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FechaTítuloResumen
26-abr-2020Altamirano (causa n° 5174)Un hombre se encontraba detenido en la Unidad n° 17 del Servicio Penitenciario Federal en la provincia de Misiones. El imputado era portador de HIV, tenía EPOC y tuberculosis. Frente a la declaración de la emergencia sanitaria, el SPF lo incluyó en el listado de personas que se encontraban en riesgo ante un eventual contagio del Covid-19. Entonces, su defensa solicitó que se le otorgase la prisión domiciliaria. Por su parte, la fiscalía se pronunció a favor de su otorgamiento bajo vigilancia electrónica.
6-abr-2020Obregón (causa N° 16000577)Un hombre de 70 años había sido condenado a la pena de veinticinco años de prisión por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y aplicación de tormentos agravados. El hombre se encontraba alojado en la Prisión Regional del Norte, Unidad N° 7 del SPF. Entre otras cuestiones, tenía artrosis de rodilla que le dificultaba caminar, una recidiva de una cirugía de ganglio en la articulación de un hombro, una enfermedad degenerativa del raquis lumbar, obesidad, una hernia de disco lumbar e hipertensión arterial. La defensa había presentado un certificado médico de un especialista en ortopedia y traumatología que recomendaba que el tratamiento y la rehabilitación se realizara en el domicilio para una mejor evolución de las patologías. Además, el informe médico realizado en la unidad penitenciaria concluía que el contexto de encierro dificultaba su recuperación. Frente a la situación de emergencia sanitaria, la defensa requirió que se le concediera la prisión domiciliaria por encontrarse dentro del grupo de riesgo frente al COVID-19. El representante del Ministerio Público solicitó la realización de informes y evaluaciones médicas para definir su situación actual y agregó que la situación de emergencia sanitaria no era motivo suficiente para otorgar el instituto requerido.
29-nov-2018Batista (causa N° 33021901)La Gendarmería Nacional informó sobre la existencia de prostíbulos en varias ciudades de Corrientes. Así, se identificó una whiskería en Gobernador Virasoro y se dispuso su allanamiento. En el procedimiento se hallaron doce mujeres mayores de edad que convivían en el local. La mayoría de ellas provenían de otras provincias, no habían tenido acceso a educación, tenían hijos a su cargo y poseían escasos recursos económicos. Las mujeres tenían encomendado que los clientes del bar consumieran bebidas y mantuvieran actos sexuales con ellas en el lugar. Además, se detuvo a la encargada del lugar. La mujer atendía la barra, anotaba el dinero de las “copas” y los “pases” que realizaban las víctimas y les retenía una parte. El juzgado dictó su procesamiento por el delito de trata de personas mayores de edad bajo la modalidad de acogimiento con fines de explotación sexual, agravado por la consumación de las explotaciones, por la cantidad de víctimas y por el aprovechamiento de su situación de vulnerabilidad. En la audiencia de debate oral, la imputada declaró que era madre de dos hijos y que estaba desempleada cuando el dueño del bar le ofreció trabajar como encargada del lugar. Asimismo, sostuvo que cobraba un sueldo muy bajo por su trabajo, que el dueño la había amenazado y golpeado y que le había insistido en que hiciera todo lo que él le ordenaba. En tal sentido, explicó que le rendía cuentas sobre todos los movimientos del local y que le había solicitado registrar el negocio a su nombre ya que él “tenía problemas con la justicia”. En su alegato, la defensa sostuvo que su asistida sólo había trabajado como empleada del dueño del local, por lo que no había tenido dominio sobre el hecho. En esos términos, solicitó su absolución.
9-may-2018CMY y otros (causa Nº 3870)En la ciudad de Mercedes, provincia de Corrientes, se allanaron tres locales nocturnos. Allí, se encontraron mujeres de distintas nacionalidades que ejercían la prostitución. Por tal razón, cinco personas fueron imputadas por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual. A una de ellas, CMA, se le imputó haber recibido y acogido a las víctimas, como así también haber administrado y regenteado uno de los negocios. Según los testimonios incorporados al expediente, el trabajo de CMA consistía en cobrar y anotar las “copas” y los “pases” de las víctimas. Luego, entregaba el dinero a la dueña del local. Durante el debate, la imputada declaró que era vecina del lugar desde hacía más de diez años. En particular, sostuvo que era sólo una empleada del comercio, y que había aceptado el trabajo porque conocía el lugar y había visto su habilitación municipal y las libretas sanitarias de las mujeres. Además, indicó que poseía un sueldo fijo por su labor y recibía propinas por “copeo”. En oportunidad de alegar, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se le impusiera una pena de ocho años de prisión. Por su parte, la defensa destacó que CMA no se encontraba en una relación de autoridad respecto de las víctimas. Por ese motivo, consideró que la conducta de su asistida era atípica y, en consecuencia, solicitó su absolución.
3-ago-2015Benítez, Irma Celina y otrosEl Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes resolvió absolver a los imputados por los delitos de trata de personas, bajo las modalidades de captación, transporte, acogimiento y recepción con fines de explotación sexual (art. 145 bis) y su figura agravada por el medio comisivo de aprovechamiento de las víctimas, pluralidad de sujetos pasivos afectados y pluralidad de sujetos activos intervinientes (art. 145 ter inc. 1, 4 y 5).