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4-nov-2021BPMB (causa Nº 13-04199742)Una mujer había ingresado a trabajar en el Registro Automotor en febrero de 2010. En diciembre de 2016, la trabajadora denunció ante la Oficina de Violencia Laboral de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo que sufría acoso psicológico por parte de sus compañeros. En esa oportunidad, manifestó que durante mucho tiempo había sido presionada para que presente a su pareja. A su vez, señaló que sus compañeros la insultaron y descalificaron luego de tomar conocimiento de que su pareja era del mismo sexo. A partir de esta situación, comenzó una licencia psiquiátrica porque padecía síndrome depresivo ansioso. En enero de 2017, denunció su patología ante su Aseguradora de Riesgo de Trabajo, pero su cobertura fue rechazada debido a que no se encontraba en el listado de enfermedades a cubrir. Por otra parte, su empleador dejó de abonarle los salarios en tiempo y forma. En mayo de 2017 la mujer se consideró despedida y, en octubre de ese año, suscribió un convenio con el empleador ante la Subsecretaría de Trabajo por los rubros salariales adeudados. Por último, la trabajadora demandó a su empleador y a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo por daño moral por los actos de discriminación. La Cámara Primera del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza rechazó la demanda. Entre los argumentos de la decisión, el tribunal tuvo en cuenta que una de las pericias médicas incorporadas a la causa no había sido llevada a cabo por un médico psiquiatra. Contra esa resolución, la actora interpuso un recurso extraordinario provincial.
14-oct-2021RSA (Causa Nº 18020)Un hombre y una mujer pactaron la cuota alimentaria a favor de su hijo. Luego, en el marco del proceso de alimentos, la progenitora practicó una liquidación que contenía la deuda que se había acumulado. En su presentación, efectuó el cálculo en base a los recibos de sueldo del hombre. Por su parte, él prestó conformidad con la suma reclamada y la abonó. No obstante, su empresa empleadora acompañó los recibos de sueldo. En ese momento, la mujer advirtió que el hombre había adulterado la documentación a fin de ocultar sus verdaderos ingresos. Por esa razón, realizó una nueva liquidación, pero el demandado se opuso. En ese sentido, sostuvo que el error invocado por la actora no podía ser admitido ya que la liquidación había sido aprobada y saldada en su oportunidad. El juzgado interviniente aprobó la liquidación readecuada presentada por la mujer. Por último, en virtud de la violencia económica ejercida por el hombre, el juez ordenó de manera oficiosa que se formara un incidente.
2-sep-2021PSS (causa Nº 31074)Una mujer conoció a un hombre en 1983 mientras cursaba sus estudios secundarios y comenzaron una relación de noviazgo. Cuando tenía 26 años quedó embarazada y la relación presentó dificultades. Entre diversas cuestiones, la mujer recibía agresiones e injurias de manera permanente. En el 2000, tuvo lugar un primer episodio de agresión física. Luego, con la mejoría en la economía familiar, ambos decidieron que ella dejase su empleo formal y se dedicase al trabajo doméstico. En 2007, quedó embarazada de su segunda hija mientras continuaron las situaciones de violencia psicológica. En diciembre de 2015, ante un nuevo episodio de violencia emocional y física, la mujer presentó una denuncia ante la Oficina de Violencia Domestica. Luego de la entrevista, la OVD calificó la situación como de alto riesgo. Por otro lado, del informe médico realizado, se desprendió que presentaba diferentes hematomas y secuelas de la violencia ejercida. Por último, en 2016 la mujer demandó al hombre por daños y perjuicios, y solicitó una indemnización. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. Contra esa resolución ambas partes interpusieron, respectivamente, un recurso de apelación. En su presentación, la mujer cuestionó los montos reconocidos.
23-ago-2021Osorez (causa N° 303252)Una mujer vivía con su pareja y sus tres hijos menores de edad. Ella sufría violencia de género por parte del hombre de forma regular. En una oportunidad, luego de que sonara una notificación en el teléfono celular de la mujer, el hombre la asfixió, la golpeó y la llevó hasta la cocina, donde ella tomó un cuchillo y lo hirió en el pecho. El hombre falleció en el momento. Al arribar la policía, la mujer indicó que unas personas habían querido robarles y, en el intento, habían herido a su concubino. La mujer fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En el informe médico se dejó constancia de que la mujer poseía hematomas en los brazos. Luego, en la declaración indagatoria, la imputada relató que sufría violencia de género, que su pareja tenía un consumo problemático de estupefacientes y que había intentado defenderse de las agresiones ejercidas por su pareja. Asimismo, agregó que había mentido sobre el robo porque se encontraban presentes sus hijos y no quería asustarlos. En la etapa de juicio oral, la mujer reiteró su relato. Por su parte, la fiscalía aportó un informe psicológico que indicaba que la pareja mantenía una relación tóxica, pero que la mujer tenía una posición dominante. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal y la querella afirmaron que la acusada había tenido la intención de dar muerte a su pareja. Sin embargo, explicaron que existían circunstancias extraordinarias de atenuación dada la “violencia cruzada” que existía en el vínculo. En ese sentido, solicitaron que se la condenara a una pena de ocho años de prisión. La defensa sostuvo que la mujer se encontraba inmersa en un contexto de violencia de género y que se había defendido de una de las tantas agresiones sufridas. Sobre este aspecto, argumentó que la mujer había actuado en legítima defensa y solicitó su absolución.