinaldo. También requirió que se agregaran las asignaciones familiares y escolares en caso que las percibiera. El juzgado estableció una cuota provisoria, que comenzó a ser descontada del sueldo del hombre. Sin embargo, el progenitor no se presentó en el expediente y fue declarado rebelde. Tampoco fue a la audiencia fijada por la jueza.