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FechaTítuloResumen
25-oct-2018Gonzalez (Causa Nº 21107010863)La Sra. González, madre de dos niñas, solicitó autorización al padre de ambas para viajar a Punta del Este (cfr. art. 645 del CCyC). Ante la negativa del hombre, inició una acción para que se intime al padre a otorgar la autorización y, en caso de que no lo hiciera, se la conceda el juez. Además, solicitó que la autorización sea extendida hasta la mayoría de edad de las niñas y para viajar a cualquier parte del mundo.
19-sep-2018Hartmann (causa Nº 79740)Hartmann pidió a ANSeS que recalculara y ajustara su haber jubilatorio. Esto, por considerar que la forma en que fue determinado el haber inicial omitió practicar la actualización de las remuneraciones y la aplicación del sistema de movilidad (art. 14 bis Constitución Nacional). Ante la negativa de ANSeS, el beneficiario interpuso una demanda a fin de que se dejara sin efecto la resolución que rechazó su pedido. Asimismo, requirió que se declarara la inconstitucionalidad de los artículos 9, 23, 24, 25, 26 y 30 de la ley N° 24.241 y los artículos 1, 2, 5 y 22 de la ley N° 24.463. El juzgado de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó a la ANSeS que realizara la liquidación del haber jubilatorio nuevamente y pagara el haber inicial recalculado y las sumas retroactivas resultantes, más los intereses. Sin embargo, no trató la constitucionalidad de los artículos impugnados. Contra esa decisión, ambas partes interpusieron un recurso de apelación.
7-sep-2017BMC (causa Nº 54275)Una mujer obtuvo su beneficio jubilatorio el 16/7/2009 en el marco de la ley Nº 24.241. Posteriormente, inició un reclamo administrativo de reajuste de haberes que fue rechazado con fecha 13/9/2016. En el mes de noviembre del mismo año recibió un incremento en su haber previsional en concepto de reajuste anticipado por “Reparación Histórica” (art. 8 del decreto Nº 894/16, reglamentario de la ley Nº 27.260). Sin embargo, el 13/12/2016 inició una acción contra la ANSES con el objeto de obtener una revisión de la determinación inicial de su haber previsional y requirió que se calculen y se apliquen las sumas correspondientes en concepto de movilidad. Asimismo, solicitó una medida cautelar de no innovar a los efectos de que no le sea deducido, hasta tanto se dicte sentencia, el incremento en concepto de “Reparación Histórica”. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada. Contra esa decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación.
10-ago-2017BMC (Causa Nº 593)Dos mujeres en pareja decidieron tener un hijo. Por ese motivo, se sometieron a distintos tratamientos de reproducción asistida. Tiempo después, una de ellas quedó embarazada y dio a luz a una niña. Sin embargo, comenzó a impedir el contacto de la niña con la progenitora socioafectiva. En ese marco, la mujer solicitó inscribir el reconocimiento de su maternidad ante el Registro de Estado Civil y Capacidad de la Ciudad de Buenos Aires. Sin embargo, el pedido fue denegado. En consecuencia, inició una acción de amparo contra el organismo administrativo ante la justicia local. Entre sus argumentos, destacó que el rechazo de su petición era discriminatorio. El juez en lo contencioso administrativo se declaró incompetente y ordenó remitir la causa al fuero civil. Para decidir de esa manera, sostuvo que lo solicitado se relacionaba con un asunto de familia, ya que con anterioridad se había iniciado un expediente de filiación, que se encontraba en trámite. A su turno, el juez civil también declaró su incompetencia, debido a que consideró que se trataba de una cuestión registral, propia del ámbito administrativo. Por su parte, el juez local elevó la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por ser el órgano superior común de ambos tribunales.
7-oct-2015BMCEn el marco de un expediente seguido entre las partes por una autorización de viaje, se inició un incidente en virtud del pedido efectuado por la progenitora de los niños para que se le otorgue el ejercicio de la patria potestad [responsabilidad parental] en forma exclusiva, y poder efectuar viajes con sus hijos por los próximos dos años sin el permiso paterno. La Defensora de Menores requirió que se aclaren los alcances de la pretensión. Ello, en razón de que el pedido implicaba –a su criterio– la privación de la responsabilidad parental del padre. Sin embargo, el juez de grado impuso a las actuaciones el trámite de los incidentes. La Defensora de Menores e Incapaces apeló la resolución. Al responder el traslado del memorial, la accionante aclaró que su petición debía encuadrarse en la previsión del art. 264 ter del Código Civil (ccte. art. 642 de Código Civil y Comercial de la Nación).