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FechaTítuloResumen
7-sep-2021PGD (causa Nº 32177)Un centro de salud contactó a una persona para que se desempeñara como cajero nocturno en sus instalaciones. El candidato concurrió a varias entrevistas que superó con éxito y, luego, le ordenaron que se realizara un examen pre ocupacional. Cuando la persona acudió, la empleadora solicitó su consentimiento informado para que se hiciera un testeo de VIH. El resultado de esta prueba fue positivo. Desde ese momento, la empleadora no volvió a comunicarse con el candidato. Ante esa situación, el hombre inició una demanda de daños y perjuicios contra el hospital. Entre sus argumentos, consideró que tanto la realización obligatoria del testeo de HIV como su posterior omisión de contratarlo configuraban un acto discriminatorio..
15-jul-2020MAD (Causa N° 51920)Una persona tenía problemas vasculares y necesitaba realizarse una intervención quirúrgica. Por ese motivo, requirió los servicios de un médico que eligió de su obra social. En una de las consultas, le comentó a su médico que tenía HIV. En consecuencia, el galeno postergó la fecha de su intervención dado que no quería exponer a su personal médico. Por ese motivo, la persona presentó una acción de amparo contra el médico y su obra social por la discriminación que había sufrido al postergarse su operación porque tenía HIV. Por su parte, el médico tratante expresó que se había fijado una fecha en el mes de marzo pero que se postergó dado que la cirujana ayudante estaba de licencia por salud y la instrumentadora estaba embarazada. Además, agregó que el paciente estaba disconforme con la fecha y no asistió más al consultorio. El juzgado que intervino hizo lugar a la demanda y consideró que cuando se alegaba discriminación se invertía la carga de la prueba. La decisión fue apelada por el demandado.
12-abr-2019Robinson v. Fiscal GeneralUn ciudadano de Jamaica, diputado y secretario general del Partido Nacional del Pueblo impugnó la constitucionalidad de la Ley Nacional de Identificación y Registro (National Identification and Registration Act –NIRA–, por su sigla en inglés) sancionada por el parlamento de ese país. El ciudadano consideraba que algunas de las disposiciones de la ley violaban el derecho a la igualdad, la libertad, la seguridad y la intimidad. La ley –que aún no había entrado en vigor– buscaba proporcionar un sistema de recopilación de datos de todos los ciudadanos de Jamaica y de aquellos que vivieran en el país durante al menos seis meses de un año calendario. Para tal fin, requería que las personas solicitaran el registro y en caso de no hacerlo quedaban expuestas al riesgo de una sanción penal. El sistema utilizado por la ley proponía recopilar, entre otras cosas, los datos biométricos, la información demográfica y los números de referencia nacional, como el número de contribuyente y la licencia de conducir, con el objetivo de crear una base de datos nacional de identificación civil que se almacenaría indefinidamente en los sistemas gubernamentales. Al momento de registrarse, a las personas se les asignaría un número de identificación nacional (National Identification Number –NIN–), lo que las haría elegibles para la entrega de una tarjeta de identificación nacional (National Identification Card –NIC–). El NIN o la NIC era imprescindibles para acceder a bienes o servicios prestados por las autoridades. Sin embargo, el sistema también permitía el acceso de terceros a los datos personales sin suficientes garantías de protección.
16-dic-2016PDN (causa Nº 35876)Un hombre reservó una suite en un hotel y abonó la totalidad de la tarifa. Al presentarse en el establecimiento con una persona del mismo sexo le prohibieron ingresar. En consecuencia, inició una acción de daños y perjuicios. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. Contra dicha resolución, ambas partes interpusieron un recurso de apelación.
2-feb-2016HLA (causa Nº C-6111-MP1)Un hombre solicitó al Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires (IPS) una pensión derivada del fallecimiento de su conviviente del mismo sexo. El Instituto consideró que el artículo 34, inc. 1º, del decreto- ley Nº 9650/1980, otorgaba el derecho de pensión a quien había convivido en “aparente matrimonio” y que, en la redacción del Código Civil vigente al momento de resolver, la noción de matrimonio correspondería a la unión de un hombre y una mujer. En consecuencia, desestimó la solicitud. Entonces, el actor interpuso una demanda y solicitó que se le concediera el beneficio reclamado. El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata hizo lugar parcialmente a la demanda. A tal efecto, tuvo en consideración la entrada en vigencia de la ley Nº 26.618. Contra dicha decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación.
30-dic-2014M, LM. c. A, NSEl Ministerio Público Fiscal cuestiona al juez de instancia por disponer, en aplicación del artículo 3576 bis del Código Civil que un hombre accediera al derecho – como yerno viudo sin hijos – a la cuarta parte de los bienes que le hubiesen correspondido a su esposa en la sucesión de su suegra.
29-may-2014Norín Catriman y otros (dirigentes, miembros y activista del Pueblo Indígena Mapuche) v. ChileLos ocho peticionarios, autoridades y miembros del Pueblo Indígena Mapuche y una activista por los derechos de dicho pueblo, habían sido penalmente condenados por el Estado de Chile de acuerdo a la “Ley Antiterrorista” Nº 18.314 de 1984, por los hechos ocurridos durante la protesta social, ocurrida entre los años 2001 y 2002, por la reivindicación de sus tierras ancestrales. La protesta se originó por el desplazamiento del Pueblo Mapuche de sus tierras tradicionales, acrecentado por la explotación de estas por empresas forestales y por el emprendimiento de proyectos tales como centrales hidroeléctricas y carreteras. En el marco de este conflicto, además de las movilizaciones, tuvieron lugar ocupaciones de las tierras demandadas y otras tierras no reclamadas, incendios de plantaciones forestales, cultivos, instalaciones y casas patronales, destrucción de equipos, maquinarias y cercados, cierres de vías de comunicación y enfrentamientos con la fuerza pública (“Carabineros” y Policía). Por estos hechos, los ocho peticionarios y otras personas fueron procesadas (con prisión preventiva en muchos casos) y condenados penalmente de acuerdo a la Ley Antiterrorista a penas de prisión y accesorias tales como la prohibición de desempeñarse en medios de comunicación o la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos. Asimismo, a partir del 2001 se produjo un aumento significativo de la investigación y/o condena a mapuches por delitos ordinarios.
23-nov-2010Vélez Loor v. PanamáJesús Tranquilino Vélez Loor, de nacionalidad ecuatoriana, fue retenido el 11 de noviembre de 2002 en el Puesto Policial de Tupiza, en la provincia del Darién, República de Panamá. El motivo fue por no portar la documentación necesaria para permanecer en dicho país. Posteriormente, la Directora Nacional de Migración y Naturalización del Ministerio de Gobierno y Justicia dictó una orden de detención en su contra. El peticionario fue trasladado a una cárcel pública. El 6 de diciembre de 2002 se resolvió imponerle una pena de dos años de prisión por haber infringido las disposiciones del Decreto Ley Nº 16 sobre Migración de 30 de junio de 1960. La referida resolución no le fue notificada al peticionario. El 18 de diciembre de 2002, fue trasladado al centro penitenciario La Joyita. Mediante resolución de 8 de septiembre de 2003, la Directora Nacional de Migración resolvió dejar sin efecto la pena impuesta. El 10 de septiembre de 2003, fue deportado hacia Ecuador. Tras ser devuelto a su país, el señor Vélez Loor alegó haber sido víctima de actos de tortura y malos tratos ocurridos durante su estancia en los diversos centros penitenciarios.