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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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30-nov-2016 | GEE | En el marco de un proceso sobre determinación de la capacidad jurídica, se declaró la incapacidad de GEE. La defensora de menores e incapaces, en su dictamen, solicitó que se le designe un sistema de apoyo para prestarle asistencia de acuerdo a sus necesidades. La causa se elevó en consulta a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil conforme el artículo 633 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. |
30-nov-2016 | IV v. Bolivia | El primero de julio de 2000, una mujer ingresó al Hospital de la Mujer de La Paz (Bolivia) a raíz de una complicación en el curso de su embarazo. Su médico tratante le realizó una cesárea y, prescindiendo de su consentimiento, le ligó las trompas de Falopio. A pesar de las actuaciones sustanciadas a raíz de los reclamos de la mujer, ninguna persona fue declarada responsable, disciplinaria, administrativa o penalmente, por la esterilización no consentida a la que fue sometida ni se la reparó civilmente. |
29-nov-2016 | Valencia Hinojosa v. Ecuador | El señor Valencia Hinojosa pertenecía a la Policía Nacional de Ecuador. El 3 de diciembre de 1992 se encontraba con cuatro colegas en un lugar público ingiriendo bebidas alcohólicas. En ese contexto se produjo un altercado, por lo que un capitán de la policía los trasladó al cuartel, donde se le solicitó que entregara su arma. El nombrado se negó, efectuó cuatro disparos (con los que hirió al capitán y a un cabo) y se dio a la fuga. Unas horas después, falleció en el marco del operativo policial que se desplegó para detenerlo. A partir de ese suceso, se abrió un expediente en jurisdicción ordinaria con el objeto de investigar su muerte. Sin embargo, el trámite se remitió a la jurisdicción penal policial de Ecuador. Ese sistema de justicia estaba compuesto por el Distrito de la Policía, los Tribunales del Crimen de la Policía, las Cortes Superiores (conocidas como Cortes Distritales de Policía) y una Corte Suprema de Justicia de esa misma fuerza. Finalmente, se sobreseyó a los agentes investigados por considerar que Valencia Hinojosa se había suicidado. Dicho pronunciamiento fue confirmado por la Corte Distrital en marzo de 1997. |
29-nov-2016 | D, MA y otro | Dos personas ascendieron a un automóvil de alquiler y solicitaron transportarse a un punto de la ciudad. Al llegar a destino una de ellas sostuvo al conductor por debajo de las axilas y le colocó una tijera en el cuello, mientras la otra tomó la recaudación que guardaba en su billetera. Luego de dar aviso a personal policial que se encontraba en la zona, se aprehendió a uno de los sujetos que intervino en el hecho y se le secuestró la tijera en cuestión. A unas cuadras de ese lugar, una agente policial detuvo al otro con $648 en su poder. El tribunal Oral condenó a los imputados a la pena de cinco años de prisión y el pago de las costas por considerarlos coautores del delito de robo agravado por el uso de un arma y declaró reincidente a S, SA. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
28-nov-2016 | Adam v. Eslovaquia | Adam, un joven romaní de 16 años, y otras dos personas fueron arrestados por el presunto robo de un teléfono celular. Los tres fueron interrogados en la estación de policía de forma separada. Ese mismo día, Adam fue examinado por un médico que elaboró un informe que indicaba que tenía una de sus mejillas inflamadas. Al día siguiente fue liberado y, a los pocos días, se retiraron los cargos. Posteriormente, las tres personas detenidas presentaron una denuncia penal en la que alegaron que habían sido sometidas a malos tratos durante su detención. Adam refirió que fue golpeado en la mejilla y en la cabeza mientras era presionado por personas uniformadas para que confesara. También manifestó que había sido obligado a permanecer parado y que las autoridades no habían notificado a sus tutores legales de su detención. La Sección de Control e Inspección desestimó la denuncia al sostener que el denunciante no había mencionado este episodio durante su detención y que sus dichos no se correspondían con lo informado por el médico. Aunque la decisión fue impugnada, la Oficina del Fiscal confirmó la resolución. Finalmente, Adam denunció ante el Tribunal Constitucional a la Oficina del Fiscal y a la oficina regional la ausencia de una investigación efectiva de los hechos de los que había sido víctima por motivos discriminatorios. La denuncia fue rechazada. |
25-nov-2016 | VG (causa Nº 25020) | Una persona había sido imputada por el delito de defraudación. La defensa solicitó la celebración de una audiencia de conciliación en los términos del artículo 59, inciso 6° del Código Penal. La fiscalía indicó que esa causal de extinción fue impulsada en línea con las prescripciones del nuevo Código Procesal Penal de la Nación, cuya vigencia quedó suspendida mediante el dictado del DNU N° 275/2015. Por este motivo, argumentó no existían normas procesales vigentes que la regularan y se opuso al procedimiento requerido. |
25-nov-2016 | S, BR | Un niño de cinco años que padecía un trastorno del espectro autista estaba afiliado a una empresa de medicina prepaga que le cubría una terapia interdisciplinaria. Cuando venció su certificado de discapacidad la empresa dio de baja la afiliación y rescindió el contrato con el pretexto de que se falsearon los datos de su declaración jurada. En consecuencia, su padre interpuso una acción de amparo y solicitó como medida cautelar la reincorporación del niño al plan de salud. |
24-nov-2016 | Palazzini, Miguel Angel y otros | La Procuraduría de Violencia Institucional llevó a cabo inspecciones en los Complejos Penitenciarios N° 1 y 2 de Córdoba. Estas visitas motivaron la interposición de dos hábeas corpus colectivos y correctivos. En el primer caso, se denunció que en el pabellón de detenidos con “dificultades conductuales” el tiempo de aislamiento a puertas cerradas excedía las veintitrés horas diarias. Durante ese lapso, las personas allí alojadas se hallaban casi a oscuras, sin posibilidad de ir a los sanitarios fuera de la misma celda ni tomar agua. En el segundo caso se observaron condiciones similares. Adicionalmente, cualquier tipo de reclamo efectuado por un detenido provocaba una reacción extrema del servicio penitenciario. Las represalias incluían largas internaciones en las que permanecían sujetados a las camas con esposas y tiras de tela, sin acceso a agua, comida o sanitarios. En las acciones interpuestas, la Procuraduría solicitó que se dispusieran las medidas necesarias a fin de hacer cesar el agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. En oportunidad de llevarse a cabo la audiencia ante el juzgado, el Procurador del Tesoro de Córdoba discutió la competencia del juzgado federal para resolver el caso. En esos términos, solicitó que se remitan las actuaciones al juez de ejecución provincial y que se dispusiera la nulidad de todo lo actuado por la justicia federal. |
24-nov-2016 | A, G C c OSSIMRA | Una persona, en representación de su hijo, inició una acción de amparo contra la obra social demandada con el objeto de que cubra sesiones de psicopedagogía, fonoaudiología y terapia ocupacional y maestra integradora. El 22 de octubre de 2014 el juzgado de origen hizo lugar a la medida. el 14 de octubre de 2015 la Asesora de Menores Coadyuvante informa que el menor se encuentra recibiendo las prestaciones solicitadas. El 25 de noviembre de ese mismo año, el juez de primera instancia declara abstracta la acción. El actor, con adhesión de la Asesora de Menores, interponen recurso de apelaciön |
23-nov-2016 | Duarte, Felicia (CFCP) | En abril de 2008 dos personas habían sido sujetas a un control aduanero. Una de ellas se dio a la fuga, la otra permaneció en el lugar y fue arrestada al descubrirse que en el vehículo transportaban estupefacientes. Por ese hecho, fue imputada por el delito de contrabando de estupefacientes con fines de comercialización en grado de tentativa. En septiembre de 2008 el Tribunal Oral la absolvió. La fiscalía impugnó la decisión. En 2012, la Sala IV de la CFCP hizo lugar al recurso y condenó a la imputada como autora del delito. Para decidir de ese modo, el tribunal analizó las declaraciones de los preventores, peritos y testigos del procedimiento en base a constancias escritas. La defensa impugnó la resolución y la Corte Suprema en el 2014 señaló que se había afectado la garantía del doble conforme. En ese sentido, dispuso designar a otra Sala de la CFCP para actuar como tribunal revisor. Desde el inicio de las actuaciones hasta la absolución habían transcurrido 5 meses, mientras que las etapas recursivas posteriores duraron aproximadamente 7 años. La defensa se agravió por la afectación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable y la vulneración de los principios de oralidad e inmediatez del juicio criminal. La fiscalía consideró que la demora respondía a las maniobras recursivas de la defensa y, por tal razón, rechazó el planteo. |