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FechaTítuloResumen
23-dic-2019Medina (reg. N° 2730 y causa N° 55652)Un hombre se encontraba detenido por la comisión de un delito. Desde su detención, su hija de cuatro años presentaba un cuadro de estrés reactivo postraumático. Frente a ese contexto, la defensa solicitó el arresto domiciliario de su asistido en los términos del inciso f de los artículos 10 del Código Penal y 32 de la Ley de Ejecución. En ese sentido, presentó un informe psicológico sobre el estado de la niña y un informe del colegio al que asistía que indicaba que se habían observado cambios negativos en la menor de edad desde el momento de la detención de su padre. Por su parte, el Asesor de Menores se expidió de manera favorable al pedido. Entre otras cuestiones, explicó que la presencia del hombre en el hogar favorecería el desarrollo y crecimiento de su hija. El tribunal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, efectuó un repaso de los informes presentados por la defensa y concluyó que no había prueba que acreditara que la concubina del detenido se encontraba imposibilitada de cumplir con su rol de madre. Agregó que no se verificaba una lesión al interés superior de la niña que justificara hacer una excepción al inciso f) del artículo 32 de la ley N° 24.660. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
23-dic-2019Pascua (reg. N° 2749 y causa N° 106204)Un hombre fue detenido e imputado por la comisión de un delito. Su grupo familiar se conformaba por su concubina y cuatro hijos, tres menores de edad y uno de quince años. Desde el momento de su detención, la mujer pasó a ser el único sostén económico del hogar y el hijo mayor debió abandonar sus estudios secundarios para hacerse cargo del cuidado de sus hermanos menores. La defensa del hombre solicitó que le concedieran la prisión domiciliaria. Fundó el pedido en las graves condiciones de salud física y psicológica de su familia por su familia bajo la línea de indigencia. Por su parte, el equipo interdisciplinario del programa de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica observó que la presencia del hombre en el domicilio aportaría que sus hijos e hijas recibieran contención cercana y sostenida. El juez rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó la resolución de la instancia anterior. Para decidir de esa manera, sostuvo que en el caso no se daba una situación extraordinaria de desamparo o inseguridad. Contra dicha resolución, la defensa del imputado y la Defensora Pública de Menores interpusieron recursos de casación.
5-dic-2019Romero (causa nº10041)Una mujer fue detenida e imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas. La imputada se encontraba a cargo del cuidado de sus cuatro hijos menores de edad. La defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El juzgado hizo lugar al pedido. El arresto domiciliario fue revocado por el incumplimiento de las pautas de conducta impuestas. Entonces, la defensa volvió a solicitar su concesión. La fiscalía se pronunció de forma desfavorable y el juzgado rechazó el planteo. La resolución fue dictada sin haberle dado intervención a la asesoría de menores. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la resolución. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Por otra parte, la Unidad Funcional de Personas Menores de 16 años, en representación de los hijos de la imputada, solicitó que se hiciera lugar al planteo a fin de garantizar el interés superior del niño.
25-nov-2019López y otros v. ArgentinaNéstor López, Hugo Blanco, José Muñoz Zabala y Miguel Ángel González fueron condenados a penas privativas de la libertad por la justicia provincial de Neuquén. No obstante, cumplieron sus penas en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal en razón de un convenio con la provincia de Neuquén. El acuerdo preveía que hasta que la provincia tuviera condiciones económicas para construir y habilitar sus propios establecimientos carcelarios, el servicio de guardia y custodia de los condenados y procesados sería prestado por el órgano federal. Una vez dentro del sistema penitenciario federal, los cuatro peticionarios fueron trasladados repetidas veces a centros de detención localizados entre 800 y 2000 kilómetros de distancia de su lugar de arraigo, familiares, abogados y los jueces respectivos de ejecución de la pena. Dichos traslados fueron determinados por el Servicio Penitenciario Federal y no fueron objeto de control judicial previo. Aunque los peticionarios presentaron acciones de habeas corpus y solicitudes para regresar a las unidades de detención cercanas a sus familiares, el problema subsistió. Cabe destacar que los traslados de personas privadas de libertad en el sistema penitenciario federal argentino están regulados por dos normas internas. Por un lado, el artículo 72 de la Ley Nacional de Ejecución Penal Nº 24.660, que establece que el traslado del interno de un establecimiento a otro, con las razones que lo fundamenten, deberá ser comunicado de inmediato al juez de ejecución o juez competente. Por otra parte, el artículo 87 de la Ley Nº 24.660 contempla el traslado como una de las sanciones aplicables frente a infracciones disciplinarias.
