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FechaTítuloResumen
8-ago-2007STLos padres de un niño con discapacidad, de acuerdo a la prescripción de su médico neurólogo, solicitaron que la obra social les cubra la escolaridad común con el apoyo de una maestra integradora. Ante la negativa, iniciaron una acción de amparo y solicitaron, como medida cautelar, que se les brinde la cobertura. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la petición. La demandada interpuso un recurso de apelación.
26-jun-2007Olariaga, Marcelo AndrésEl acusado se encontraba detenido de manera ininterrumpida desde noviembre de 2000, en abril de 2001 fue condenado a ocho años de prisión con declaración de segunda reincidencia, y en marzo de 2003 la Cámara en lo Criminal de Novena Nominación de la Provincia de Córdoba ordenó practicar el cómputo de la pena impuesta. El acusado observó el cómputo realizado argumentando que, en la operación matemática utilizada para el cálculo, no se había incluido el tiempo de detención que excedía los dos años de prisión preventiva conforme a la ley 24.390 (debieron duplicarse 3 meses y 11 días). La Cámara rechazó aquella pretensión y el recurso de casación correspondiente. El caso llegó a la CSJN por vía de queja por recurso extraordinario federal denegado.
5-may-2007Peralta Cano, Mauricio EstebanUn funcionario policial recibió una llamada anónima que informaba que en la intersección de dos calles había dos jóvenes en actitud sospechosa. Con esa información se dirigió al lugar, interceptó a las personas que allí se encontraba, las detuvo y las condujo al destacamento policial. Posteriormente se las requisó y se encontró entre sus ropas un envoltorio con marihuana. En virtud de ello, el Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 de Mendoza lo condenó a un mes de prisión en suspenso por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal. Además, sustituyó la pena por una medida de seguridad. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación, el que fue denegado. En virtud de ello, se presentó un recurso extraordinario federal, cuyo rechazó motivó la interposición de un recurso de queja.
25-abr-2007Observación General Nº 10El Comité de los Derechos del Niño emitió una Observación General con el objeto de alentar la adopción de políticas respetuosas de los principios contenidos en la Convención de los Derechos del Niño. Asimismo, dispuso una serie de recomendaciones sobre el contenido que deberían tener esas políticas.
27-feb-2007Observación General Nº 9En esta Observación General se interpretó la Convención sobre los Derechos del Niño en relación a los derechos del niño con discapacidad, en especial los derechos relativos a la educación.
27-dic-2006Vega Giménez, Claudio EstebanEl Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca condenó a Claudio Esteban Vega Giménez a la pena de un año y dos meses de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes en infracción al art. 14, primer párrafo de la ley 23.737. La defensa oficial del nombrado interpuso recurso de casación por inobservancia de las normas sustantivas y procesales toda vez que, a su juicio, dada la escasa cantidad detentada y demás circunstancias que confluían en el caso, debía concluirse en que la tenencia era para consumo personal en el marco del art. 14, segundo párrafo de la ley 23.737.
12-dic-2006Benítez, Aníbal LeonelEl tribunal oral había condenado a una persona a la pena de dos años y seis meses de prisión por haberlo considerado autor del delito de lesiones graves calificadas por su comisión con arma de fuego. Para llegar a esa conclusión, el tribunal se había basado en los testimonios de cargo incorporados por lectura sin brindar a la defensa la posibilidad de interrogarlos. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de casación, cuya denegación motivó la presentación de un recurso extraordinario.
17-oct-2006Minassian, Matías GonzaloEl Tribunal Oral en lo Criminal Nº 23 condenó al imputado por los delitos de robo en concurso real con abuso sexual con acceso carnal reiterado en dos oportunidades. Respecto del primero de los delitos, los jueces se apartaron de la calificación de robo con arma cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse de ningún modo por acreditada propuesta por el fiscal en su alegato.
5-sep-2006Gramajo (causa N° 1573)Un hombre fue imputado por el delito de robo en grado de tentativa. En el marco del juicio, la fiscalía solicitó que se lo condenara, se lo declarara reincidente y se le impusiera la aplicación de la pena accesoria de reclusión por tiempo indeterminado. El tribunal oral interviniente condenó al hombre a la pena de dos años de prisión y lo declaró reincidente. Asimismo, rechazó el pedido de aplicación de la pena accesoria de reclusión por tiempo indeterminado por considerar que el artículo 52 del Código Penal resultaba inconstitucional. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar a la impugnación, declaró la constitucionalidad del artículo 52 del Código Penal e impuso al hombre imputado la reclusión accesoria por tiempo indeterminado. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la presentación de un recurso de queja.
4-jul-2006Ximenes Lopes v. BrasilEn la época de los hechos, Damião Ximenes Lopes tenía 30 años de edad y vivía con su madre en la ciudad de Varjota, situada aproximadamente a una hora de la ciudad de Sobral, sede de la Casa de Reposo Guararapes (institución médica). Durante su juventud, desarrolló una discapacidad mental de origen orgánico, proveniente de alteraciones en el funcionamiento de su cerebro y, debido a ello, presentaba esporádicamente dificultades y necesidades específicas. En el año 1995 fue internado por primera vez en la institución médica mencionada, durante un período de dos meses. El 1 de octubre de 1999, Ximenes Lopes fue admitido en la Casa de Reposo Guararapes, como paciente del Sistema Único de Salud, en perfecto estado físico. Al momento de su ingreso no presentaba señales de agresividad ni lesiones corporales externas. El 3 de octubre de 1999 tuvo una crisis de agresividad y se encontraba desorientado. Entró a un baño en la institución médica y se negaba a salir de ahí, por lo que fue contenido y retirado a la fuerza por un auxiliar de enfermería y por otros dos pacientes. Esa misma noche, tuvo un nuevo episodio de agresividad. En razón de ello, volvió a ser sometido a contención física entre la noche del domingo y el lunes por la mañana. El 4 de octubre de 1999, la madre de Damião fue a visitarlo a la Casa de Reposo Guararapes y lo encontró sangrando, con hematomas, con la ropa rota, sucio y oliendo a excremento, con las manos amarradas hacia atrás, con dificultad para respirar, agonizante, gritando y pidiendo auxilio a la policía. Ximenes Lopes seguía sometido a la contención física que le había sido aplicada desde la noche anterior, ya presentaba excoriaciones y heridas y lo dejaron caminar sin la adecuada supervisión. Falleció el mismo día, aproximadamente dos horas después de haber sido medicado por el director clínico del hospital y sin ser asistido por médico alguno. Sus familiares interpusieron una serie de recursos judiciales. Sin embargo, no se realizaron mayores investigaciones ni sancionaron a los responsables.