Buscar


Filtros actuales:


Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-4 de 4.
  • Anterior
  • 1
  • Siguiente
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
9-ago-2018Sesin (Reg Nº 929 Causa Nº 21628)Un Tribunal Oral condenó a una persona por el delito de amenazas coactivas cometido contra su pareja a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional. Asimismo, dispuso que, por el mismo término, fijara residencia y se sometiera al control de un patronato de liberados. Radicado el expediente ante el juzgado de ejecución, se dio intervención a la Unidad Fiscal de Ejecución Penal. La UFEP solicitó que se derivara a la persona al Equipo de Familia del Programa Comunitario de Promoción de la Salud. La defensa se opuso a la pretensión de la fiscalía y requirió el archivo de las actuaciones por entender que había transcurrido el plazo de supervisión dispuesto por el tribunal. El juzgado rechazó el planteo e hizo lugar a la medida propuesta por la UFEP. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
7-ago-2018MAR (causa Nº55357)Durante un año y medio, un hombre mantuvo una relación con una mujer con la que, además, tuvo una hija. Después de separados, ingresó al domicilio de su ex pareja y, luego de una discusión, la golpeó con un cuchillo en la cabeza y la apuñaló en el tórax, lo que provocó su desmayo. Además, al interponerse entre ellos una tercera persona que se encontraba en el mismo sitio, el hombre la empujó y golpeó. Entonces, debió intervenir Gendarmería Nacional; la agresión cesó y la víctima fue trasladada a un hospital. Por otro lado, el hombre fue detenido e imputado por el delito de homicidio simple en grado de tentativa, en concurso ideal con lesiones leves agravadas por haber sido cometidas para perpetrar otro delito. Al momento de alegar en el marco del juicio oral, la fiscalía consideró que el imputado debía ser condenado y que debían aplicarse los agravantes previstos en los incisos 1º (relación de pareja) y 11º (violencia de género) del artículo 80 del Código Penal. El Tribunal lo condenó a la pena de siete años de prisión de acuerdo a la imputación original. Para decidir de esa manera, consideró que la pareja había mantenido una relación por un plazo menor a dos años. En consecuencia, sostuvo que no se habían reunido los requisitos de permanencia temporal establecidos en el artículo 510 del Código Civil y Comercial de la Nación que habilitaban a que el imputado fuera condenado en los términos del inciso 1º del artículo 80 del Código Penal. Por otra parte, sostuvo que el hecho juzgado se trataba de un caso aislado y que, por lo tanto, no podía ser encuadrado dentro del inciso 11º del mismo artículo. Contra esa decisión, el fiscal y la defensa interpusieron recursos de casación.
2-may-2018GOJ (causa Nº 12035)Un hombre había sido condenado y, en el marco de ese proceso, se le había concedido la libertad condicional. Luego, un Tribunal Oral lo condenó por la comisión de un nuevo hecho. A su vez, revocó la libertad condicional y le impuso una pena única. La defensa planteó la inconstitucionalidad del artículo 17 del Código Penal y, en tal sentido, solicitó que se iniciaran los trámites para la concesión de la medida revocada. El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que, frente a una nueva pena resultante de una unificación, correspondía interpretar dicha norma de manera estricta. En concreto, entendió que la revocación de la libertad condicional sólo debía operar como impedimento de una nueva libertad, en el marco de las actuaciones donde se resolvió su otorgamiento y revocación. Con base en esos argumentos, se expidió de manera favorable a la solicitud de la defensa. El juzgado de ejecución rechazó el planteo, por entender que el artículo 17 del Código Penal no afectaba el objetivo de reinserción social previsto en la Ley N° 24.660. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
21-mar-2018Ramírez Zambrano (reg. Nº 268 y causa Nº 46387)Un hombre había sido condenado a la pena de un año y nueve meses de prisión. Luego, fue imputado y detenido por el delito de robo tentado, hurto tentado y hurto, en concurso real entre sí. En la etapa de juicio, suscribió un acuerdo de juicio abreviado con el representante del Ministerio Público Fiscal. Allí se pactó la imposición de la pena de un año y seis meses de prisión y la pena única de dos años y nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento. Luego del acuerdo, el hombre fue excarcelado en los términos del artículo 317, inciso 5º, del Código Procesal Penal de la Nación. En tal sentido, se le impuso la obligación de presentarse a un patronato, fijar residencia, realizar un tratamiento curativo de adicciones y abstenerse de consumir bebidas alcohólicas. Al realizar el cómputo de pena, el tribunal no tuvo en cuenta el lapso durante el cual el hombre había permanecido excarcelado. Por esa razón, la defensa lo impugnó. El tribunal rechazó el planteo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.