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Fecha | Título | Resumen |
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20-oct-2023 | DMF (Causa N° 70859) | Un hombre y una mujer que tenían hijos en común se separaron. Cuando finalizó la convivencia, el hijo menor quedó al cuidado de su progenitora. En ese contexto, ambos continuaron viviendo en el inmueble familiar. Por su parte, el hombre tenía un empleo informal y abonaba una cuota alimentaria que era insuficiente para solventar las necesidades de su hijo. Por ese motivo, la mujer –por sí y en representación del niño– inició un juicio. En su presentación, solicitó que se le atribuyera el uso de la vivienda familiar. En ese sentido, pidió que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 526 del Código Civil y Comercial. Entre otras cuestiones, la norma preveía que la atribución no podía exceder los dos años contados desde el cese de la convivencia. Además, establecía la posibilidad de fijar una renta compensatoria a favor del ex conviviente al que no se la hubiera atribuido la vivienda. El juzgado interviniente admitió el pedido de la actora por el plazo de dos años. Sin embargo, rechazó el planteo de inconstitucionalidad, pues consideró que las partes debían dirimir el conflicto en una causa por división de condominio que tramitaba ante otro tribunal. Contra lo decidido, la mujer interpuso un recurso de apelación. En esa oportunidad, reiteró que la cuota alimentaria que abonaba el demandado era inferior al Salario Mínimo, Vital y Móvil y que no le alcanzaba para afrontar los costos de un alquiler. Por lo tanto, requirió que no se fijara un plazo para la atribución o bien que se mantuviera hasta que su hijo alcanzara la mayoría de edad. |
7-jun-2019 | CPC (reg. Nº 726 y causa Nº 15995) | CPC mantuvo relaciones sexuales en reiteradas oportunidades con su hija de 15 años en el domicilio en el que convivían. La niña quedó embarazada y el hombre le indicó que debía abortar. A las nueve semanas de embarazo le introdujo cuatro pastillas de Oxaprost en su vagina y ella ingirió otras dos. En ese momento, comenzó a tener fuertes dolores de panza y pérdidas de sangre, por lo que fue trasladada a un hospital. La niña fue internada y se le introdujeron dos pastillas de la misma droga que provocaron la expulsión del feto. A partir de la historia clínica, se efectuó una pericia médico-forense que concluyó que el feto había muerto antes de ingresar al hospital y que no podían precisarse el momento ni las causas del deceso. El hombre fue imputado por los delitos de estupro agravado por haber sido cometido por un ascendiente y con provecho de la situación de convivencia, en concurso real con los delitos de aborto con consentimiento de la mujer y desobediencia. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de diez años de prisión. Para decidir de ese modo consideró, entre otras cuestiones, que el feto se encontraba con vida al momento de efectuarse la maniobra abortiva. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. |
22-abr-2019 | Carletto (causa Nº 131295) | El señor Carletto, de 61 años, padecía una limitación funcional de columna lumbar, bilateral de rodillas, columna cervical. También hipertensión arterial estadio II y hernia inguino escrotal izquierda. Por ese motivo, solicitó a ANSeS un retiro por invalidez en los términos de la ley Nº 24.241. El dictamen de la Comisión Médica Central determinó que el peticionante presentaba una incapacidad laboral del 34,30% y, en consecuencia, denegó el beneficio. Contra esta resolución, Carletto interpuso un recurso de apelación. |
11-jul-2016 | XX y otras | En el presente caso, a raíz de una denuncia de su pareja, se le atribuía a XX haber interrumpido su embarazo de doce semanas mediante la utilización de una medicación comercial llamada Oxaprost. A su vez, se acusaba a dos médicas de brindarle información para realizar el aborto y facilitarle la medicación. De acuerdo a la historia clínica agregada a la causa, la imputada, al entrevistarse con las médicas, había explicado que era víctima de violencia y abusos por parte del denunciante. Esta circunstancia motivó que las médicas consideraran que la situación encuadraba en el supuesto del art. 86 inc. 2º del CP. Por otra parte, la perito propuesta por la defensa señaló que XX presentaba una serie de alternaciones emocionales que encuadraban en la causal del art. 86 inc. 1º para la realización de un aborto no punible. |
19-nov-2015 | Velásquez Paiz y otros v. Guatemala | El 12 de agosto de 2005, Claudina Isabel Velásquez Paiz no llegó a su casa después de salir de la universidad. Sus padres no pudieron denunciar su desaparición puesto que, al poner en conocimiento de ello a la policía, se les indicó que debían esperar 24 horas para formalizar la presentación. Posteriormente, una persona conocida que acudió directamente a su domicilio los alertó de que su hija podría encontrarse en peligro, por lo que comenzaron a buscarla por su propia cuenta. El cuerpo sin vida fue encontrado al día siguiente con señales de haber sido sometida a actos de extrema violencia. Ese mismo día les fue entregado el cadáver por el servicio médico forense. Sin perjuicio de ello, no se le habían tomado las impresiones dactilares, por lo que la auxiliar fiscal y los Técnicos de Investigaciones Criminalísticas del Ministerio Público arribaron al lugar donde estaba siendo velado y, a pesar de la oposición de la familia, practicaron la medida omitida. |
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