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FechaTítuloResumen
24-nov-2022Baraona Bray v. ChileUn abogado y defensor ambiental realizaba labores relacionadas a la protección de los bosques en Chile. En una serie de declaraciones y entrevistas, el hombre acusó a un senador de ejercer presiones políticas para permitir la tala ilegal del árbol de alerce. Por esos dichos, el senador inició una acción penal en su contra. El juzgado interviniente consideró que el hombre era responsable por el delito de injurias graves. Por ese motivo, lo condenó a 300 días de prisión y dispuso la suspensión de la imposición de pena. Contra la sentencia condenatoria, el imputado interpuso un recurso de nulidad ante la Corte Suprema de Chile que fue denegado. Para resolver así, consideró que las expresiones del hombre no revestían de seriedad y razonabilidad suficiente y que habían dañado de manera desproporcionada el honor del senador. Luego de seis meses de la suspensión de la pena sin un nuevo requerimiento de investigación, el Código Procesal Penal chileno habilita al tribunal a dejar sin efecto la condena y decretar el sobreseimiento total y definitivo de la causa. Por esa razón, el juzgado sobreseyó al imputado y dispuso el archivo del expediente. A raíz de lo ocurrido, el hombre no se pronunció sobre la tala ilegal del alerce ni sobre la participación del senador por algunos años.
7-dic-2022PNC (Causa N° 1100)En marzo de 2009 se realizó un allanamiento en el domicilio de un hombre. En esa oportunidad, fue detenido de manera preventiva por la supuesta tenencia de estupefacientes. Durante el tiempo en el que estuvo privado de su libertad –51 meses– atravesó distintos problemas de salud y malas condiciones de detención, así como malos tratos y torturas. En ese marco, realizó diversos reclamos y denuncias ante el juez interviniente en la causa penal, la Secretaría de Ejecución de la Defensoría General y la Comisión Provincial por la Memoria de La Plata, que fueron desatendidos. Luego, en el juicio oral el Ministerio Público Fiscal desistió de la acusación que había motivado su detención por falta de pruebas. En consecuencia, en mayo de 2013 el hombre recuperó su libertad. Luego, en noviembre de ese año fue detenido por segunda vez con motivo de un nuevo allanamiento en su domicilio por tenencia de estupefacientes. En esa oportunidad, permaneció privado de la libertad por 24 meses. Durante ese período, su situación de salud se agravó. Pese a ello, las autoridades penitenciarias no garantizaron los tratamientos médicos ni los cuidados que necesitaba. En octubre de 2015 fue absuelto en el marco de la causa penal que había motivado su detención. En mayo de 2016, en virtud de las irregularidades que había sufrido en el contexto de encierro, el hombre promovió una demanda de daños y perjuicios contra la Provincia de Buenos Aires. Entre sus argumentos, planteó que el Estado era responsable por haber prestado un servicio de justicia irregular ya que había sido detenido en dos oportunidades por períodos extensos y sin justificación alguna. Luego, el Estado provincial contestó la demanda y solicitó su rechazo. En esa ocasión, sostuvo que no había en el caso un supuesto de responsabilidad estatal. Asimismo, señaló que el ordenamiento jurídico no preveía un límite temporal a la prisión preventiva. Por último, planteó la prescripción con respecto al primer hecho. Sobre ese aspecto, sostuvo que había transcurrido el plazo de dos años previsto por el artículo 4037 del Código Civil para la responsabilidad extracontractual.
1-mar-2023Violencias y espacio público: prácticas ilegítimas de las fuerzas de seguridadEl presente boletín elaborado por la Secretaría General de Capacitación y Jurisprudencia releva sentencias emitidas por distintos tribunales del país en procesos seguidos a integrantes de las fuerzas de seguridad por delitos cometidos en ejercicio de sus funciones. Los documentos recopilados dan cuenta de denuncias por el uso abusivo de la fuerza ya no dentro del espacio carcelario, sino en escenarios urbanos. Conforme lo reflejan las sentencias, estos excesos ocurrieron en el marco de protestas sociales o en supuestas prácticas preventivas y sus principales destinatarios fueron jóvenes de los sectores populares.
