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FechaTítuloResumen
11-feb-2019Aporta (Expte. 50539)La señora Aporta era madre de una niña con discapacidad con un cuadro patológico de encefalopatía hipoxia secundaria a asfixia, encefalopatía crónica no evolutiva y epasticidad. En este contexto, la niña fue derivada por sus médicos al Instituto FLENI en Buenos Aires para realizarse un tratamiento neurológico de alta complejidad. La Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas (OSDEPYM) a la cual estaba afiliada, negó la prestación pero ofreció cubrir el tratamiento en otro centro médico perteneciente al listado de sus prestadores. Por este motivo la madre interpuso una acción de amparo en la que solicitó una medida cautelar innovativa, con el objeto de que se le otorgara la cobertura integral, costos de internación y tratamiento en el Instituto FLENI en Buenos Aires; además de los costos y gastos de traslado y estadía de los progenitores de la menor en la provincia de Bs. As. El juzgado de primera instancia concedió la medida cautelar. Contra esta decisión la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
31-ene-2019DMI (causa Nº 100441)Un adolescente sufría una cardiopatía congénita, afección que le generó hipoacusia Neurosensorial Bilateral. Entonces, fue tratado por diversos médicos de la Fundación Favaloro. El 23 de octubre de 2018, la madre del joven (IMD), se reunió con la auditora doctora y una de las asesoras letradas de la obra social a la que se encontraban afiliados ambos. En esa oportunidad, las representantes de la entidad le informaron que se había dejado sin efecto el convenio con la Fundación Favaloro y, en consecuencia, no le podían cubrir el tratamiento de su hijo en esa Institución. Contra esa decisión, IMD presentó dos recursos de reconsideración que no tuvieron respuesta. Finalmente, inició una acción de amparo contra la obra social y solicitó, como medida cautelar, que se ordenara a la obra social que cumpliera con la cobertura del 100% de distintas prestaciones en la institución en la que su hijo se había atendido hasta ese momento. El juzgado federal Nº 2 de Córdoba hizo lugar a la medida. Contra esa resolución, la demandada interpuso un recurso de apelación.
5-oct-2018Giralde (causa Nº 6248)Los padres de una niña con epilepsia y trastornos específicos del desarrollo del habla, del lenguaje y de la función motriz, solicitaron a su empresa de medicina prepaga la cobertura de un estudio de secuenciación exómica completa. El estudio fue prescripto por la médica tratante de la niña para ser realizado en el exterior del país. Ante la negativa de la empresa, ambos progenitores, en representación de su hija, iniciaron una acción de amparo y solicitaron como medida cautelar la cobertura del 100% del estudio indicado. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar. Contra ese pronunciamiento, la demandada interpuso un recurso de apelación porque consideró que la prestación no estaba incluida dentro del Plan Médico Obligatorio y que su patología no cambiaría aunque se identificara el origen de su sintomatología.
20-sep-2018Prieto (causa Nº 54057)Un grupo de madres, en representación de sus hijos menores de edad y/o con discapacidad, iniciaron una acción de amparo contra el Estado Nacional a fin de que se le ordenara el suministro de aceites, cremas y materia vaporizable de cepas identificables con balances derivados de CBD y THC, en cantidad de cepas suficientes para su rotación permanente. Esto, con el objeto de atenuar las patologías que sufrían sus hijos. Además, solicitaron como medida cautelar que se las habilitara al cultivo de cannabis en sus respectivos domicilios –en la esfera de su intimidad y a resguardo de terceros–, con fines de consumo medicinal. Esta medida fue solicitada en coordinación con el Laboratorio de Análisis CG/RM de la Facultad de Ciencias Bioquímicas y Farmacéuticas de la Universidad Nacional de Rosario, que realizaba las cromatografías del aceite y la asistencia profesional (médica y psicológica) de la Asociación de Usuarios y Profesionales para el Abordaje de Cannabis (AUPAC).
19-dic-2017ORA (causa Nº 70865 2015)La madre y el padre de dos niñas con discapacidad solicitaron mediante prescripción médica al Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISNN) la cobertura integral del costo real de una conjunto de prestaciones: acompañante terapéuticos, asistente domiciliario, transporte desde el domicilio hasta la escuela y el costo de las consultas del médico tratante de ambas hermanas. Ante la negativa del ISNN, iniciaron una acción de amparo y solicitaron como medida cautelar la cobertura inmediata del 100% de lo requerido. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar y, posteriormente, a la acción de amparo. Contra dicha decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación.