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FechaTítuloResumen
3-jun-2016B, M A L (Juz. Fed. Necochea Causa Nº28195)La defensa presentó una acción de habeas corpus contra la suspensión del pago de la pensión por discapacidad que recibía B. La interrupción fue decidida por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) luego de que el beneficiario fuera detenido. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata había entendido que no se configuraba en el caso un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. Contra esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar a la impugnación y remitió al juzgado de origen para que procediera de acuerdo a lo establecido. De esta manera, la defensa solicitó el dictado de una sentencia definitiva respecto al fondo de la pretensión oportunamente contenida en la acción de habeas corpus.
12-may-2016BMAL (CFCP Causa Nº28195)La defensa oficial presentó una acción de habeas corpus contra la suspensión del pago de la pensión por discapacidad que recibía B. La interrupción de la percepción del beneficio fue decidida por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) después de que el beneficiario fuera detenido. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la decisión del juez de grado que desestimó in limine la acción. Para resolver de este modo, los magistrados de ambas instancias entendieron que no se configuraba en el caso un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. Contra esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación.
4-dic-2015Internas de la Unidad Nº 31 SPFEn el presente caso, la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata había confirmado la decisión del juez de grado de rechazar la acción de hábeas corpus presentada por la Procuración Penitenciaria de la Nación y la Defensoría General de la Nación en virtud de la negativa de la ANSES, el SPF y el ENCOPE a reconocer a las mujeres privadas de la libertad su derecho a percibir asignaciones familiares y la Asignación Universal por Hijo y por embarazo, según trabajen o no. Contra esa decisión, se interpusieron recursos de casación.
1-oct-2015HC U31Se había interpuesto un hábeas corpus con motivo de la agravación de las condiciones de detención de las mujeres alojadas en la Unidad N° 31 del Servicio Penitenciario Federal, concebida para mujeres madres o embarazadas. Dicha situación tuvo lugar a partir del dictado de la Resolución Nº 557/14 del Director del SPF, que, con fundamento en la superpoblación registrada en el Complejo Penitenciario II, dispuso el alojamiento de hombres en la Unidad Nº 31 hasta tanto finalicen las obras tendientes a crear un espacio destinado a albergar a los internos detenidos por delitos de lesa humanidad en el CPF I. Por lo demás, como consecuencia de ello, se había dispuesto el traslado de una porción de las mujeres residentes en la Unidad Nº 31 –de mediana seguridad– a la Unidad Nº 4 –que, en los hechos, funciona como una unidad de máxima seguridad–. El juez que intervino en el caso no hizo lugar a la acción y exhortó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación para que adopte las medidas necesarias para iniciar la ejecución de las obras en cuestión. Asimismo, dispuso la realización de una Inspección en la Unidad N° 31. La decisión fue impugnada por la Procuración Penitenciaria de la Nación y por la defensa de las mujeres detenidas en esa Unidad.