Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5663
Título : | Almeida (reg. N° 1851 y causa N° 72820) |
Fecha: | 3-nov-2022 |
Resumen : | En julio de 2002, un tribunal condenó a una mujer a la pena de veinte años de reclu-sión. Posteriormente, en 2007, durante la tramitación del recurso de casación, fue ex-carcelada por aplicación del art. 317, inc. 5, CPPN, con la imposición de las obligacio-nes establecidas en el art. 13 CP. En agosto de ese año, la Cámara Federal de Casación Penal casó parcialmente la sentencia y la condenó a la pena de 17 años de prisión. Esa condena adquirió firmeza en agosto de 2010. En noviembre de ese año el tribunal oral revocó la excarcelación que se le había concedido en términos de libertad condicional, la declaró rebelde y ordenó su captura. En febrero de 2021 fue detenida. La defensa cuestionó la declaración de rebeldía, solicitó que se tuvieron por cumplida la pena y que se ordene su libertad. El tribunal rechazó el planteó y estableció que le restaban cumplir 3 años, 7 meses y 17 días. Dicho cómputo fue observado debido a que, desde la perspectiva de la defensa, debía contabilizarse el lapso que la imputado permaneció excarcelada en términos del art. 317, inc. 5, CPPN. Sin embargo, el tribunal denegó la petición, lo que dio lugar a la interposición de un recurso de casación. |
Decisión: | La Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación (jueces Jantus y Huarte Petite). |
Argumentos: | 1. Libertad condicional. Excarcelación. Revocación. Hecho nuevo. Pena única. Cómputo del tiempo de detención. “[A]dvierto que la cuestión resulta sustancialmente análoga a la tratada en el caso ‘Acosta’ de esta sala (Reg. n° 538/15). […] Allí sostuve que la consideración del lapso de detención que el imputado transitó en prisión preventiva como parte del cumplimiento de la pena tiene su base normativa en el art. 24 CP –que requiere, obviamente, que haya estado privado de su libertad–, y que no existe una norma similar que equipare a la excarcelación –contracautela del encierro preventivo– al cumplimiento de la conde-na. […] Sin embargo, […] es claro que a partir del momento en que queda firme la sen-tencia condenatoria, el lapso que desde allí transcurre hasta que se convierte la excar-celación en libertad condicional debe computarse como tiempo de cumplimiento de la pena, en virtud de lo dispuesto en el art. 16 del CP –a condición, claro está, de que la conversión efectivamente se realice–. […] En el caso, es evidente no sólo que la conver-sión de la excarcelación, concedida en los términos del art. 317, inc. 5, CPPN, en liber-tad condicional no se hizo sino también que dicha concesión fue revocada con fecha 18 de noviembre de 2010, al momento de declarar rebelde a la encausada y ordenar su captura, por lo que tampoco había una conversión posible que realizar” (voto del juez Jantus al que adhirió el juez Huarte Petite). |
Tribunal : | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala III |
Voces: | CÓMPUTO DEL TIEMPO DE DETENCIÓN EXCARCELACIÓN HECHO NUEVO LIBERTAD CONDICIONAL REVOCACIÓN UNIFICACIÓN DE PENAS |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5659 https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5660 https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5661 https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5662 |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
---|---|---|---|---|
Almeida (reg. N° 1851 y causa N° 72820).pdf | 532.41 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |