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FechaTítuloResumen
13-dic-2016R, MAEl Tribunal Oral condenó a un hombre a la pena de siete años de prisión por los delitos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal en tres oportunidades y privación ilegítima de la libertad. Para llegar a esa decisión, valoró el testimonio de la víctima, concubina del condenado, lo declarado por otros testigos, vecinos del barrio, y la historia clínica de la damnificada. Frente a esto, la defensa interpuso recurso de casación. Argumentó, entre otras razones, una errónea valoración de la prueba.
13-dic-2016RMA (causa Nº 39411)Una mujer denunció a su pareja por una serie de episodios de violencia de género. Los hechos incluían abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal y oral en, al menos, tres oportunidades, todos en el interior de su casa. La víctima declaró que, luego del primer hecho, quedó embarazada; no obstante, el embarazo no llegó a término. El segundo evento tuvo lugar algunos días después de esta pérdida; entonces, volvió a quedar embarazada. El tercer hecho, sucedió una noche que su pareja regresó alcoholizado a su domicilio, le arrancó las prendas de vestir y la forzó a tener relaciones sexuales por vía oral y vaginal. En ese contexto, además, el hombre ejerció violencia física (golpes, zamarreos, tiradas de pelo) en su contra. La mujer había denunciado a su pareja con anterioridad por haberla dejado encerrada en su domicilio, oportunidad en la que se comunicó con sus vecinos a través de la puerta. Durante el debate oral, declaró la madre de la víctima. Manifestó que su hija le había dejado entrever la existencia de violencia económica, pero no física. Además, explicó que había convivido con la pareja durante el embarazo y que no había presenciado hechos de violencia física, aunque sí verbal. Asimismo, una vecina declaró que estaba sorprendida porque nunca había visto a la denunciante lastimada y agregó que escuchó discusiones en las que el hombre gritaba que la iba a matar. Por su parte, el psiquiatra que atendió a la mujer a lo largo de esos años explicó que vivía una situación de temor, pero que no había ningún dato que indicara un cuadro de mayor gravedad. De la historia clínica surgía que la mujer efectuó diversas consultas médicas; sin embargo, no registraron lesiones o indicios de haber sido abusada sexualmente. De la misma forma, la paciente no había realizado ninguna manifestación sobre este punto. Además, de los controles ginecológicos surgía que buscaba un embarazo. Por otro lado, los informes elaborados por el Cuerpo Médico Forense y la Oficina de Violencia Doméstica determinaron la existencia de diversas manifestaciones de violencia generadas por un vínculo disfuncional con violencia doméstica que derivó en una situación de riesgo para la víctima. El Tribunal Oral condenó a RMA a la pena de siete años y seis meses de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal reiterado al menos en tres oportunidades, y privación ilegítima de la libertad. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
14-nov-2016M, ASUna persona había sido imputada por el delito de homicidio simple. El Tribunal Oral la condenó a la pena de dieciocho años de prisión. La sentencia se fundó, esencialmente, en tres pruebas: las filmaciones de una cámara de seguridad en la que se observaba un hombre vestido de negro que ingresaba al domicilio de la víctima, la comparación de esa persona con la fisonomía del imputado, y un peritaje lingüístico de una serie de mensajes de texto del celular de la víctima. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. Por esa vía se impugnó, principalmente, el modo en que se valoró la prueba.
3-sep-2015Chazarreta, Franco Ezequiel y Giménez IsaíasEl tribunal oral condenó a dos de las personas imputadas a la pena de doce años de prisión. Contra esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación.
3-sep-2015CFE (causa Nº 55799)CFE, GI, una persona menor de edad y otro sujeto no individualizado abordaron a un comerciante cuando se disponía a cerrar su local. Lo obligaron a ingresar y lo amenazaron mediante la exhibición de las armas que tenían en la cintura. GI apuntó al damnificado con un revólver y le quitó $200 y varios productos del comercio. Luego, huyeron a bordo de un automóvil que los aguardaba en las inmediaciones del lugar. Ese día interceptaron a otro hombre cuando cerraba el portón del garaje de su domicilio. Lo amenazaron con armas de fuego y lo obligaron a subir a la planta alta de la vivienda. Allí, tomaron $2.000 y otros elementos de valor. Su esposa dio aviso a la policía y, luego de una breve persecución, detuvo a tres individuos. Posteriormente, se realizó una rueda de reconocimiento. En ese marco, la víctima del primer hecho individualizó a CFE y aportó datos físicos del imputado que resultaron coincidentes con la descripción realizada por las víctimas del segundo hecho. En cambio, GI no fue identificado en la rueda de reconocimiento por el único testigo del primer hecho. El Tribunal Oral condenó a CFE a la pena de doce años de prisión y reincidencia por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego reiterado en dos oportunidades y a GI a la pena de doce años de prisión como coautor de los mismos delitos, en concurso real con portación ilegal de arma de guerra. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación y alegó que el tribunal tuvo por demostrada la participación de GI en el primer hecho de manera arbitraria, pues no consideró que el único testigo no logró identificarlo en la rueda de reconocimiento.