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FechaTítuloResumen
13-jun-2023Bulacio (causa N° 6260)En el marco de una causa penal se investigaba a un grupo de cinco personas por la posible venta de estupefacientes. Entre ellas había un hombre y una mujer que habían mantenido una relación de pareja. El representante del Ministerio Público Fiscal requirió la elevación a juicio respecto de la mujer por considerarla partícipe secundaria del delito de comercialización de estupefacientes agravada. En la etapa de juicio oral, su defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Allí, argumentó que el tribunal debía considerar que su asistida había sido víctima de violencia de género por parte de su ex pareja. En ese momento, aportó al tribunal copias de la sentencia que condenaba al hombre en ese sentido y diversos informes que daban cuenta de la situación de violencia. Por otro lado, solicitó que se tuviera en cuenta la revictimización a la que podía ser sometida en un eventual juicio oral. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Afirmó que, si bien la escala penal permitía la aplicación del instituto, las características del hecho eran de suma gravedad. Por otro lado, sostuvo que la aplicación de la suspensión del juicio a prueba contrariaba los fines de los instrumentos internacionales de lucha contra el narcotráfico. Respecto a la posible revictimización de la mujer, aseguró que existían alternativas para que la imputada no tuviera que cruzarse con su agresor durante el juicio. El tribunal interviniente hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. Para así decidir, sostuvo que el fiscal no había invocado circunstancias de política criminal que justificaran su oposición en el caso concreto. Destacó que se encontraba acreditado el contexto de violencia de género y la sumisión de la mujer, circunstancia que el fiscal no había desconocido. Del mismo modo, consideró que no era posible asimilar un tratado sobre narcotráfico a la CEDAW, que reconocía y protegía los derechos humanos de la imputada. Afirmó también que el fiscal no había tenido en cuenta lo ocurrido en la audiencia de visucelebrada, donde hubo que contener emocionalmente a la mujer cada vez que se nombraba a su ex pareja. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de casación. Además de remitirse a sus argumentos anteriores, sostuvo que al conceder la probation se le negaba a la imputada la posibilidad de ser absuelta.
11-oct-2019Dellamea (reg. Nº 2020 y causa Nº 11010095)Una escribana fue imputada por el delito de falsificación de instrumento público. En la etapa de juicio su defensa solicitó que se le concediera la suspensión del proceso a prueba. La representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido por considerar que la imputada era funcionaria pública y había cometido el delito en el ejercicio de sus funciones. Sobre la base de dichas consideraciones, el Tribunal Oral rechazó el planteo sin realizar la audiencia prevista en el artículo 293 del CPPN. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa sostuvo que la escribana no revestía la calidad de funcionaria pública y que la interpretación contraria implicaba apartarse del fin que le había asignado el legislador al instituto de la probation.
22-abr-2019Roldán (reg. N° 656 y causa Nº 104)Una mujer se encontraba imputada del delito de contrabando. En la etapa de juicio y luego de finalizado el ofrecimiento de prueba, su defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. La imputada ofreció su autoinhabilitación y el pago de cien pesos mensuales en concepto de reparación. La fiscalía y la AFIP –en carácter de querellante– se opusieron a la solicitud. Entre otras cuestiones, consideraron que el planteo se había realizado de manera extemporánea, que debía requerirse el pago mínimo de la multa y que el instituto no podía concederse a delitos que previeran pena de inhabilitación. El Tribunal Oral concedió la probation por el término de dos años. Además, declaró la inconstitucionalidad del artículo 19 de la ley N° 26.735, que introdujo al artículo 76 bis del Código Penal la improcedencia del instituto a este tipo de delitos. Contra esa resolución, la querella y la fiscalía interpusieron recursos de casación.
28-abr-2016A, DArUna persona había sido imputada por transporte de estupefacientes. Su defensa solicitó que se realizara la audiencia de suspensión del juicio a prueba. El tribunal corrió vista al fiscal, quien se pronunció en contra de la concesión del instituto. En consecuencia, la solicitud de la defensa fue desestimada sin realizarse la audiencia prevista en el artículo 293 del CPPN. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
28-mar-2016T, OHUna persona había sido imputada por poner en circulación moneda falsa y por estafa. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se opuso a la concesión del instituto. A tal fin, argumentó que “resultaba necesario que el juicio cuente con todos los procesados de autos para garantizar que aquel se realice exhaustivamente y se pueda determinar la responsabilidad que le cupo a cada uno, ya que de otro modo quedaría limitado el ejercicio de la acción penal”. El representante del MPF, sin embargo, había consentido el otorgamiento de probation a otros coimputados en la causa. El tribunal rechazó la solicitud de la defensa, pues consideró que la oposición fiscal poseía carácter vinculante. La decisión fue recurrida por la defensa.
17-feb-2016H, GCUn tribunal oral había concedido la suspensión del juicio a prueba a una persona. Después de pagarle a la víctima el monto fijado en concepto de reparación y de asistir en varias oportunidades a cumplir las tareas que se le asignaron, el imputado dejó de presentarse. Su inasistencia dio lugar a que el tribunal le revocara la probation y lo declarara rebelde. La resolución fue dictada sin realizarse, de manera previa, la audiencia prevista en el artículo 515 del Código Procesal Penal de la Nación. Por esa razón, la defensa un interpuso un recurso de casación.
29-oct-2015PG, CUna persona había sido imputada por el delito de defraudación por el uso de una tarjeta de crédito extraviada. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se expidió de manera favorable a su concesión. Sin embargo, el tribunal oral rechazó el pedido. Contra dicha resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
6-oct-2015N, CSEn 2009, un tribunal le concedió a una persona la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. En 2011, la municipalidad de San Miguel informó que el probado no había cumplido las tareas comunitarias que se le asignaron. El tribunal requirió informes al juzgado de ejecución penal en repetidas oportunidades. En 2013, el juzgado respondió que se había extraviado el legajo de supervisión. A su vez, de un certificado de reincidencia surgió que el imputado había sido condenado en 2013 por otro delito, cometido presuntamente en 2010, y que la sentencia se encontraba recurrida ante la CSJN. A la luz de eso, el tribunal revocó la probation. La decisión fue recurrida por la defensa.
8-jul-2015S, CJEl tribunal le había concedido la suspensión de juicio a prueba a una persona por el término de un año. Una vez vencido el plazo de control, el juzgado de ejecución penal no pudo notificar al probado de esa circunstancia. Por tal razón, remitió las actuaciones al tribunal de juicio, que lo declaró rebelde y le revocó la probation. La resolución fue dictada sin realizarse, de manera previa, la audiencia prevista en el artículo 515 del Código Procesal Penal de la Nación. Por ese motivo, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-mar-2015P, HFUna persona había sido imputada por hechos constitutivos de violencia de género. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se pronunció a favor a la aplicación del régimen. Para opinar de ese modo, sostuvo que la fundamentación de la inaplicabilidad de la probation a los casos de violencia de género era la protección de la familia y, en este caso, la damnificada no había vuelto a tener contacto con el imputado y éste tampoco había violado la prohibición de acercamiento que se le impuso. Sin embargo, el tribunal rechazó el pedido. Para tomar esta decisión, se sostuvo que resultaba aplicable la doctrina del caso “Góngora” (Expte. G. 61. XLVIII, del 23/4/2013) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Contra esa resolución, la defensa interpuso recurso de casación.