17-abr-2023Calvari (causa N° 9568)Un empleado del Banco Central de la República Argentina entregó a un tercero distintos muebles abandonados y en mal estado que se encontraban en un depósito de la institución donde trabajaba, con el fin de donarlos. Por este hecho, el hombre fue imputado por el delito de defraudación por retención indebida. En el marco de la causa, el Banco Central de la República Argentina se constituyó como parte querellante y requirió la elevación a juicio por el delito de malversación de caudales. Durante el juicio oral, la defensa destacó que al momento de los hechos el hombre imputado no tenía a su cargo el cuidado de los bienes en cuestión y que no existía un procedimiento formal estipulado para la donación de ese tipo de bienes. Asimismo, durante el debate, se demostró que los muebles no tenían valor económico.
20-abr-2023Nuñez (causa N° 83000002)Un hombre había sido imputado por el delito de falso testimonio. La causa había iniciado en agosto de 2002. En diciembre de 2003, el hombre fue citado a prestar declaración indagatoria. En agosto de 2004 se dictó su procesamiento y en septiembre de 2005 se requirió la elevación de la causa a juicio. A raíz de diversas excusaciones planteadas por la fiscal, la constitución del tribunal oral se demoró casi dos años. Se fijó fecha de debate para septiembre de 2008. Sin embargo, debido a un nuevo planteo fiscal el debate fue suspendido. El trámite del nuevo planteo demoró otra vez dos años más. En junio de 2010, la defensa solicitó la suspensión de juicio a prueba. El tribunal suspendió nuevamente el debate. Debido a la falta de impulso, se fijó una nueva fecha de juicio para noviembre de ese año. Unos días antes, la defensa presentó una excepción por violación al derecho a ser juzgado en un plazo razonable y, en subsidio, una nueva solicitud de suspensión de juicio a prueba. El tribunal rechazó la excepción y fijó fecha de audiencia para considerar la probation. Contra la primera decisión, la defensa presentó un recurso de casación. El trámite del recurso se extendió hasta agosto de 2011. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el temperamento adoptado por el tribunal oral. Una vez celebrada la audiencia de suspensión de juicio a prueba, la integración del tribunal se vio de nuevo afectada por la vacancia de uno de los vocales. La nueva integración demoró en quedar conformada hasta julio de 2018. En diciembre del mismo año, el tribunal rechazó el pedido de suspensión del juicio a prueba. Finalmente, el 24 de abril de 2019 comenzó el juicio oral. Se condenó al imputado a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de falso testimonio. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que los diecisiete años de duración del proceso eran irrazonables a la luz de los lineamientos fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Afirmó también que la demora no era atribuible en modo alguno a la defensa. Asimismo, destacó que el expediente no revestía ningún tipo de complejidad. En ese sentido, indicó que había una sola persona imputada, ningún testigo y la única prueba había sido la reproducción de las declaraciones testimoniales en las que el hombre había incurrido en contradicción. La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó la impugnación. En consecuencia, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó un recurso de queja.
27-abr-2023González (causa N° 312)A partir de una denuncia sobre venta de estupefacientes, se iniciaron tareas investigativas respecto de una persona. Durante la investigación se registraron de manera fílmica diversas maniobras que evidenciaban la venta de estupefacientes en su domicilio. Asimismo, se indicó que una pareja de agentes de la policía pasados a disponibilidad proveía el material estupefaciente. En ese contexto, la fiscalía solicitó el allanamiento simultáneo de las viviendas. Como resultado se secuestró estupefaciente en ambos domicilios y las tres personas involucradas fueron detenidas. Luego, se dictó su procesamiento con prisión preventiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En la etapa de juicio oral, la primera persona investigada suscribió un acuerdo de juicio abreviado. Respecto de la pareja imputada, el representante del Ministerio Público Fiscal propició una variación en la calificación legal y consideró que debía aplicarse la agravante prevista por el inciso d del artículo 11 de la ley N° 23.737 porque los imputados revestían la calidad de funcionarios policiales. Por esa razón, solicitó la pena de siete años de prisión para cada uno. Entre otras cuestiones, la defensa sostuvo que en las tareas investigativas no se había hecho referencia a la intervención o aporte que había tenido la mujer de la pareja en la conducta ilícita. Por ese motivo, explicó la necesidad de evaluar el caso desde una perspectiva de género.
27-abr-2023VIGO ( Causa N° 43)A partir de una denuncia sobre venta de estupefacientes, se iniciaron tareas investigativas respecto de una persona. Durante la investigación se registraron de manera fílmica diversas maniobras que evidenciaban la venta de estupefacientes en su domicilio. Asimismo, se indicó que una pareja de agentes de la policía pasados a disponibilidad proveía el material estupefaciente. En ese contexto, la fiscalía solicitó el allanamiento simultáneo de las viviendas. Como resultado se secuestró estupefaciente en ambos domicilios y las tres personas involucradas fueron detenidas. Luego, se dictó su procesamiento con prisión preventiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En la etapa de juicio oral, la primera persona investigada suscribió un acuerdo de juicio abreviado. Respecto de la pareja imputada, el representante del Ministerio Público Fiscal propició una variación en la calificación legal y consideró que debía aplicarse la agravante prevista por el inciso d del artículo 11 de la ley N° 23.737 porque los imputados revestían la calidad de funcionarios policiales. Por esa razón, solicitó la pena de siete años de prisión para cada uno. Entre otras cuestiones, la defensa sostuvo que en las tareas investigativas no se había hecho referencia a la intervención o aporte que había tenido la mujer de la pareja en la conducta ilícita. Por ese motivo, explicó la necesidad de evaluar el caso desde una perspectiva de género.
29-ago-2023Reparación y conciliación en la jurisprudencia federalJurisprudencia federal sobre reparación y conciliación (2020-2023)
27-nov-2023Viteri Ungaretti y Otros v. EcuadorUn integrante de las Fuerzas Armadas de Ecuador denunció ante las autoridades y en medios de comunicación hechos de corrupción dentro de su ámbito laboral. Entonces, fue sancionado por las autoridades castrenses a días de arresto por considerar que había transgredido el Reglamento de Disciplina Militar. Contra dichas sanciones el hombre presentó diversos recursos, y finalmente la justicia dejó sin efecto los arrestos ordenados. Sin embargo, de forma posterior el hombre fue objeto de diferentes represalias, entre ellas la falta de asignación de tareas acorde a su grado y jerarquía, su declaración como “persona no grata” en las Fuerzas Armadas y la prohibición de asistir a ciertas ceremonias y reuniones. Además, el hombre denunció ante las Fuerzas Armadas que él y su familia estaban sufriendo persecuciones, pero no obtuvo una respuesta satisfactoria. En ese contexto, el hombre solicitó asilo político para él y su familia en Reino Unido, que fue concedido.
27-nov-2023“Viteri Ungaretti y otros v. Ecuador”Un integrante de las Fuerzas Armadas de Ecuador denunció ante las autoridades y en medios de comunicación hechos de corrupción dentro de su ámbito laboral. Entonces, fue sancionado por las autoridades castrenses a días de arresto por considerar que había transgredido el Reglamento de Disciplina Militar. Contra dichas sanciones el hombre presentó diversos recursos, y finalmente la justicia dejó sin efecto los arrestos ordenados. Sin embargo, de forma posterior el hombre fue objeto de diferentes represalias, entre ellas la falta de asignación de tareas acorde a su grado y jerarquía, su declaración como “persona no grata” en las Fuerzas Armadas y la prohibición de asistir a ciertas ceremonias y reuniones. Además, el hombre denunció ante las Fuerzas Armadas que él y su familia estaban sufriendo persecuciones, pero no obtuvo una respuesta satisfactoria. En ese contexto, el hombre solicitó asilo político para él y su familia en Reino Unido, que fue concedido.
30-nov-2023Violencia de género en entornos digitalesIncluye una guía básica para la obtención e implementación de órdenes de protección y un boletín de jurisprudencia e informes internacionales. La importancia de esta publicación radica en que la violencia de género que se observa en los entornos digitales es una extensión de la desigualdad y la discriminación que sufren las mujeres e integrantes del colectivo LGBTIQ+ en todos los aspectos de su vida. La innovación es que ahora esa violencia se ve facilitada por las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Allí, las mujeres y el colectivo LGBTIQ+ están expuestas de manera desproporcionada y creciente a prácticas conocidas como trolling, doxing o swatting (burlas, publicación de información personal y a la difusión de imágenes falsas creadas mediante el uso de inteligencia artificial).
27-feb-2024DI CESARE ( Causa N° 14221)Un hombre se desempañaba como director ejecutivo del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI). Durante su función, solicitó el pago de los días de vacaciones no gozadas con conocimiento de que infringía normativa interna. Por ese hecho se le imputó, junto a dos personas que intervinieron en el proceso, el delito de defraudación contra la administración pública. En ese contexto, las defensas de los imputados y el representante del INSSJP-PAMI realizaron un acuerdo conciliatorio en los términos del artículo 34 del Código Procesal Penal Federal. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al acuerdo presentado. Entre sus argumentos, sostuvo que el acuerdo no podía ser homologado por el carácter de funcionarios públicos de los imputados. Asimismo, agregó que la solicitud era improcedente por haberse presentado una semana antes del debate.