Buscar por Juez/a Hernán Martín López

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FechaTítuloResumen
25-mar-2022Mondria (Causa N° 29022)El encargado de un edificio advirtió que una pared de ladrillos huecos que daba a la calle estaba inclinada y se lo informó al administrador. Entonces, convocaron a un especialista que revisó la construcción y manifestó que no había riesgo inminente de derrumbe. Sin perjuicio de ello, decidieron reforzar la estructura y contrataron a un albañil para realizar los arreglos. El trabajador concurriría dos días después. Por ese motivo, el encargado del lugar colocó cintas de señalización sujetas con tachos de pintura para advertir a los peatones. La noche siguiente, cuatro personas se acercaron al muro. Dos de ellas treparon la pared inclinada e ingresaron al local. Luego salieron de la propiedad. Sin embargo, en el momento en que la segunda persona saltó, la muralla se desplomó y le cayó encima. La víctima murió. Durante la investigación judicial se imputó al administrador del edificio por el delito de homicidio culposo. Luego, el juzgado interviniente lo sobreseyó. Contra esa resolución la querella y la fiscalía interpusieron sendos recursos de apelación.
18-ago-2025López Gordillo (causa N° 12120)En octubre de 2018, una persona denunció el robo de su motocicleta. En noviembre de ese año, personal policial detuvo a un hombre y a una mujer que transitaban a bordo de ese vehículo sin las patentes reglamentarias ni la documentación para circular. Dos años después, el juez interviniente convocó a los imputados a prestar declaración indagatoria, aunque sólo se apersonó la mujer. En marzo de 2021, se dispuso la falta de mérito de la encausada. En 2025, tras recabar los datos de titularidad de varios abonados telefónicos, los registros de sus comunicaciones y su lista de celdas de geolocalización, el representante del Ministerio Público Fiscal requirió la indagatoria de una tercera persona, el esposo de la mujer. En ese sentido, sostuvo que su línea telefónica se había activado en el lugar el día del robo, así como mientras conducía la motocicleta en el momento en que fue secuestrada. Por ese motivo, solicitó su procesamiento por haber recibido el rodado a sabiendas de su origen y con ánimo de lucro. El juez interviniente hizo lugar al pedido y dictó el procesamiento. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, indicó que la constatación de llamados entre la pareja no constituía un elemento de cargo porque estaban casados y era común que se comunicaran por teléfono. Además, destacó que la activación de una antena de telefonía en las inmediaciones de un shopping y frente a la autopista General Paz no evidenciaba que el hombre hubiera estado cerca de la motocicleta sustraída.