Buscar por Voces DELITO DE PELIGRO ABSTRACTO

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FechaTítuloResumen
1-sep-2015Díaz, Leonardo DemiánEl tribunal oral había resuelto condenar al imputado a la pena de 3 años y 6 meses de prisión por la portación ilegítima de arma de guerra. Ante esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación.
9-may-2017MRM y otrosEn el marco de una investigación iniciada en el año 2013, varias personas habían sido identificadas como miembros de una asociación que se dedicaba al tráfico de estupefacientes. Entre otras medidas de prueba, se habían ordenado intervenciones telefónicas. Como conclusión de aquellas, se indicó que el líder de la organización había tenido conversaciones sospechosas con su primo, M., que hasta el momento no había sido individualizado como parte de la organización. El juez dispuso la intervención de su línea telefónica, pero no se hallaron conversaciones que guardaran relación con el delito investigado. Sin embargo, el magistrado federal ordenó la realización de allanamientos a varios domicilios, entre los que se encontraba el que M. compartía con su pareja. Como resultado de la medida, se secuestraron una granada explosiva de mano, una escopeta, un kilo y medio de pasta base de cocaína, cinco celulares y doce chips. El Juzgado Federal procesó a M. como partícipe primario del delito de almacenamiento de estupefacientes, agravado por el número de intervinientes, y como autor del delito de tenencia de material explosivo y armas de fuego y por ser miembro de una asociación ilícita, todos en concurso real. Por otra parte, procesó a su pareja como partícipe secundaria del delito de almacenamiento de estupefacientes, también agravado. Para llegar a esa conclusión, el juez consideró que resultaba poco creíble que la mujer desconociera la utilización de su domicilio para el acopio de la droga, especialmente cuando su esposo era pariente del líder de la organización investigada. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
16-sep-2019GSF (Causa Nº5400)En el marco de una investigación sobre venta ilegal de armas se dispuso la realización de tareas de inteligencia. Personal policial observó que los clientes se dirigían a la casa de una persona. Por tal razón, se consideró que allí se guardaban armas y municiones y se ordenó su allanamiento. En el procedimiento se hallaron tres plantas y seis plantines de marihuana. Por ese motivo, la mujer que vivía en el domicilio fue citada a prestar declaración indagatoria. En esa oportunidad, declaró que las plantas eran utilizadas para su consumo personal. El juzgado dictó su procesamiento por el delito de siembra o cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes. Luego, el Ministerio Público Fiscal requirió la elevación a juicio del expediente y señaló que debía considerarse que la producción de estupefacientes se encontraba destinada al consumo personal. Durante la audiencia de debate, la defensa consideró que la escasa cantidad de material estupefaciente hallado y la condición de consumidora de su asistida permitían concluir que los hechos debían ser calificados en los términos del art. 5, anteúltimo párrafo, de la ley N° 23.737. En tal sentido, postuló la aplicación del precedente “Arriola” de la CSJN y la absolución de la mujer.
8-nov-2019Rodríguez (causa N° 12570)En el marco de un control de prevención, personal de la Gendarmería Nacional detuvo a un micro que circulaba desde la localidad de Salvador Mazza, provincia de Salta, con destino a Córdoba. Los agentes advirtieron que una pasajera tenía un bulto en su abdomen. Por tal razón, la requisaron. En el procedimiento se halló un paquete de un kilo de cocaína sujeto con una faja elástica. Por ese hecho, fue detenida e imputada por el delito de transporte de estupefacientes. La mujer era madre de dos niños de cuatro y dos años y había sido víctima de violencia de género por parte de su ex pareja durante seis años. Por el último hecho de violencia había acudido a un hospital y se había trasladado a la casa de su padre y madre, con quien no tenía buena relación. Además, era el sostén económico de la familia y su ex pareja le solicitaba dinero. La mujer trabajaba como empleada de casa particular y, en algunas ocasiones, como “bagayera”. Los trabajos le alcanzaban para cubrir su alimentación y la de su familia. Su hija menor tenía una malformación congénita en una de sus manos a raíz de la cual se le prescribió una cirugía reconstructiva de manera urgente. El precio de la operación era de cien a doscientos mil pesos. En ese contexto, y mientras trabajaba en la limpieza de la casa de una persona conocida, se le ofreció el traslado de un paquete de droga a Córdoba bajo la promesa de pago de setecientos dólares. Durante la audiencia de control de la acusación, la fiscalía y la defensa acordaron sobre la existencia y la participación de la mujer en el hecho. En la discusión final, la fiscalía solicitó que se la condenara. Por su parte, la defensa sostuvo que su asistida había actuado bajo un estado de necesidad justificante. En tal sentido, explicó que la mujer era víctima de violencia de género y que se encontraba en una situación de vulnerabilidad que no le permitía afrontar los gastos de la intervención que su hija requería de manera urgente. Por tal razón, sostuvo que frente a la ponderación del traslado de la droga frente a la salud de su hija, ésta resultaba de mayor relevancia. Sobre la base de dichas consideraciones, postuló su absolución.
16-jun-2020Aguilera (Causa N°29799)Personal policial halló un cigarrillo artesanal de 0,5 gramos de marihuana en el domicilio de un hombre. Por ese hecho, fue imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Su defensa solicitó el sobreseimiento en los términos de los artículos 31 y 32 del Código Procesal Penal Federal, con el objeto de que el Ministerio Público Fiscal pudiera prescindir del ejercicio de la acción penal. En particular, consideró que la conducta de su asistido no había afectado la salud pública. Por su parte, la fiscalía solicitó que el hecho fuera calificado como tenencia de estupefacientes para consumo personal y se declarase la inconstitucionalidad del artículo 14, segunda parte, del Código Penal.