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26-feb-2021Casado (causa N° 7276)Un hombre y una mujer tenían dos hijas menores de edad. Una de las niñas era intolerante a la lactosa y al gluten por lo que requería una dieta que demandaba mucho dinero. La pareja fue imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y se encontraban detenidos de manera preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario. En ese contexto, la defensa solicitó una autorización de salidas laborales para los dos. Entonces, se dio intervención a ATAJO para que informara sobre las condiciones de vida del grupo familiar y sus ingresos económicos. Así, indicó que la familia se encontraba en una situación de alta vulnerabilidad y que no podía afrontar los gastos cotidianos. Además, explicó que esa situación afectaba de manera aguda a la niña que necesitaba alimentos específicos. Luego se realizó una audiencia virtual con la presencia de todas las partes. Sin embargo, el hombre no se encontraba en el domicilio porque había concurrido a trabajar a su nuevo empleo. Entonces, su pareja manifestó que sabía que estaban transgrediendo los compromisos de la prisión domiciliaria, pero que necesitaban trabajar para poder darle de comer a sus hijas.; La representante del Ministerio Público Fiscal señaló que en el pasado el imputado había violado la detención domiciliaria y solicitó que se le colocara un dispositivo de vigilancia electrónica. Asimismo, expresó que, conforme el informe realizado por ATAJO, la vivienda que habitaban los imputados tenía una habitación desocupada en donde podían desempeñar algún emprendimiento que pudiera generar ingresos económicos sin atención al público o un contacto mínimo con el exterior, dada la naturaleza del delito por el que se encontraban imputados.
29-jun-2020BLA (causa N° 16312)El 9 de marzo del 2020 un hombre dio de baja de su obra social a su pareja. La mujer tenía una discapacidad, se encontraba internada y lo había denunciado por violencia familiar. El 13 de marzo el juzgado dispuso que el hombre cumpliera con una cuota de alimentos provisoria que consistía en mantener la afiliación de la mujer. Con posterioridad, se realizó un proceso de control de internación. El juzgado ordenó a la obra social que tomase los recaudos que resultasen necesarios para hacer efectiva la afiliación bajo apercibimiento de considerarla solidariamente responsable por el incumplimiento de la cuota alimentaria y de los daños y perjuicios que pudiera ocasionarle a la mujer. Contra esa decisión, la entidad interpuso un recurso de apelación.
1-jul-2015AM, M; M, GA c. Instituto Provincial de Salud de SaltaSe inició una acción de amparo contra el Instituto Provincial de Salud de la provincia de Salta a fin de obtener la cobertura total de asistencia en beneficio de un niño con discapacidad. Específicamente, se reclamaba la asistencia de una docente de educación especial durante el período escolar y de una psicopedagoga destinada a trabajar sobre la comunicación verbal del niño; ello, sumado a la petición de prestaciones futuras. El juez de primera instancia hizo lugar a la pretensión. La decisión fue cuestionada por la demandada.
13-feb-2015AMI c. GoogleEn el marco de una acción de amparo, una mujer solicitó el dictado de una medida cautelar en contra de Google Inc. y Yahoo Argentina S.R.L a fin de que bloquearan de sus buscadores los resultados vinculados con el hecho de su desaparición tres años atrás, producto de una crisis producida por una enfermedad psiquiátrica que terminó con la intervención de la policía y de los medios de comunicación. El juez de grado hizo lugar a la petición por considerar que la exposición del hecho mencionado en las redes sociales ocasionaba perjuicios a la peticionaria en el tratamiento de su salud, en clara violación con las disposiciones de la ley de salud mental Nº 26.657. Contra esa resolución las demandadas apelaron la medida cautelar decretada.
9-feb-2015Dominguez, Lucía BelénUna persona con discapacidad solicitó la cobertura de un tratamiento interdisciplinario por parte de la obra social. La jueza federal hizo lugar al amparo y, si bien ordenó su cobertura total e integral, la limitó a los valores que establece la Res. 1151/2014 del Ministerio de Salud, que impone los montos que deben abonarse a los profesionales de la salud. Contra dicha decisión interpuso recurso de apelación la parte actora.