Buscar
Añadir filtros:
Usa los filtros para afinar la busqueda.
Resultados 1-5 de 5.
- Anterior
- 1
- Siguiente
Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
---|---|---|
5-nov-2018 | Loyola (causa Nº 32003281) | Una empleada del Banco Nación fue imputada por el delito de defraudación a la administración pública en concurso ideal con utilización fraudulenta de sellos oficiales y falsificación de instrumento privado equiparable a público. Los hechos habían sido cometidos en el año 2008. Cuatro años más tarde, fue citada a prestar declaración indagatoria. En la etapa de juicio oral, suscribió un acuerdo conciliatorio con la querella del banco, en los términos del artículo 59, inciso 6º, del Código Penal. En esa oportunidad, se acordó el pago de un monto de dinero en carácter de reparación patrimonial. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal consideró que debía rechazarse la presentación. En ese sentido, sostuvo que el instituto de la conciliación no se encontraba reglamentado, por lo que no resultaba operativo. Además, indicó que la imputada era funcionaria pública y que, en consecuencia, el acuerdo era improcedente. |
24-abr-2018 | BCD (causa Nº 74210) | Un individuo fue imputado por el delito de lesiones leves culposas. En etapa de juicio, suscribió un acuerdo de conciliación con el damnificado. Allí, se pactó el pago de la suma de $5.000 en concepto de reparación. La representante del Ministerio Público Fiscal consideró que el caso se adecuaba a lo normado en el artículo 59, inciso 6°, del Código Penal. El acuerdo fue homologado por el Tribunal Oral. Luego, la defensa presentó el comprobante de depósito que certificaba el abono del monto pactado. Por tal razón, solicitó que se declarase la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de su asistido. |
19-abr-2018 | RGE (causa Nº 27592) | Dos individuos circulaban a bordo de una moto. El conductor cruzó la calle sin respetar la prioridad de paso de los vehículos que transitaban por el lado derecho, y fue embestido por una camioneta. Su acompañante fue herido. Por ese hecho, el conductor de la moto fue imputado por el delito de lesiones culposas graves. Durante el proceso, suscribió un acuerdo conciliatorio con el damnificado, en los términos del artículo 59, inciso 6º, del Código Penal. La conciliación consistió en un pedido de disculpas como única reparación simbólica. La representante del Ministerio Público Fiscal consideró que debía homologarse el acuerdo y declarar extinguida la acción penal. |
31-ago-2016 | Giampaoletti (causa Nº 12750) | En ambos casos, el juzgado de instrucción había rechazado la posibilidad de aplicar el instituto de la conciliación como forma de extinción de la acción penal. Contra esta decisión, la defensa interpuso recurso de apelación. |
11-dic-2015 | Eiroa (causa Nº 39889) | Una persona había sido imputada por el delito de defraudación. La defensa presentó un acuerdo conciliatorio entre el imputado y la víctima y solicitó su homologación y que se declare la extinción de la acción penal por aplicación del inc. 6 del art. 59 del Código Penal. El fiscal se opuso a la solicitud. Alegó que la norma invocada carecía de vigencia, pues su operatividad se hallaba atada a la del Código Procesal Penal de la Nación (ley 27.063). |
Otras opciones relacionadas
Tribunal
Voces
Fecha de lanzamiento