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8-jun-2018CMC (Causa Nº 73834)Una mujer que se encontraba detenida en un Complejo Penitenciario solicitó, in pauperis, que se dispusiera su detención domiciliaria a fin de cuidar a su hija de 15 años. Esto, dado que no contaba con familiares que pudieran desempeñar esa tarea y que el padre de la niña también se encontraba privado de su libertad. El defensor fundó la petición y solicitó la confección de informes socio-económicos y socio-ambientales. De esos informes se desprendía que, efectivamente, la mujer no tenía familiares de confianza y que sus cuidados hubiesen evitado determinados episodios de violencia física y verbal sufridos por la niña de parte de quien ejercía su guarda y de otros miembros de su familia. El Tribunal Oral rechazó el pedido por considerar que la niña podía continuar a cargo de una guardadora. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. Durante el trámite del recurso, la persona que estaba a cargo de la niña abandonó el domicilio, su padre recuperó la libertad y se hizo cargo de ella. Dicha circunstancia generó una especial preocupación de la madre debido a la falta de cuidado de la niña. Ante esta nueva situación, la defensa sostuvo que no subsistía el motivo por el cual el tribunal denegó el arresto domiciliario.
13-abr-2018GAG (Causa Nº 78309)Una mujer fue detenida con su hija de un año en el marco de un procedimiento penal. Su defensa presentó un pedido de arresto domiciliario a fin de que pudiera cuidar a su hija fuera de la unidad penitenciaria. El juez rechazó la petición. La defensa apeló el pronunciamiento. La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso por considerar que la niña era alimentada y contenida por sus abuelos, el temor que manifestaron las supuestas víctimas del hecho investigado y porque la imputada habría puesto a la niña en una situación de peligro al momento de cometer el ilícito que se le atribuía. Contra este pronunciamiento, el defensor de la mujer y la defensora de la Unidad Funcional para la Asistencia de personas menores de 16 años de edad, en representación de la niña, interpusieron un recurso de casación.
1-feb-2018PSA (Causa Nº 53884)Una mujer detenida preventivamente requirió que se le concediera el arresto domiciliario a fin de cuidar a sus hijos de siete meses y dos años de edad. Al momento de realizar el pedido, los niños se encontraban a cargo de abuela y convivían con el padre de uno de ellos, que trabajaba todo el día. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación.
22-feb-2017R, MdeALa defensa había solicitado la prisión domiciliaria de la imputada, madre de una niña y un niño de seis y nueve años. A su vez, solicitó, de manera subsidiaria, su inclusión en el programa de asistencia de personas bajo vigilancia electrónica. El representante del Ministerio Público Fiscal se pronunció de modo favorable a la pretensión de su contraparte. Sin embargo, el Tribunal Oral rechazó la solicitud. Entre sus argumentos, consideró que la edad de los niños no se ajustaba al tope de cinco años previsto en el inc. f del art. 10 del CP y que existía peligro de fuga. Contra esta resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
6-feb-2017E, PBLa defensa había solicitado la prisión domiciliaria de una mujer ¬–madre de una niña de tres años y de una adolescente de 16 años¬– que se encontraba procesada y a la espera de la realización del juicio oral. El Tribunal Oral rechazó la solicitud. Contra esta resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala III de la Cámara Nacional de Casación revocó la resolución. Para llegar a esta decisión, se tomó en consideración la falta de intervención de la asesora de menores y que no se fundó la concurrencia de riesgos procesales. Posteriormente, la defensa aportó informes del Servicio Penitenciario Federal y de la Defensoría General de la Nación de los que se desprendía el alto grado de vulnerabilidad social de la imputada. De este último documento, fechado en septiembre del 2016, surgía que una de sus hijas debió abandonar sus estudios a fin de cuidar a su hermana menor. Asimismo, se aportó un informe de la Defensoría de Menores que aconsejaba la concesión del arresto domiciliario con el objeto de fortalecer el vínculo materno filial de la mujer y sus hijas. Subsidiariamente, la defensa requirió que se morigerara la prisión preventiva a través del dispositivo de tobillera electrónica. El Tribunal Oral en lo Criminal rechazó el pedido nuevamente. A tal efecto, se invocó, por un lado, el “estatus moral de la imputada” y, por el otro, el peligro de fuga que podría generar esa modalidad de detención. En particular, argumentó que la presencia de la imputada en el hogar podría constituir un mensaje negativo para sus hijas, quienes podrían considerar que las graves inconductas de su madre no acarrean serias consecuencias. Además, los jueces entendieron que la opinión de la Defensoría Pública de Menores era necesaria pero no vinculante, y que las demás circunstancias invocadas en los informes sociales no se encontraban acreditadas. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación.