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6-abr-2016AJC (causa Nº 12000089)Varias personas fueron imputadas por el delito de transporte de estupefacientes. Una de ellas tenía dieciséis años al momento de la comisión del hecho. Por esa razón, fue sometido a un tratamiento tutelar en los términos del artículo 4 de la ley N° 22.278. Durante juicio oral, la fiscalía solicitó que se le impusiera la pena de seis años de prisión. Por su parte, la defensa postuló su absolución.
24-ago-2015ZDA (causa Nº 3684)Un colectivo de larga distancia fue inspeccionado en el marco de un control policial realizado en una ruta de Chubut. Uno de los pasajeros, de diecisiete años, fue hallado con 583 tizas de cocaína. Por ese hecho, fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes. El joven no poseía antecedentes condenatorios. En oportunidad de prestar declaración indagatoria, relató el contexto familiar en el que había crecido. En particular, manifestó que su padre había fallecido y que su madre tenía una pareja violenta. Además, refirió que consumía droga desde los trece años, que había retomado los estudios y que deseaba conseguir un trabajo. El juzgado dispuso la confección de un incidente tutelar con el objeto de realizar un seguimiento del joven. Allí se pautó, entre otras cuestiones, que debía finalizar sus estudios secundarios y realizar un tratamiento psicológico. Los informes incorporados al expediente concluían que el nombrado había evadido las pautas propuestas y se negaba a concurrir a las entrevistas. Durante el juicio oral la fiscalía solicitó que se declarara la responsabilidad penal del imputado y se le impusiera una pena de cuatro años de prisión. Por su parte, la defensa postuló la absolución de su asistido. Además, la defensoría de menores consideró que no se había llevado a cabo un tratamiento tutelar y, por esa razón, entendió que no podía ser declarada su responsabilidad penal.
17-mar-2009MAA (causa N° 2570)Un joven de diecisiete años fue imputado por el delito de homicidio culposo, en concurso real con lesiones culposas. El hecho había sido cometido mientras conducía un automóvil. Por tal razón, durante la instrucción, se le impuso que se abstuviera de conducir vehículos y se lo sometió a un tratamiento tutelar. El joven contó con la contención de su familia, demostró progreso intelectual y fue abordado de manera terapéutica. Sobre la base de esas consideraciones, el Tribunal Oral lo absolvió en los términos del artículo 4 de la Ley N° 22.278. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal casó la sentencia y condenó al joven a una pena de seis meses de prisión de ejecución condicional y ocho años de inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículos. Para decidir de esa manera, entendió el resultado positivo del tratamiento tutelar no había subsanado la “grave conducta” que se le reprochaba, la que además había demostrado su “peligrosidad”. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja.
7-dic-2005MDE (causa N° 1022)Un joven de 16 años fue imputado por la comisión del delito de robo agravado por el uso de armas, en concurso real con homicidio calificado. Durante el proceso, fue internado y sometido a un tratamiento tutelar. Luego, se le concedieron egresos periódicos. En el transcurso de una salida, el joven cometió otro delito. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de catorce años de prisión. Para decidir de ese modo, valoró la edad del autor como un atenuante de la pena. Contra esa sentencia, la fiscalía interpuso recurso de casación. En particular, sostuvo que había sido erróneo considerar la minoridad como una circunstancia atenuante. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación y le impuso al imputado la pena de prisión perpetua. En particular, se tuvo en consideración el fracaso del tratamiento tutelar y su “peligrosidad”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. Entre otras cuestiones, consideró que la pena de prisión perpetua resultaba violatoria de la Convención sobre los Derechos del Niño.