Buscar por Voces RENTA VITALICIA

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FechaTítuloResumen
4-feb-2016Deprati, Adrián Francisco c. ANSESEl actor solicitó que se aplicaran pautas de movilidad a la renta vitalicia previsional que percibía y que se le otorgara la bonificación que corresponde a los beneficiarios residentes en la zona austral. El tribunal de primera instancia desestimó el primer pedido e hizo lugar al segundo. La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión.
12-jul-2016García, Guillermo NelsonLa parte actora, beneficiaria de una jubilación anticipada que percibía bajo la modalidad de renta vitalicia, interpuso un amparo contra los Poderes Legislativo y Ejecutivo y MET AFJP, a los fines de que se restituya el régimen de capitalización que fue derogado por la ley 26.425, que instauró el denominado “Sistema Integrado Previsional Argentino”. A su vez, el accionante planteó la inconstitucionalidad de dicha norma. El Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 4 rechazó la acción. La Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia.
26-ago-2016NAM c. ANSES y otroLa abuela y tutora de un niño con discapacidad solicitó a la ANSES que se integre la pensión por el fallecimiento de la madre del niño, otorgada bajo la modalidad de renta vitalicia, hasta alcanzar el haber mínimo garantizado por el Estado. El organismo rechazó el pedido. En virtud de ello, la solicitante inició una acción de amparo contra la ANSES y, en segundo lugar, contra el Estado Nacional. Además, requirió que se ordene cautelarmente el pago de la pensión garantizando el haber previsional mínimo previsto en el art. 125 de la ley Nº 24.241. Subsidiariamente, solicitó que se declare la inconstitucionalidad del citado artículo, como así también del art. 5 de la ley Nº 26.425 y decretos Nº 2104/2008 y 279/2008, en virtud de los cuales se dispuso que la garantía de haber mínimo sólo alcance a los beneficiarios del régimen previsional público y a los del régimen de capitalización que perciban componente público, con exclusión de quienes optaron por el régimen de renta vitalicia. El Juzgado Federal de Villa María consideró que la causa requería mayor debate y prueba. En consecuencia, tramitó la demanda como un juicio ordinario. La parte actora apeló lo decidido.
dic-2016Seguridad social. Renta vitaliciaJurisprudencia sobre seguridad social y renta vitalicia
19-oct-2017BAV (causa Nº 49326)Una mujer y sus hijos menores de edad iniciaron una acción de amparo para que ANSES abonara las diferencias entre lo que percibía mensualmente en concepto de renta vitalicia y el haber mínimo garantizado por la ley Nº 24.241. El juez de primera instancia admitió el reclamo y ordenó a la ANSES que ajustara la prestación y pagara el monto retroactivo a fecha de otorgamiento del beneficio. En consecuencia, la demandada interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el fallo en cuanto al fondo del asunto, pero dispuso que las diferencias de haberes se abonaran desde dos años antes de iniciada la demanda. Este aspecto, sin embargo, no había sido cuestionado por la ANSES. Contra esa decisión, la actora y la ANSES interpusieron recursos extraordinarios. Los recursos fueron denegados, por lo que la Defensora Pública Oficial interpuso una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
12-jun-2018CJR (causa Nº 77728)El señor JRC inició una demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y solicitó el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio (otorgado bajo el sistema de previsto en la ley Nº 24.241). Asimismo, requirió el pago de las diferencias resultantes entre la renta vitalicia que percibía por los años aportados al Régimen de Capitalización y lo que hubiere percibido de haberle correspondido el pago de la Prestación Adicional por Permanencia. El juzgado de primera instancia hizo parcialmente lugar a la acción y rechazó el pago de las diferencias solicitadas. Contra dicha resolución, ambas partes interpusieron un recurso de apelación.
29-mar-2022OLB (Causa N°8770)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de su hijo. Asimismo, la mujer estaba desocupada, no contaba con ingresos económicos para solventar las necesidades básicas del grupo familia, y solo recibía alimentos que le entregaba la municipalidad de Villa María. Ante esa situación, solicitó a la ANSES la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) en favor de su hijo. En ese contexto, el Registro Único de Beneficios informó que el progenitor del niño era beneficiario de una renta vitalicia que percibía del fallecimiento de su padre, la cual se había dado de baja en 2016 pero continuaba percibiendo un porcentaje de la renta previsional. En consecuencia, se solicitó un informe a la compañía aseguradora, quien explicó que en el contrato surgía que la renta vitalicia se extendería hasta que el progenitor cumpliera los 25 años, por lo que dejaría de percibirla en noviembre de 2022. Con posterioridad, se libró un oficio la ANSES para que otorgara la AUH al niño y se liquidaran también los periodos adeudados de los últimos dos años antes del reclamo administrativo. La ANSES solicitó que se emitiera un oficio judicial para cumplir con lo que se le había solicitado. En consecuencia, la mujer con representación de la Defensoría Pública Oficial de Villa María interpuso una acción de amparo. Por su parte, el organismo contestó que existía una incompatibilidad para otorgarle la AUH por ser el progenitor beneficiario de una renta vitalicia.