25-oct-2019Urbina (reg. N° 2138 y causa N° 9948)Un hombre que se encontraba detenido tenía un hijo de dos años. El niño se encontraba al cuidado de su madre, quien tenía una alta carga horaria laboral, y de su abuela que realizaba un tratamiento oncológico. En ese contexto, la defensa del hombre solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. La Asesora de Menores acompañó el pedido y sostuvo que el niño se encontraba en una situación de vulnerabilidad psico-emocional. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa y la Asesora de Menores interpusieron recursos de casación.
2-sep-2019Oporto (Causa Nº 736)Un joven imputado por la comisión de los delitos de hurto y robo fue alojado en una residencia socioeducativa de libertad restringida. Con posterioridad, el juzgado ordenó su traslado a un centro socioeducativo de régimen cerrado. Elevada la causa a juicio, fue condenado a la pena única de seis años de prisión. Al efectuarse el cómputo de tiempo de detención, se consideró que solo había permanecido privado de su libertad el tiempo que estuvo alojado en el segundo establecimiento. Por tal razón, su defensa lo observó. El tribunal rechazó la impugnación. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa consideró, entre otras cuestiones, que debía computarse como tiempo de detención el tiempo que el joven había permanecido en la residencia socioeducativa de libertad restringida. En tal sentido, consideró que ese establecimiento también se trataba de un dispositivo de restricción de la libertad.
sep-2019Migrantes (internacional)Actualización de la jurisprudencia internacional en materia de derechos humanos de las personas migrantes durante el periodo comprendido entre el año 2017 y 2019. Se identificación 24 sentencias que se presentan divididas por sistemas regionales de protección de derechos humanos.
sep-2019Cannabis medicinal. Informe.Informe sobre la jurisprudencia local que advirtió sobre los puntos críticos de la ley N° 27.350.
26-ago-2019Atienza Vargas (reg. Nº 1598 y causa Nº 51564)Una mujer que se encontraba detenida era madre de una joven de dieciséis años. En el informe socioambiental se indicó que la joven vivía sola en un barrio humilde y que atendía el negocio familiar para solventar sus necesidades básicas. Por esa razón, tenía dificultades para asistir a la escuela y estudiar. Asimismo, se señaló que si bien había convivido durante un tiempo con su abuela materna, la mujer había fallecido y el resto de sus familiares se encontraban a 37 kilómetros de distancia. Por su parte, la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica informó que la joven necesitaba la presencia física de su madre. En tal sentido, tuvo en consideración las cuestiones que había afrontado para continuar con sus estudios y concluyó que se encontraban dadas las condiciones para la incorporación de la mujer al programa. Sobre la base de dichas consideraciones, la defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El Tribunal Oral rechazó el pedido y sostuvo que la situación de la joven no encuadraba en ninguno de los supuestos establecidos para la concesión del instituto, puesto que su edad superaba la prevista por la norma. Además, consideró que la joven contaba con la contención y el acompañamiento de la “familia extensa”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa sostuvo que la resolución había restringido los derechos de la joven sobre la base de legislación de derecho interno, lo que carecía de operatividad frente a las normas internacionales sobre interés superior del niño. En tal sentido, ponderó los informes incorporados al expediente y requirió que se le concediera la prisión domiciliaria a su asistida.
22-ago-2019Luna (Expte. N° 74.056)La joven YSL hizo parte de una colisión entre automóviles que dejó graves lesiones en toda su familia y ocasionó la muerte de su madre. El señor Luna, su padre, en representación de sus hijos, interpuso demanda de daños y perjuicios contra el conductor del otro vehículo que fue rechazada por el juzgado de primera instancia. La actora no apeló la decisión; sin embargo, la Defensoría Pública de Menores e Incapaces –en representación de YSL– interpuso recurso de apelación. La Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil declaró desierta la apelación por entender que la expresión de agravios fue introducida de manera extemporánea. En este sentido, sostuvo que el plazo debía computarse desde el ingreso del expediente a la dependencia. Contra ese pronunciamiento, la Defensoría interpuso recurso extraordinario que fue denegado. Por este motivo interpuso un recurso extraordinario federal y, posteriormente, un recurso de queja.