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25-oct-2016Carrera, Fernando ArielUn hombre cometió un robo y huyó en su automóvil. En ese momento, personal policial que no se había identificado ocasionó una maniobra de evasión por parte del hombre, que huyó en su vehículo. En ese contexto, el hombre recibió un disparo y perdió la conciencia. De esa manera, con una disminución de sus facultades, continuó la marcha y ocasionó lesiones y la muerte a algunas personas. Finalmente, colisionó contra otro vehículo. Luego del choque, los policías le habrían disparado dieciocho veces, alcanzándolo con ocho impactos y provocándole lesiones gravísimas. Desde el comienzo del proceso penal, la defensa había denunciado distintas irregularidades en la actuación de la policía que habrían determinado la imputación del hombre. En la etapa de juicio oral, el hombre fue condenado a la pena de treinta años de prisión por los delitos de robo agravado por el empleo de armas de fuego, homicidio calificado reiterado en tres oportunidades, lesiones graves reiteradas en dos oportunidades, abuso de armas de fuego y portación ilegal de arma de guerra. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala III de la CFCP confirmó la sentencia. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto esa resolución y dispuso el reenvío para el dictado de un nuevo fallo. En tal oportunidad, la misma Sala de la CFCP –con distinta conformación– absolvió al imputado por el delito de abuso de armas y lo condenó a la pena de quince años de prisión como coautor del delito de robo agravado por su comisión con armas de fuego, en concurso real con homicidio culposo agravado por haber sido ocasionado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y por la cantidad de víctimas y con lesiones culposas graves y agravadas por esas mismas circunstancias y lesiones culposas leves, también en concurso real con portación de arma de guerra, sin la debida autorización legal. Frente a esa resolución, la defensa interpuso recurso extraordinario. Luego de ser rechazado, presentó un recurso de queja.
5-jul-2016L, SBEn el presente caso, el Tribunal Oral había absuelto a una mujer por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por ser cometido con un arma de fuego. Para fundar tal resolución, el tribunal consideró que había actuado en legítima defensa en razón de la violencia física, sexual y psicológica a la que la imputada había sido sometida por su esposo durante el matrimonio. Contra aquella decisión, la querella y la fiscalía interpusieron recurso de casación.
24-abr-2015M, DR (Causa Nº 2254)Una pareja tenía tres hijos menores de edad. El hombre se emborrachaba, insultaba y golpeaba a la mujer de manera constante. En dos ocasiones, la mujer realizó la denuncia policial y fue trasladada a un hospital. Una noche, el hombre la insultó y la quiso echar de la casa. En ese momento, intentó pegarle y, para defenderse, la mujer tomó un cuchillo que estaba arriba de la mesa y le dio un puntazo. El hombre se puso una curita en la herida y se acostó en la cama. Tres días más tarde, la mujer le pidió a un vecino que buscara a la policía porque su marido había muerto. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio agravado por la relación de pareja que mantenía con la víctima. En la etapa de juicio oral, la imputada declaró que esa noche se había querido defender y por eso había tomado el cuchillo, sin saber que lo iba a lastimar de esa manera. Aclaró que en otras oportunidades había sufrido violencia por parte de su marido, que había hecho las denuncias correspondientes pero que la policía nunca había intervenido más que para calmarlo e irse. Además, pidió disculpas por haber mentido cuando arribaron los policías. Por otro lado, un agente policial explicó que la mujer había mentido en un primer momento sobre lo sucedido, aunque luego había narrado la pelea y cómo había tenido que defenderse. Agregó que la relación era conflictiva debido al consumo de alcohol por parte de ambos, que había agresiones mutuas y que en alguna oportunidad creía que ella lo había denunciado y que habían enviado un patrullero. Además, sabía que había un registro de denuncias realizadas por la imputada en la comisaría de la mujer, pero se habían archivado. Otra funcionaria policial recordó haberle tomado la denuncia por un episodio de violencia de género, que fue derivada al Juzgado de Familia. También se enteró por sus compañeros que en otras oportunidades la mujer había sido trasladada para que hiciera una denuncia contra su pareja y la habían llevado a dormir a un hospital con sus hijos. Al momento de los alegatos, la defensa sostuvo que la imputada había sido víctima de violencia de género y había actuado en legítima defensa.
24-nov-2010RRJ (causa N° 1001)Una mujer de nacionalidad boliviana vivía en Argentina, hablaba lengua quechua y entendía muy poco español; convivía con un hombre con el que estaba en pareja y con su hijo mayor de edad, que tenía una discapacidad. La mujer sufría violencia de género por parte de su pareja. Una madrugada, el varón tiró piedras a la puerta y ventanas del hogar e ingresó al domicilio alcoholizado. Entonces, despertó a la mujer y le exigió que le cocinara una sopa. Además, la insultó, la manoseó en frente de su hijo e intentó forzarla a tener relaciones sexuales. Luego, se acostó en la cama y trató de comunicarse telefónicamente con otra mujer con la que quería encontrarse. En ese momento, su concubina le arrojó una olla con agua hirviendo, ocasionándole quemaduras en gran parte del cuerpo. El hombre se cambió de ropa y se dirigió al hospital, donde falleció por una insuficiencia respiratoria. Como su regreso se demoraba, la mujer salió a buscarlo. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio. Durante el juicio oral la mujer no contó con un traductor de lengua quechua, sino que una amiga ofició de intérprete para explicarle lo que sucedía en el debate. La mujer declaró que no quería matar a su compañero y no pensó que eso pudiera suceder por arrojarle agua caliente sobre el cuerpo. Por su parte, la defensa particular explicó que su asistida había sufrido malos tratos, golpes, humillaciones y sometimiento a la servidumbre por parte de su pareja. Además, indicó que su hijo sufría una incontinencia de esfínter debido a la violencia que había desplegado su padre sobre él. El Tribunal Oral condenó a la mujer a la pena de ocho años de prisión por el delito de homicidio. Contra esa decisión la defensa particular interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones propuso el cambio de calificación de la conducta imputada por la de homicidio preterintencional. En la audiencia ante la Cámara de Casación, asumió la defensa un defensor público. El abogado introdujo como cuestión previa que se declarase la nulidad absoluta de todo el procedimiento por no habérsele asignado a la imputada un traductor que le permitiese comprender lo que sucedía en el juicio. De manera subsidiaria, planteó que su asistida había actuado en legítima defensa y solicitó su absolución.