Buscar


Filtros actuales:


Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-6 de 6.
  • Anterior
  • 1
  • Siguiente
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
28-abr-2016A, DArUna persona había sido imputada por transporte de estupefacientes. Su defensa solicitó que se realizara la audiencia de suspensión del juicio a prueba. El tribunal corrió vista al fiscal, quien se pronunció en contra de la concesión del instituto. En consecuencia, la solicitud de la defensa fue desestimada sin realizarse la audiencia prevista en el artículo 293 del CPPN. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
17-feb-2016H, GCUn tribunal oral había concedido la suspensión del juicio a prueba a una persona. Después de pagarle a la víctima el monto fijado en concepto de reparación y de asistir en varias oportunidades a cumplir las tareas que se le asignaron, el imputado dejó de presentarse. Su inasistencia dio lugar a que el tribunal le revocara la probation y lo declarara rebelde. La resolución fue dictada sin realizarse, de manera previa, la audiencia prevista en el artículo 515 del Código Procesal Penal de la Nación. Por esa razón, la defensa un interpuso un recurso de casación.
6-oct-2015N, CSEn 2009, un tribunal le concedió a una persona la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. En 2011, la municipalidad de San Miguel informó que el probado no había cumplido las tareas comunitarias que se le asignaron. El tribunal requirió informes al juzgado de ejecución penal en repetidas oportunidades. En 2013, el juzgado respondió que se había extraviado el legajo de supervisión. A su vez, de un certificado de reincidencia surgió que el imputado había sido condenado en 2013 por otro delito, cometido presuntamente en 2010, y que la sentencia se encontraba recurrida ante la CSJN. A la luz de eso, el tribunal revocó la probation. La decisión fue recurrida por la defensa.
8-jul-2015S, CJEl tribunal le había concedido la suspensión de juicio a prueba a una persona por el término de un año. Una vez vencido el plazo de control, el juzgado de ejecución penal no pudo notificar al probado de esa circunstancia. Por tal razón, remitió las actuaciones al tribunal de juicio, que lo declaró rebelde y le revocó la probation. La resolución fue dictada sin realizarse, de manera previa, la audiencia prevista en el artículo 515 del Código Procesal Penal de la Nación. Por ese motivo, la defensa interpuso un recurso de casación.
11-nov-2014SQZLa Cámara Nacional de Apelaciones hizo lugar al planteo de nulidad de la defensa contra el auto del juez de grado que rechazó la suspensión de juicio a prueba sin haber convocado previamente a las partes a la audiencia dispuesta por el artículo 293 del CPPN. En este sentido, consideró la Cámara que la inobservancia del procedimiento previsto para el instituto de suspensión de juicio a prueba “afectó insalvablemente el debido proceso legal, por cuanto por esa vía se omitió la correspondiente intervención de aquellos a quienes la ley les ha reconocido la facultad de opinar positiva o negativamente frente a un planteo de esta clase (artículos 76 bis, tercer y cuarto párrafos, del Código Penal)”. Finalmente, al declarar la nulidad del auto apelado agregaron que la audiencia prevista por el artículo 293 CPPN no es discrecional del juzgador ya que “es la oportunidad para que la defensa y el acusador público presenten sus peticiones y fundamentos, y que también realicen réplicas a la contraparte. Es a través de la inmediación y el contradictorio donde surgirán los elementos que la magistratura deberá valorar para tomar la decisión conforme las pautas del art. 76 bis del C.P.”.
25-feb-2014V, GEEn 2006 el tribunal oral le concedió a una persona la suspensión del juicio a prueba y le impuso, como reglas de cumplimiento, el pago de un monto de dinero en concepto de reparación y la realización de tareas comunitarias. El juez de ejecución penal, en 2010, consideró cumplidas las reglas impuestas. Sin embargo, en 2013, el tribunal oral revocó la probation por considerar que el probado no había cumplido con las condiciones establecidas, pues nunca abonó la reparación pecuniaria acordada. La defensa interpuso un recurso de casación contra esa decisión.