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| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 20-may-2026 | Arriola (legajo N° 30312) | A partir de un allanamiento en un domicilio, se secuestraron cinco plantines de cannabis y veintitrés envoltorios de papel que contenían nueve gramos de cocaína. En la vivienda residía una mujer junto a sus dos hijas (una de ellas menor de diecisiete años y embarazada) y su nieta de catorce años. El principal ingreso del grupo familiar consistía en una pensión no contributiva. En la audiencia de formalización, el representante del Ministerio Público Fiscal imputó a la mujer por los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercio de estupefacientes agravado por la participación de una persona menor de dieciocho años. Luego, el órgano acusador incorporó nuevas pruebas al legajo y descartó la existencia de una ultrafinalidad de comercio.; Ante ese escenario, el representante del Ministerio Público Fiscal ofreció un acuerdo pleno de juicio abreviado y modificó la calificación legal por el delito de suministro de estupefacientes a título gratuito, agravado por la participación de una persona menor de dieciocho años. La mujer suscribió el acuerdo y acordaron una pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo bajo la modalidad domiciliaria y pena de multa. La modalidad del cumplimiento de la pena se fundó en el interés superior de la hija menor de diecisiete años embarazada y en la necesidad de resguardar el cuidado de la nieta de catorce años, para quien la mujer constituía una figura de referencia fundamental. Debido a que el órgano acusador requirió una pena inferior a la mitad de la escala penal prevista para el caso, se le dio intervención al fiscal revisor, quien prestó conformidad. Sin embargo, el juez de garantías rechazó la homologación del acuerdo celebrado entre las partes. Tanto la defensa como la fiscalía impugnaron la resolución. En consecuencia, el juez con funciones de revisión confirmó el rechazo. Frente a esa decisión, las partes interpusieron una nueva impugnación ante la casación. |
| 12-mar-2026 | Bustos (Causa N° FMZ 3433/2026) | El Ministerio Público Fiscal imputó a un hombre que trabajaba en la Dirección Nacional de Migraciones el delito de hurto por la sustracción de una mochila en la sede del organismo ubicada en el paso fronterizo entre Chile y la provincia de Mendoza. La defensa solicitó una audiencia y propuso una reparación integral a la víctima, la posterior extinción de la acción penal y el sobreseimiento de su asistido. La víctima expresó su voluntad de resolver el conflicto por esa vía y de estar presente en la audiencia. El juez admitió su intervención y el damnificado ratificó su conformidad. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso. Entre sus argumentos, sostuvo que la persona imputada revestía la calidad de funcionario público y que el artículo 30 del Código Procesal Penal Federal le impedía prescindir de la acción penal. Además, invocó cuestiones de política criminal, el interés público prevalente y la expectativa social sobre el correcto ejercicio de la función pública. La defensa replicó que la reparación integral constituía un instituto distinto, no incluido en el listado del artículo 30 CPPF, y que el imputado no había actuado en ejercicio ni en razón de su cargo. |
| 4-jul-2025 | Lincoman y otra (FCR 7135-2025-1) | A raíz de un allanamiento en el que dos personas fueron detenidas, se realizó una audiencia de formalización en la que el Ministerio Público Fiscal imputó dos hechos vinculados con la tenencia de estupefacientes. Durante el procedimiento se secuestraron cinco teléfonos celulares. En la audiencia, la fiscalía solicitó que los dispositivos fueran incautados, que se procediera a la extracción de los datos allí contenidos, y propuso como límite temporal para la medida un mes anterior a la ocurrencia de los hechos. |
| 18-dic-2025 | Villegas y otros (FRO 11158-2025-2) | En el marco de una causa en la que se investigaban posibles irregularidades cometidas por personal de Gendarmería, la fiscalía solicitó la apertura de doce teléfonos celulares secuestrados durante un allanamiento. Durante ese procedimiento, una de las personas asistidas había proporcionado voluntariamente su patrón de desbloqueo. Sin embargo, la defensa oficial se opuso a que se utilizara el patrón de desbloqueo aportado por la asistida, al considerar que la solicitud realizada en el contexto del allanamiento viciaba el procedimiento. Además, las defensas plantearon reparos en cuanto al alcance de la medida y solicitaron que se impusieran límites temporales y de objeto en la extracción de los datos. |
| 7-jun-2025 | 8332-2025 (FMP 8332-2025) | En el marco de un operativo de control vehicular se detuvo un camión conducido por un hombre junto a dos mujeres menores de edad. Una de las mujeres se mostró muy angustiada. Al ser apartada del hombre y entrevistada por una representante de la policía, una de las adolescentes manifestó haber sido amenazada, obligada a consumir estupefacientes y abusada sexualmente por el conductor. En la audiencia de formalización, el Ministerio Público Fiscal solicitó las claves o huellas digitales para el desbloqueo del dispositivo que le fue secuestrado al hombre. La defensa se opuso a la adopción de cualquier medida intrusiva respecto del asistido. En cuanto al resto de los aparatos secuestrados se peticionó que se limite al objeto de análisis al hecho por el que se inició la investigación, en resguardo de la intimidad de terceras personas ajenas a ella. |
| 5-jun-2025 | Giordano y otros (FGR 8006-25) | En una audiencia de formalización, la defensa solicitó que se limite la extracción de la información contenida en los celulares secuestrados a un lapso temporal acorde al tiempo de la investigación y no a la totalidad histórica contenida en el teléfono, en resguardo al derecho a la intimidad de los asistidos. |
| 3-jun-2025 | Carrillo (FGR 14056-2024) | La defensa señaló que la medida probatoria consistente en la explotación opericiade un dispositivo secuestrado el 27 de diciembre fue solicitada en una audienciaunilateral celebrada en febrero, pero recién fue notificada el 19 de mayo, confechade realización prevista para el 16 de junio de 2025. Con el fin de evitar un dispendiojurisdiccional, la defensa también propuso incorporar puntos de pericia orientadosaacotar el alcance de lo requerido por el Ministerio Público Fiscal. En concreto,solicitó que se determine la última conexión a redes Wi-Fi, la última conexiónaredmóvil, la última conexión por Bluetooth, el horario posterior al secuestrodeldispositivo, y si se produjo o no una intrusión. El objetivo de estos puntos eralimitarla búsqueda a datos relevantes para la investigación, evitando un análisisindiscriminado o excesivamente amplio del contenido del equipo. |
| 30-may-2025 | Mignolet (FGR 4600-2025-2) | El Ministerio Público Fiscal solicitó que se practicara una explotación sobre dos teléfonos celulares secuestrados. La defensa prestó conformidad con la medida y señaló que podrían aportar el PIN de desbloqueo de los teléfonos, en la medida que fue la voluntad expresada por ella para dar contexto a los mensajes que la vincularían con el caso. La defensa también requirió ser notificada del acto de apertura para presenciar y controlar la medida. |
| 22-may-2025 | Mansilla (FRO 2817-2025) | La fiscalía solicitó la formalización de la investigación, la extracción forense de los celulares y la prisión preventiva por el plazo de 60 días. La defensa se opuso, argumentó que no se demostró la insuficiencia de otras medidas menos gravosas y alegó la inexistencia de riesgos procesales. Además, planteó que en la extracción no debía utilizarse el patrón de desbloqueo solicitado al hombre imputado por parte del personal policial. |
| 20-may-2025 | Iglesias (FRO 10860-2025) | La fiscalía solicitó la formalización de la investigación, la extracción forense de los celulares secuestrados en los allanamientos y la prisión preventiva. La defensa se opuso a la calificación legal y planteó que la investigación se basó únicamente en los dichos de la supuesta víctima. Además, solicitó que no se utilice el patrón de desbloqueo porque fue solicitado por la fuerza de seguridad ilegítimamente. Por último, alegó que la prisión preventiva era irrazonable y desproporcionada. |
