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FechaTítuloResumen
15-jun-2024Chauqui (Causa N° 9126)Un grupo de personas fueron acusadas por el delito de secuestro extorsivo. En la audiencia de control de acusación, entre otras cosas, la defensa de unas de las personas cuestionó la admisión como prueba documental de las actas de procedimiento e informes policiales y solicitó que se admitieran solo para los fines indicados en el último párrafo del art. 289 del CPPF. También explicó que el video ofrecido por la Fiscalía que contenía el testimonio de una persona que declaró como “imputado colaborador” solo debía ser llevado a juicio como soporte para el examen y el contraexamen de esa persona, pero que no podía sustituir su declaración. Además, en esa oportunidad el fiscal ofreció nuevas pruebas que habían sido obtenidas poco antes de la audiencia. Precisó que en la vivienda colindante a la casa en la que habría estado cautiva la víctima del secuestro se había encontrado un arma, similar a la que se habría utilizado en el hecho, que no había sido descubierta antes porque la casa estaba en construcción y la obra estaba paralizada. Por su parte, las defensas se opusieron a que se admitiera la prueba nueva porque consideraron que era extemporánea. También en esa oportunidad, la fiscalía y el defensor público de víctimas solicitaron la declaración de una persona que había estado imputada por el hecho y que finalmente resultó sobreseída.
20-mar-2024Paez (Causa N°11272)Tres personas fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes agravado. En la audiencia de control de acusación, la defensa se opuso a la incorporación del informe de la AFIP que calculaba el valor correspondiente al estupefaciente secuestrado. Argumentó que el análisis efectuado en el informe carecía de rigor científico y por ende de utilidad para el debate.
14-feb-2024Rojas (Causa N°12081)Una mujer fue acusada por el delito de transporte de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, la defensa se opuso a la incorporación del informe de la AFIP que calculaba el valor correspondiente al estupefaciente secuestrado porque consideró que era impertinente. Además, señaló que el acta de detención y de secuestro no debían ser admitidas con el carácter de prueba documental sino que debían ser incorporadas a través de la declaración de los testigos.
31-oct-2023Gutiérrez (causa N° 7354)Dos mujeres fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, entre otras cosas, la defensa oficial de una de las mujeres cuestionó la admisión como prueba documental de las actas de procedimiento e informes policiales y solicitó que se admitieran solo para los fines indicados en el último párrafo del art. 289 del CPPF. Además, se opuso a la incorporación de la planilla en la que se determinaba el valor correspondiente al estupefaciente secuestrado y la declaración testimonial de quien la elaboró porque consideró que era impertinente. Finalmente, objetó la admisión del informe de reincidencia para la etapa de determinación de la responsabilidad porque entendió que se vinculaba con las condiciones personales de la imputada y no con su responsabilidad en el hecho que se le atribuía.
19-nov-2021Castro y otros (causa Nº 1225)Una mujer, Q, fue detenida por la Gendarmería Nacional mientras viajaba en auto. Tras la requisa del vehículo, se le secuestraron 4 kilos y 130 gramos de cocaína. Por ese hecho, resultó procesada por el delito de transporte de estupefacientes. Durante la tramitación de la causa se formó un legajo de identidad reservada por el que una persona, bajo las previsiones de la ley Nº 27.304, hizo saber que existía una asociación ilícita que involucraba a un grupo de personas dedicadas al tráfico de estupefacientes. En particular, se denunció la participación de tres personas dedicadas a su comercialización. En ese contexto, se incautaron 1 kg y 695 gramos de cocaína, y luego 1 kg y 19 gramos más. En consecuencia, las tres personas [SA], [RA] y [C] fueron procesadas como coautoras del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Esta imputación también abarcó la tenencia de los 4 kg y 130 gramos secuestrados a la mujer imputada en un primer momento.
19-feb-2021Zumbay (causa Nº 3546)Una mujer de 27 años se encontraba en situación de vulnerabilidad: cursaba un embarazo, tenía un hijo de cuatro años y escasos recursos económicos. Además, percibía la asignación universal por hijo (AUH), la asignación por embarazo y la tarjeta alimentar de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Sin embargo, la ANSeS suspendió el pago de todos los beneficios. Por este motivo, la mujer presentó un reclamo ante la administración, pero no obtuvo respuesta. La defensa oficial de la mujer interpuso una acción de amparo contra la entidad con el objeto de que se le ordenara el restablecimiento inmediato de los beneficios. También, solicitó una medida cautelar innovativa para que el organismo previsional le abonase inmediatamente la AUH hasta que se sustanciara la acción principal. En su contestación, la parte demandada sostuvo que la actora había egresado del país el 16 de septiembre de 2019 y que no contaba con fecha de reingreso. El juzgado de primera instancia rechazó la medida cautelar. Contra esa decisión, la parte actora interpuso un recurso de apelación.