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FechaTítuloResumen
30-may-2019Maradona (reg. N° 1087 y causa Nº 83000035)Una mujer que se encontraba detenida sufría, entre otras cuestiones, obesidad mórbida y diabetes. Los turnos de atención de la unidad penitenciaria eran escasos y había mucha demora en la asignación de médicos. Además, el centro de detención se encontraba a 400 kilómetros de su familia, por lo que no podían visitarla debido a la distancia entre el complejo y su lugar de residencia. Sobre la base de dichas consideraciones, la defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El tribunal rechazó el planteo. Para decidir de esa manera, consideró que las dolencias de la imputada podían ser tratadas en la unidad penitenciaria, donde se le podía otorgar un tratamiento específico para sus enfermedades.
15-abr-2019Aliendro (reg. Nº 608 y causa Nº 1800)La defensa de una mujer trans que estaba alojada en un complejo penitenciario solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. En particular, sostuvo que la mujer vivía con VIH y que su permanencia en un establecimiento penitenciario podía provocar un deterioro en su estado de salud. Además, indicó que la mujer integraba el listado de personas que, según la Dirección General de Régimen Correccional, podían ser incorporadas al “Protocolo para la asignación prioritaria del dispositivo electrónico de control”. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, señaló que la imputada podía ser atendida por los mé-dicos de la unidad y recibir el tratamiento indicado. Contra esa decisión, la defensa interpu-so un recurso de casación.
7-nov-2018Moreno (reg. Nº 1888 y causa Nº 17296)Una persona con discapacidad percibía una pensión de $4.500 y era adicta al consumo de marihuana y cocaína. En ese contexto se dictó su procesamiento por la comisión de un delito y el embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de ciento veinte mil pesos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Además, solicitó la exención de prisión de su asistido y la imposición de una caución juratoria. En tal sentido, explicó que se encontraba en situación de insolvencia y requirió que se realizaran informes socioambientales con el objeto de que se corroborara dicha circunstancia. El juzgado mantuvo la libertad del imputado y le fijó la caución real de cien mil pesos. Contra esa resolución, también se interpuso un recurso de apelación. La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, por medio de dos resoluciones, confirmó las decisiones. Para decidir de esa manera, sostuvo que la defensa no había aportado pruebas que sustentaran la dificultad de pago de su asistido. Sin embargo, remarcó la necesidad de que se efectuaran estudios socioambientales para determinar la situación del imputado. Contra dichos pronunciamientos, la defensa interpuso recursos de casación. Entre otras cuestiones, planteó que los montos impuestos en carácter de embargo y caución resultaban irrazonables y desproporcionales frente a la situación de su asistido, que hubiera sido probada de haberse practicado el informe correspondiente.
20-sep-2017MPUna mujer viajaba en un micro junto a sus dos hijos menores de edad y su sobrina. En Salta, el vehículo fue detenido por personal de Gendarmería. En el marco de un operativo de prevención, se solicitó a todos los pasajeros que descendieran del micro e identificaran sus bolsos. La mujer fue autorizada por la policía a permanecer en el micro con su familia debido a las altas temperaturas. La nombrada reconoció como propios tres bolsos. Practicada la requisa, se encontraron seis pares de zapatillas en cuyo interior se hallaron doce paquetes con 2.138 gramos de cocaína. La mujer explicó que desconocía lo que había en los bolsos. Asimismo, indicó que trabajaba como “bagayera” y que le habían ofrecido un sueldo superior del que recibía habitualmente a cambio de transportar esa mercadería. El Tribunal Oral Federal de Salta la condenó a la pena de cuatro años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes. Para decidir de esa manera, consideró que la mujer obró con dolo sobre la base de cuatro elementos de prueba: a) que fue la última persona que identificó como propios los bolsos; b) que debiera haber reconocido el excesivo peso del calzado que le fue entregado; c) que habría percibido el triple de lo que obtenía de manera habitual por el mismo trabajo; y d) que se observaba a simple vista que las zapatillas poseían un bulto en su interior. Asimismo, se concluyó que por su actividad de “bagayera”, no podía desconocer este tipo de actividades ilícitas. La defensa interpuso un recurso de casación contra la sentencia condenatoria.