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FechaTítuloResumen
15-dic-2022Basilotta (causa N° 4901)Una persona que se encontraba en libertad había sido condenada a la pena de siete años y seis meses de prisión por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego. La notificación de la sentencia se efectuó a su domicilio constituido. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. Luego de que se declarara la inadmisibilidad del recurso por extemporáneo, la defensa presentó una impugnación extraordinaria local. Entre otras cuestiones, señaló que se había afectado el derecho al doble conforme y lesionado las garantías del debido proceso y defensa en juicio. En ese sentido, explicó que se había desconocido la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que establecía que el plazo para la interposición del recurso contra una condena debía computarse a partir de la notificación personal al condenado. Esa impugnación también fue denegada. Para decidir de esa manera, el tribunal de casación afirmó que el plazo se contaba a partir de la notificación en el domicilio constituido. Así, indicó que no podía asimilarse la situación de las personas que estaban en libertad con las que se encontraban detenidas. Luego, la persona imputada interpuso –por derecho propio y con patrocinio letrado– un recurso de queja que también fue rechazado. Contra esa decisión, presentó un recurso extraordinario federal y, ante su desestimación, un recurso de queja de forma in pauperis.
2-ago-2022Arancibia (causa Nº 500000964)Un joven había sido condenado a la pena de siete años de prisión como partícipe secundario de los delitos de homicidio agravado en concurso real con lesiones leves agravadas. Contra esa decisión, tanto la defensa como el representante del Ministerio Público Fiscal presentaron recursos de casación. La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar de manera parcial a la impugnación fiscal. En ese contexto, modificó el grado de participación a participe primario y sumó un agravante. Luego, ordenó el reenvío de la causa para que el tribual de origen determinara la pena. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema de la Justicia de la Nación que fue rechazado. En la instancia de reenvío, el tribunal oral condenó al joven a la pena única de prisión perpetua. Entonces, la defensa interpuso un recurso de casación. Ante una nueva denegatoria, presentó un recurso de casación e inconstitucionalidad de la prisión perpetua. En esa oportunidad, invocó la Regla Práctica 18.10 de la Cámara Nacional de Casación que preveía la revisión por otra sala. De esa manera, solicitó que se rencauzara la impugnación extraordinaria como un recurso de casación. Frente a su rechazo, la defensa presentó un recurso extraordinario federal. Entre sus argumentos, alegó la violación a la garantía del doble conforme. El recurso fue concedido con relación a la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua impuesta. Sin embargo, fue declarado inadmisible respecto del derecho de revisión de la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal que había modificado la calificación y agravado la condena. Frente a su rechazo, la defensa presentó una queja.
5-jul-2022BarreraEn una causa penal se investigaba la muerte de un bebé producto de diversas lesiones. En ese contexto, su madre y su pareja fueron imputados por el delito de homicidio calificado por el vínculo en calidad de coautores. La defensa de la mujer planteó que no había pruebas sobre el conocimiento de los golpes que había sufrido su hijo y que se debía tomar en consideración su situación de vulnerabilidad. El tribunal condenó a la mujer a la pena de prisión perpetua. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación que fue rechazado. En consecuencia, interpuso un recurso extraordinario federal. Entre otras cuestiones, sostuvo que se había violado el derecho de la mujer a contar con una revisión amplia de la sentencia condenatoria. Ante su denegación, la defensa interpuso un recurso de queja.
28-dic-2021Diez (Causa N° 1610)Una persona había sido imputada por el delito de malversación de caudales públicos (artículo 261, segundo párrafo, del Código Penal). El juzgado de primera instancia dictó su sobreseimiento. Ante la apelación del representante del Ministerio Público Fiscal, la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal revocó el sobreseimiento y dispuso su procesamiento sin prisión preventiva. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, alegó la necesidad de obtener el doble conforme del auto de procesamiento de acuerdo con las normas del derecho internacional de los derechos humanos. La Cámara Federal de Casación Penal declaró el recurso inadmisible. Para decidir de esa manera, consideró que la decisión impugnada no era una sentencia definitiva ni equiparable a tal, y explicó que el procesamiento es sólo un juicio de probabilidad. La defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, ante su denegación, motivó la interposición de un recurso de queja.
10-jul-2014OH, LALa DNM había ordenado la expulsión de una persona de nacionalidad uruguaya del territorio nacional. Posteriormente, el afectado solicitó su radicación definitiva en la Argentina. El organismo administrativo rechazó la petición, lo que motivó la interposición de un recurso de alzada en aquella sede, de acuerdo con el artículo 79 de la Ley Nacional de Migraciones. El Ministerio del Interior desestimó el recurso. Contra esa decisión, el peticionario presentó un recurso directo ante la Justicia Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal. Ese remedio procesal también fue rechazado. Luego, interpuso un recurso de apelación, que fue denegado por la jueza de grado. Esa desestimación motivó la interposición –de acuerdo al art. 282 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación– de un recurso de queja. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó la impugnación. Para decidir de ese modo, señaló que el recurso judicial previsto en la ley 25.871 permitía la revisión de lo actuado en sede administrativa en una única instancia jurisdiccional, que se agota con la intervención de los Juzgados de Primera Instancia, con exclusión de la competencia revisora atribuida a la Cámara Federal de Apelaciones. Contra esa resolución, el afectado interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de un recurso de queja. Allí, argumentó que la ley 25.871 no establece expresamente un recurso judicial contra las sentencias de primera instancia. En esta línea, señaló que correspondía habilitar el recurso de apelación por aplicación del art. 242 CPCCN