Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2946
Título : ACWJ (causa N° 33972)
Fecha: 25-mar-2014
Resumen : Por un hecho cometido en agosto del 2008, una persona fue imputada por un delito en grado de tentativa. En noviembre del 2013 fue citada a prestar declaración indagatoria. Luego, la defensa planteó la prescripción de la acción penal. El juzgado rechazó la solicitud, por considerar que, de acuerdo a la pena que le correspondía al delito consumado, la acción no se encontraba prescripta. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Elevado el expediente a la instancia de cámara, la fiscalía consideró que el cómputo debía hacerse sobre la pena en concreto correspondiente al delito en grado de tentativa.
Argumentos: La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la resolución impugnada, declaró extinguida la acción penal por prescripción y sobreseyó al imputado (juezas Garrigós de Rébori y López González y juez Bruzzone). 1. Prescripción. Tentativa. Pena. “[Se coincide] con la defensa y la fiscalía en cuanto a que el cálculo del transcurso temporal frente a un planteo de prescripción de un delito tentado no debe hacerse en base al máximo de la pena de esa conducta en abstracto sino en consideración a la pena que le correspondería en concreto, que en el caso de autos será de cuatro años. Ello así, porque ésa es la pena que eventualmente podría imponérsele dadas las circunstancias particulares del suceso en que se vio involucrado A. C. […]. Bajo esas premisas, cabe señalar que entre la fecha de comisión del suceso […] y aquélla en que fue llamado a prestar declaración indagatoria por ese suceso […] transcurrió en exceso ese término, sin que ese decurso se viera suspendido o interrumpido por causa alguna, tal como se desprende de los informes actualizados procedentes de la Policía Federal Argentina y del Registro Nacional de Reincidencia […]. Conforme a lo expuesto, revocaremos el auto impugnado, declararemos extinguida la acción penal en esta causa, en relación al hecho mencionado, y sobreseeremos por prescripción a W. J. A. C.”.
Tribunal : Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala V
Voces: PRESCRIPCIÓN
TENTATIVA
PENA
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/ACWJ (causa N° 33972).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.