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FechaTítuloResumen
12-ago-2021Sandoval y otros (causa N° 787)Un grupo de vecinos denunció que en un domicilio había un cultivo ilegal de marihuana. Ante esta situación, la Delegación de Toxicomanía Valle Media de la Policía de Río Negro solicitó la apertura de una investigación judicial. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal presentó el requerimiento de instrucción y solicitó la corroboración del hecho. De esa manera, el tribunal interviniente encomendó a la policía provincial que en el plazo de tres días determinara con datos objetivos si en el domicilio identificado se desarrollaban actividades en infracción a la ley N° 23.737. La tarea de investigación se llevó a cabo mediante el uso de un dron. Como resultado de esta diligencia, se identificaron plantas de cannabis a partir de un específico control, seguimiento y enfoque de zoom del dispositivo. Asimismo, desde la toma aérea se obtuvieron fotografías del patio de la vivienda lindante. Los subinspectores a cargo de las actuaciones policiales solicitaron la autorización de una orden de allanamiento respecto de ambos domicilios. Durante el allanamiento, en uno de los domicilios se constataron cuatro plantas de marihuana. En consecuencia, los habitantes del lugar fueron imputados. Contra esta medida, la defensa de una de las personas planteó la nulidad de la orden de allanamiento. En su presentación, sostuvo que esta orden se había respaldado de forma exclusiva en las tareas iniciales efectuadas mediante el uso de un dispositivo dron, cuyo empleo no había sido autorizado por una orden judicial previa. El tribunal rechazó el planteo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
6-nov-2019NN (causa Nº 17673)A través de una denuncia anónima se informó que una persona cultivaba marihuana. Por esa razón, un agente policial utilizó un dron y tomó fotografías con gran cercanía al patio de su casa. En las imágenes se observó una construcción con un techo de red, a través del cual se veían plantas. Luego, prestó declaración testimonial el policía y explicó el procedimiento. Entonces, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó el allanamiento de la vivienda. El juzgado dispuso la exclusión probatoria de las medidas de prueba y rechazó el pedido. Para decidir de ese modo, sostuvo que la invasión de un espacio privado sólo podía realizarse mediante una orden judicial y señaló que las medidas habían afectado los derechos a la privacidad e intimidad de la persona. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó que el ascenso vertical del dron no había constituido una intromisión ilegítima en la privacidad de la persona toda vez que no había ingresado al patio del inmueble.
28-feb-2018SG (causa Nº 1110)El día 14 de febrero de 2017, personal policial realizó tareas de inteligencia con un dron. En esa oportunidad, se detectaron plantas de marihuana en una vivienda. El 15 de febrero de ese año, se recibió en sede policial una denuncia anónima que informaba esa situación y agregó que la marihuana sería comercializada. Entonces, se efectuó una consulta a la fiscalía de turno y se ordenaron nuevas tareas investigativas, que resultaron en la detección de las plantas y la identificación de los moradores del domicilio. Sobre la base de esos elementos, el juzgado libró una orden de allanamiento y entendió que la medida resultaría útil para el secuestro de sustancia estupefaciente, elementos de corte, elementos de fraccionamiento y balanzas, entre otros objetos. En el procedimiento se secuestraron 103 plantas de marihuana. La defensa solicitó la nulidad de la resolución que dispuso el allanamiento por considerar que no se encontraba debidamente fundamentada en los términos del artículo 123 del C.P.P.N.
23-ene-2012United States v. JonesEn el marco de una investigación criminal, personal de la Oficina Federal de Investigación (FBI —sigla en inglés—) obtuvo una orden judicial para instalar un dispositivo de geolocalización (GPS —sigla en inglés—) en el automóvil estacionado en un lugar público de una persona sospechosa de tráfico de estupefacientes. La orden judicial autorizaba la instalación del GPS en el Distrito de Columbia y dentro del plazo de diez días. Sin embargo, los agentes instalaron el dispositivo el día undécimo en el Estado de Maryland. Posteriormente, las autoridades federales siguieron los movimientos del vehículo durante veintiocho días. Como resultado de esa investigación, a la persona se le secuestró aproximadamente cinco kilogramos de cocaína, fue detenido e imputado por los delitos de conspiración y tráfico de estupefacientes. Previo al juicio, su defensa solicitó la nulidad de las pruebas obtenidas mediante el dispositivo GPS. El tribunal federal de primera instancia condenó a la persona. Para ello, descartó los datos del GPS que habían sido obtenidos mientras el automóvil se encontraba en la casa de la persona imputada. Sin embargo, admitió el resto de los datos obtenidos al considerar que una persona que viaja en un automóvil por la vía pública no tiene ninguna expectativa razonable de privacidad en sus movimientos de un lugar a otro. Posteriormente, un gran jurado presentó otra acusación contra él un grupo de personas por el mismo delito. En esa instancia, el representante del gobierno presentó los mismos datos de localización obtenidos por GPS admitidos en el primer juicio que conectaba a todos los involucrados. El jurado emitió un veredicto de culpabilidad y el tribunal condenó a la persona a cadena perpetua. Por su parte, el Tribunal de Apelaciones para el Distrito de Columbia revocó la sentencia y consideró que la admisión de las pruebas obtenidas mediante el uso del dispositivo GPS sin orden judicial era contraria a la IV Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. Para ello, diferenció entre el seguimiento de un auto durante un único viaje y el seguimiento de todos los viajes de la persona en el transcurso de un mes.
19-may-1986California v. CiraoloLa policía de California recibió una denuncia anónima respecto de un hombre que cultivaba marihuana en el patio de su casa. El lugar contaba con un doble cerco que le impedía observar el patio desde el nivel del suelo a la policía. Por ese motivo, dos policías entrenados para identificar marihuana sobrevolaron la casa en un avión a 300 metros de altura. Desde allí, reconocieron varias plantas de cannabis y fotografiaron el área. En base a la evidencia recolectada, obtuvieron una orden de allanamiento y secuestraron 73 plantas de marihuana. Durante el proceso penal, el hombre imputado requirió que se excluyera la prueba. En particular, argumentó que la inspección aérea se había llevado a cabo sin orden judicial y vulneró el derecho a la privacidad garantizado en la Cuarta Enmienda de la Constitución. El tribunal rechazó lo solicitado y condenó al hombre por el delito de cultivo ilegal de marihuana. Contra esa decisión, interpuso un recurso de apelación. El Tribunal de Apelaciones de California hizo lugar a la impugnación y revocó la condena. Para decidir así, sostuvo que el patio se encontraba protegido por el derecho a la privacidad debido a que integraba el área colindante de su casa. Además, consideró que el vuelo había tenido el propósito específico de observar la vivienda del hombre y esa situación representaba una intromisión en su privacidad. El Estado interpuso un recurso ante la Corte Suprema de California. La Corte rechazó el recurso. Frente a la denegatoria, presentó un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos.