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FechaTítuloResumen
28-may-2015M,MJ c. V,RG y V,CVEn este caso, la parte actora –conviviente del demandado– inició una acción de impugnación de la paternidad contra su pareja y el hijo cuyo reconocimiento pretendía impugnar, con base en lo establecido por el art. 263 del Código Civil derogado. Alegó que tenía un interés económico toda vez que su conviviente se encontraba demandado por alimentos por quien no era su hijo y que dicha situación la perjudicaba. Mientras que el reconociente demandado se allanó a la acción, el hijo codemandado cuestionó la legitimación activa de la actora.
30-may-2017BAGUna persona inició una acción de impugnación de la paternidad contra los presuntos progenitores de una adolescente y reclamó por su filiación paterna. Ambos demandados se allanaron a la demanda. En consecuencia, el juzgado hizo lugar a la acción y declaró que LVTF no era hija del codemandado EAT sino del actor AGB. Contra dicha resolución, el codemandado EAT interpuso un recurso de apelación con fundamento en el derecho a la identidad de la adolescente y la Convención sobre los Derechos del Niño y solicitó que se le adicione, a su actual nombre, el apellido biológico.
7-sep-2018Novotny v. República ChecaUn hombre y una mujer habían tenido relaciones sexuales. Al año siguiente, la mujer tuvo una hija. Aunque en un primer momento se presumió que la paternidad correspondía al hombre, posteriormente la negó. Por ese motivo, se inició un proceso judicial en el que se consideró acreditada la paternidad por distintos medios de prueba. La normativa local, además, presumía la paternidad en razón del tiempo que había transcurrido desde el momento en que tuvieron relaciones. Años más tarde –una vez que la hija adquirió la mayoría de edad– el hombre volvió a impugnar su paternidad y requirió que se efectuara un análisis de ADN. Sin embargo, la petición fue rechazada porque no constaba la voluntad de la presunta hija. De todas maneras, ambos se realizaron el estudio. El resultado concluyó que el hombre no era el padre. Con esta nueva prueba, reiteró la impugnación. La solicitud fue rechazada. Entre los argumentos señalados, se consideró la firmeza de la decisión adoptada.
4-nov-2021TMI (Causa Nº 162)Una mujer que se encontraba en pareja mantuvo una relación sexoafectiva con otro hombre y quedó embarazada. Luego del nacimiento, su novio reconoció a la niña. Años después, la mujer se reencontró con el progenitor biológico y le informó sobre su paternidad. Además, le hizo saber a su pareja que no era el padre de la niña. A partir de ese momento, se separaron pero continuaron conviviendo por razones económicas. La mujer comenzó a sufrir hechos de violencia de género por parte de su ex pareja. Con posterioridad, la progenitora lo demandó a fin de impugnar el reconocimiento de la niña. En su presentación, también accionó contra el progenitor biológico para obtener el correspondiente emplazamiento filial de su hija. Luego, se presentó el padre reconociente. Señaló que no quería perder contacto con la adolescente, ya que compartía con la madre su cuidado personal. Por su parte, el progenitor biológico manifestó que la actora no le había comunicado que tenían una hija en común. Se realizó en el expediente una prueba genética que confirmó las afirmaciones de la actora. Por último, el juzgado entrevistó a la adolescente. En esa ocasión, la joven indicó que no tenía relación alguna con su padre biológico. Sin embargo, expresó que deseaba mantener el apellido de su papá –con quien tenía contacto– y que se le adicionara el del progenitor de origen.
31-mar-2022RGM (Causa N° 6061)Una mujer dio a luz a una niña, que fue reconocida por su pareja. Tiempo después, un hombre inició una acción judicial a fin de impugnar ese reconocimiento y ser emplazado como padre de la niña. En su presentación, manifestó ser el padre biológico y acompañó un estudio de ADN que lo corroboraba. Luego, la madre se presentó y solicitó el rechazo de lo solicitado. Por su parte, el progenitor demandado destacó que se había dedicado a la crianza de la niña desde su nacimiento y admitió que era el padre afín. Frente a dichos planteos, el juzgado interviniente ordenó que se practicara un nuevo examen genético, que confirmó la paternidad del actor. En consecuencia, hizo lugar a la acción, desplazó al demandado y emplazó al accionante como progenitor de la niña. Asimismo, dispuso la inscripción de la partida de nacimiento únicamente con el apellido materno. Ambos accionados apelaron la decisión y pidieron que se declarara la inconstitucionalidad de la parte final del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación. En ese sentido, requirieron el reconocimiento del vínculo socio-afectivo entre la niña y el padre demandado, de manera tal que no se lo desplazara del estado filial. A su vez, solicitaron se adicionara el apellido del actor a la partida de nacimiento de su hija.
31-may-2022LMO (Causa N° 22520)Un hombre le había comunicado a su conviviente que quería separarse. En ese momento, la mujer le informó que estaba embarazada. Luego del nacimiento, el hombre reconoció a la niña como su hija. Sin embargo, con el paso del tiempo comenzó a tener dudas respecto de su paternidad. En consecuencia, se realizó un estudio genético que descartó el vínculo filial. Por ese motivo, el hombre inició una acción para que se declarara la nulidad del reconocimiento. En su presentación, manifestó que había sido inducido al error por parte de su ex pareja. El juez ordenó notificar la demanda a la progenitora, pero no a la niña que en ese momento tenía nueve años. Contra esa decisión, el actor interpuso un recurso de reposición y de apelación en subsidio. Entre sus argumentos, expresó que era necesario dar intervención a la niña, ya que el proceso implicaba la modificación de su estado civil. En ese sentido, sostuvo que la participación de la niña garantizaba su derecho de defensa en juicio y su interés superior. Por último, el actor solicitó la intervención de la defensoría de menores en razón de que se encontraban involucrados derechos de una persona menor de edad. El juzgado rechazó el recurso de reposición y concedió el de apelación de manera subsidiaria.
dic-2022La triple filiación en la jurisprudencia argentinaJurisprudencia nacional sobre triple filiación.