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28-nov-2024LS (Causa N° 6843)Una mujer trans estaba afiliada a una empresa de medicina prepaga. Mediante su cobertura médica inició un tratamiento hormonal para adecuar su aspecto físico a la identidad de género autopercibida. En ese marco, se le informó que el tratamiento podía tener efectos secundarios sobre su fertilidad. Por ese motivo, decidió suspenderlo. A su vez, su médica tratante le prescribió la criopreservación de espermatozoides con el fin de resguardar la fertilidad. Como consecuencia de ello, la mujer solicitó a la entidad de salud la criopreservación espermática. Sin embargo, esta última rechazó su petición. En ese sentido, sostuvo que la Ley N° 26.862 de Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción asistida no abarcaba cuestiones vinculadas con la identidad de género como lo pretendía la actora. Además, consideró que el garante del derecho a la salud era el Estado Nacional y no las empresas de medicina prepaga. En virtud de esa respuesta, la mujer inició una acción de amparo para que se le ordenara a la entidad la cobertura de la prestación. Asimismo, solicitó una medida cautelar con el mismo objeto. El juzgado de primera instancia rechazó las peticiones. Para arribar a esa decisión, afirmó que, si bien ello no implicaba desconocer los derechos humanos reproductivos de las personas trans, la pretensión de la actora no tenía sustento en la Ley N° 26.743 de Identidad de género. Entonces, consideró que no podía imponer a la demandada las consecuencias de su propia elección. Frente a esa decisión, la mujer interpuso un recurso de apelación. En su presentación, alegó que la normativa incluía tanto las prácticas de adecuación de género como sus consecuencias lógicas, entre las que se encontraba la criopreservación espermática. Por lo tanto, señaló que no podía acudirse al concepto de elección personal para negar su cobertura.
28-nov-2024Molina (Causa N° 53045)En septiembre de 2024, dos personas fueron visualizadas mientras intentaban sustraer una motocicleta que tenía un pedido de secuestro activo desde 2008. Debido a que no tenían en su poder la llave de ignición y documentación, fueron detenidas. A raíz de estos hechos, ambas personas fueron imputadas por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro en calidad de coautores. Entre sus argumentos, la defensa planteó que en la imputación no existía una fecha cierta de comisión de los hechos por lo que correspondía estar a la primera fecha señalada en los hechos imputados, es decir, cuando se realizó la denuncia por sustracción de la moto en 2008. En esa línea, solicitó la prescripción de la acción penal y el sobreseimiento de las personas imputadas. Por su parte, la fiscalía realizó el mismo pedido que la defensa.
27-nov-2024Discapacidad e imputaciones penales. Un caso de hipoacusia.En este trabajo, a raíz de un caso de una persona con discapacidad auditiva, se analizará el abordaje de la justicia penal frente a personas imputadas con discapacidad. El análisis se centrará en la manera en que ciertas discapacidades son relevadas (o no) en la construcción y avance de las imputaciones penales.
26-nov-2024VCRH (Causa N° 26761)Un hombre se desempeñaba como vendedor ambulante y estaba a cargo de su hijo, que tenía una discapacidad psicosocial. Asimismo, el hombre se había incorporado al programa “Volver al Trabajo” y se había registrado como monotributista social, por lo que contaba con cobertura total de salud. De esa manera, su hijo podía acceder a distintas terapias. Con posterioridad, el Ministerio de Capital Humano de la Nación en su resolución 603/2024 dispuso que las personas que quisieran permanecer bajo la categoría de monotributistas sociales en adelante deberían abonar el 50% del componente dirigido a la obra social. De lo contrario, se procedería a la quita tanto de la cobertura como de la condición de monotributistas. En ese contexto, el hombre –en representación de su hijo– interpuso una acción de amparo contra el referido organismo. En concreto, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad de la resolución y, como medida cautelar, que se suspendieran sus efectos hasta que hubiera sentencia firme. En ese sentido, manifestó su imposibilidad de afrontar el pago de la cobertura de salud y de los aportes jubilatorios. Luego, tomó intervención la Defensoría Pública Oficial de Menores ante los Tribunales Federales de San Martín, en representación complementaria del niño. En su presentación, pidió que se admitiera la medida cautelar requerida por el actor.
26-nov-2024Fernández de Báez (causa N° 51928)Una mujer había sido procesada por el delito de estafa. En ese contexto, celebró un acuerdo conciliatorio con la víctima en el que se comprometía a entregar una suma de dinero como reparación integral de perjuicio. Ese mismo día, la imputada transfirió el dinero a la cuenta de la víctima. Cuatro días después, la defensa solicitó al juzgado la homologación del acuerdo. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a lo peticionado. Entre sus argumentos, sostuvo que la mujer poseía varias condenas, por lo que la eventual sanción penal sería de efectivo cumplimiento. Además, cabía la posibilidad de que fuera declarada reincidente. En ese sentido, afirmó que debía garantizarse que los acuerdos no infringieran normas ni objetivos de política criminal. El juez de primera instancia no homologó el acuerdo. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de apelación. La Sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la resolución impugnada y dispuso que se celebrara la audiencia prevista por el artículo 34 del Código Procesal Penal Federal. En esa oportunidad, la víctima ratificó los términos del acuerdo conciliatorio y expresó su deseo de aceptarlo con la intención de poner fin al conflicto. Por su parte, la imputada pidió disculpas. Finalmente, el Fiscal reiteró su postura con los mismos fundamentos y solicitó que no se homologue el acuerdo. Por segunda vez, el juez de primera instancia no hizo lugar a la homologación. Contra esa decisión, la defensa presentó un nuevo recurso de apelación. Allí sostuvo que la oposición fiscal era infundada ya que en el caso se verificaban los presupuestos requeridos por la norma. En relación a los antecedentes de su defendida, remarcó que no podían ser un obstáculo para el acuerdo en tanto el artículo 34 del Código Procesal Penal Federal no los preveía como causa de exclusión.
25-nov-2024Carrión González y otros v. NicaraguaUna mujer estaba en proceso de divorcio de su esposo, con quien mantenía una relación marcada por violencia psicológica, física y económica. Un día, él la llamó para que retirara al hijo de ocho años que tenían en común y ella acudió al domicilio familiar. Esa noche, fue hallada muerta con un disparo en el pecho en el patio de su casa. El dictamen médico legal estableció que la causa de muerte fue suicidio, basado en la “inestabilidad emocional” de la mujer y el fin del vínculo de pareja. La familia de ella controvirtió el dictamen mediante varios peritajes que demostraban que se trató de un homicidio y señaló al esposo como autor del crimen. Sin embargo, la fiscalía archivó el caso. A partir de un recurso presentado por la familia de la mujer, al año siguiente la fiscalía reabrió el caso y acusó al hombre de parricidio. El hombre apeló la acusación. La Corte Suprema hizo lugar al recurso y dejó sin efecto los cargos.; En paralelo, los padres de la mujer intentaron mantener el vínculo con su nieto. Sin embargo, el hombre mantenía la custodia del niño e impidió su contacto. Ante esta situación, la familia inició procesos en el fuero de familia y penal. Tras más de cinco años de la muerte de la mujer, la justicia determinó que no podía forzar la relación entre los abuelos y los nietos.
22-nov-2024GME (Causa N° 11408398)En el marco de un proceso judicial se ordenó a un hombre que reembolsara el cincuenta por ciento de los alimentos correspondientes a sus hijos, pues esa suma había sido abonada por la progenitora de los niños entre 2017 y 2019. Ante el incumplimiento, la mujer solicitó que se inscribiera al demandado en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. También requirió que se suspendiera y prohibiera la renovación de su licencia de conducir y que se le impidiera el ingreso a canchas de fútbol. A su vez, pidió que se bloquearan sus redes sociales y que se prohibiera su salida del país. Del pedido, se confirió vista a la defensoría general local, que dictaminó a favor de lo solicitado.
21-nov-2024GNOE (Causa Nº 4652)En 1969, una mujer de nacionalidad chilena contrajo matrimonio con un hombre. Luego, ambos migraron a la Argentina y tuvieron siete hijos. A raíz de continuos maltratos físicos y psíquicos por parte del hombre, la mujer realizó dos denuncias, la primera en 2001 y la segunda en 2004. En consecuencia, se dictaron medidas de protección a su favor. Con posterioridad, tras el fallecimiento de su cónyuge, la mujer solicitó a la ANSES que le otorgara la pensión derivada. En esa oportunidad, completó una declaración jurada en la que manifestó que al momento de la muerte de su cónyuge estaban separados de hecho, pero indicó que se domiciliaba en el mismo terreno. No obstante, el organismo previsional denegó el otorgamiento de la pensión. Para resolver de esa manera, entendió que no se había demostrado la convivencia inmediatamente antes del fallecimiento. Con motivo del rechazo, la mujer inició un nuevo expediente administrativo. En su presentación, reiteró el pedido y acreditó que vivía en el mismo domicilio que su cónyuge. En ese sentido, sostuvo que no había podido mudarse pues se había dedicado al cuidado de sus hijos, por lo que siempre había dependido de los ingresos del agresor. Pese a ello, la administración le negó el beneficio. En ese contexto, la mujer concurrió a la Unidad de defensa en materia no penal de la ciudad de Neuquén e interpuso una demanda para impugnar el acto administrativo.
21-nov-2024Guerra (Causa N°45877)Un hombre fue condenado por varios hechos de robo con armas y homicidios a la pena de prisión perpetua. Entonces, su defensa presentó un recurso de casación por considerar, entre otras cuestiones, la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal y del artículo 56 bis de la ley N° 24.660 de Ejecución de la Pena. A tal fin, sostuvo que los obstáculos que establecían estos artículos para el acceso a la libertad condicional afectaban el derecho a conocer con certeza el quantum de la pena, sus características cualitativas y el modo en que iba a desarrollarse, lo que contrariaba el fin resocializador. La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría, hizo lugar al planteo y, contra esa decisión, la fiscalía presentó un recurso extraordinario federal. Entre sus argumentos, sostuvo que no había un agravio concreto y actual que justificara la declaración de inconstitucionalidad ya que el hombre condenado no había cumplido el tiempo mínimo necesario para solicitar la concesión de la libertad condicional. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Corrección declaró la admisibilidad del recurso.
21-nov-2024Vega (causa N° 69262)En noviembre de 2014, una mujer acudió al domicilio de su expareja para retirar sus pertenencias. Durante su estadía, se inició una discusión en la que el hombre la encerró en el departamento y la golpeó de manera reiterada contra el suelo. Más tarde, mientras la mujer se estaba bañando, el hombre ingresó a la ducha y la penetró por vía vaginal. A raiz de estos hechos, el hombre fue imputado por el delito de lesiones leves agravadas por mediar una relación de pareja y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género, y por el delito de abuso sexual con acceso carnal. El hombre alegó que creyó que la mujer había consentido el encuentro sexual. En enero de 2021, el tribunal interviniente condenó al hombre a la pena de dos años de prisión de ejecución en suspenso por ser autor del delito de lesiones leves agravadas y lo absolvió del delito de abuso sexual con acceso carnal, al considerar que no estaba acreditado el dolo. Contra esta decisión, tanto la defensa como la fiscalía interpusieron recursos de casación. En octubre de 2022, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar, de manera parcial, al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal. En consecuencia, condenó al imputado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal y remitió la causa al tribunal de origen para la fijación de la pena. La Sala III fundamentó su decisión en que la revisión planteaba una cuestión de interpretación legal, en los términos del artículo 456, inciso 1, del CPPN. No obstante, declaró inadmisibles los argumentos de la fiscalía relacionados con la valoración probatoria realizada por el tribunal de juicio. En octubre de 2023, una vez remitidas las actuaciones al juzgado de origen, el tribunal oral declaró extinguida la acción penal por el delito de lesiones agravadas y le impuso al hombre la pena de 6 años de prisión por el delito de abuso sexual agravado. Finalmente, la defensa planteó dos recursos de casación: uno contra la sentencia de casación de octubre de 2022 y el otro contra la pena establecida por el tribunal oral de fecha octubre de 2023.