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FechaTítuloResumen
2-dic-2015Pereyra, Néstor GustavoUna persona había sido procesada por el delito de homicidio culposo agravado en concurso ideal con lesiones graves culposas. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de apelación.
2-nov-2015QHT (causa Nº 56451)Personal del Programa contra la Violencia Institucional y de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación mantuvo entrevistas con la población trans alojada en el Complejo 1 (Módulo 6) y en el Complejo IV del Servicio Penitenciario Federal con el fin de indagar sobre sus condiciones de detención y su relación con las fuerzas de seguridad. En ese marco, denunciaron que, al ser alojadas en las unidades Nº 28 y 29 del SPF, para asistir a los comparendos judiciales, fueron sometidas a exámenes corporales y requisas degradantes e invasivos, llevados a cabo por agentes penitenciarios masculinos y sin intervención del personal sanitario o médico. Asimismo, indicaron que se les requirió desnudarse parcial o íntegramente y que, en ocasiones, fueron maltratadas verbalmente y observadas por varias personas. En consecuencia, la Defensoría General de la Nación interpuso una acción de habeas corpus en el que se postuló el agravamiento en las condiciones de detención de las personas trans que se encontraban a disposición del SPF. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción planteada y ordenó, entre otras medidas, la cesación inmediata del acto lesivo. Además, requirió que se arbitren los medios necesarios para que, frente al ingreso a las unidades en cuestión y, de resultar necesario practicar requisas personales por razones de seguridad penitenciaria y/o de los internos, se adopten los siguientes recaudos: a) que las requisas sean practicadas exclusivamente por personal médico; b) en caso de necesidad fundada, cuando sea necesaria un registro táctil sobre los requisados, se haga sobre prendas de vestir y prescindiendo de los desnudos totales o parciales, previa consulta a la persona involucrada respecto a su preferencia sobre la identidad de género de quien lo llevará a cabo, respetando en todo momento la intimidad del requisado. Frente a esta decisión, el Servicio Penitenciario Federal y el Servicio Central de Alcaidías interpusieron un recurso de apelación. Posteriormente, se sancionó el “Protocolo de Registro Corporal y Pertenencias de Personas Trans en la órbita del Servicio Penitenciario Federal Argentino”.
21-oct-2015Guzmán Frasso, Gilda MarielaEn el presente caso, el Juzgado de Instrucción había procesado a la imputada con prisión preventiva como coautora del delito de robo agravado por su comisión en poblado y en banda reiterado en dos oportunidades, en concurso real entre sí. A su vez, registraba causas en trámite ante la Justicia Contravencional y de Faltas y la Justicia Federal de Lomas de Zamora, por los delitos de usurpación y falsedad ideológica. Contra aquella decisión la defensa interpuso recurso de apelación. La Sala V de la Cámara de Apelaciones –integrada por la jueza López González y el juez Pinto- resolvió hacer lugar al recurso.
8-oct-2015HAEl Juzgado de Instrucción había decidido denegar la excarcelación de una persona a la que se le atribuían diversos hechos delictivos constitutivos de violencia de género. Contra dicha resolución, la defensa interpuso recurso de apelación.
11-nov-2014SQZLa Cámara Nacional de Apelaciones hizo lugar al planteo de nulidad de la defensa contra el auto del juez de grado que rechazó la suspensión de juicio a prueba sin haber convocado previamente a las partes a la audiencia dispuesta por el artículo 293 del CPPN. En este sentido, consideró la Cámara que la inobservancia del procedimiento previsto para el instituto de suspensión de juicio a prueba “afectó insalvablemente el debido proceso legal, por cuanto por esa vía se omitió la correspondiente intervención de aquellos a quienes la ley les ha reconocido la facultad de opinar positiva o negativamente frente a un planteo de esta clase (artículos 76 bis, tercer y cuarto párrafos, del Código Penal)”. Finalmente, al declarar la nulidad del auto apelado agregaron que la audiencia prevista por el artículo 293 CPPN no es discrecional del juzgador ya que “es la oportunidad para que la defensa y el acusador público presenten sus peticiones y fundamentos, y que también realicen réplicas a la contraparte. Es a través de la inmediación y el contradictorio donde surgirán los elementos que la magistratura deberá valorar para tomar la decisión conforme las pautas del art. 76 bis del C.P.”.
20-oct-2014C, NEn el contexto de una pelea callejera entre varias personas menores de edad, dos adolescentes, presuntamente, habían sustraído el teléfono celular de otra persona menor de edad. El juez de instrucción sobreseyó a una de ellas por inimputabilidad y procesó a la otra por el delito de robo en poblado y en banda. Basó su decisión únicamente en los testimonios de los damnificados.
25-mar-2014ACWJ (causa N° 33972)Por un hecho cometido en agosto del 2008, una persona fue imputada por un delito en grado de tentativa. En noviembre del 2013 fue citada a prestar declaración indagatoria. Luego, la defensa planteó la prescripción de la acción penal. El juzgado rechazó la solicitud, por considerar que, de acuerdo a la pena que le correspondía al delito consumado, la acción no se encontraba prescripta. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Elevado el expediente a la instancia de cámara, la fiscalía consideró que el cómputo debía hacerse sobre la pena en concreto correspondiente al delito en grado de tentativa.