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FechaTítuloResumen
27-oct-2017Observación General Nº 5La observación general emitida por el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad propuso una guía para los Estados sobre la interpretación del artículo 19 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad referido al derecho en igualdad de condiciones de todas las personas con discapacidad a vivir de forma independiente y a ser incluidas en la comunidad, con la libertad de elegir y controlar su vida. Con ese propósito, el Comité realizó un análisis integral del artículo y destacó las obligaciones de los Estados partes, la relación con otras disposiciones de la Convención y su aplicación a nivel nacional.
29-sep-2017Informe sobre la equidad e inclusión en el derecho a la educaciónEn el marco de la 72ª sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Relatora Especial de la ONU sobre el Derecho a la Educación, Koumbou Boly Barry, dio a conocer su último informe, relacionado con la educación inclusiva, la equidad y la no discriminación.
9-dic-2016Informe sobre igualdad y no discriminación de acuerdo con el artículo 5 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con DiscapacidadEl 9 de diciembre de 2012, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a instancia del Consejo de Derechos Humanos (resolución Nº 31/6), estableció las normas sobre la igualdad y la no discriminación de las personas con discapacidad de acuerdo con el artículo 5 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
26-may-2016Çam v. TurquíaEl presente caso fue iniciado por Ceyda Çam, ciudadana turca invidente a quien le fue negada la inscripción como estudiante en la Academia Nacional de Música. La peticionaria había superado el examen de ingreso al conservatorio en el año 2004. En el proceso de inscripción, una comisión médica del hospital de su distrito elaboró un informe en el que concluyó que podría tomar aquellos cursos en los que la vista no fuera requerida. La Academia, en respuesta, declaró que no existían secciones de sus clases en las que se pudiera prescindir de la capacidad visual; en consecuencia, requirió que se aclare el informe. La Academia rechazó la solicitud de inscripción de la demandante. Ante esta situación, Çam interpuso una demanda ante el Tribunal Administrativo de Estambul. Dicho tribunal convalidó la decisión de rechazar a la peticionaria con fundamento en que carecía de un reporte médico completo que declarase su aptitud.
27-feb-2007Observación General Nº 9En esta Observación General se interpretó la Convención sobre los Derechos del Niño en relación a los derechos del niño con discapacidad, en especial los derechos relativos a la educación.
8-dic-1999Observación General Nº 13El Comité elaboró su Observación General Nº 13 dedicada a los artículos 13 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sobre el derecho a la educación.