Buscar


Filtros actuales:
Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-4 de 4.
  • Anterior
  • 1
  • Siguiente
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
27-feb-2024DI CESARE ( Causa N° 14221)Un hombre se desempañaba como director ejecutivo del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI). Durante su función, solicitó el pago de los días de vacaciones no gozadas con conocimiento de que infringía normativa interna. Por ese hecho se le imputó, junto a dos personas que intervinieron en el proceso, el delito de defraudación contra la administración pública. En ese contexto, las defensas de los imputados y el representante del INSSJP-PAMI realizaron un acuerdo conciliatorio en los términos del artículo 34 del Código Procesal Penal Federal. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al acuerdo presentado. Entre sus argumentos, sostuvo que el acuerdo no podía ser homologado por el carácter de funcionarios públicos de los imputados. Asimismo, agregó que la solicitud era improcedente por haberse presentado una semana antes del debate.
1-abr-2019Cordera (Causa N°11248 Reg Nº201)Un artista hizo declaraciones agresivas contra el colectivo de mujeres. Entonces, fue imputado por el delito de incitación pública a la violencia colectiva. En el expediente se presentaron como querellantes la Asociación Civil de Red de Víctimas de Violencia, el Instituto Nacional de Mujeres y el INADI. En la etapa de juicio, la defensa del imputado solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. La audiencia celebrada para su tratamiento fue transmitida en vivo. La representante del Ministerio Público Fiscal y la titular de la Unidad Fiscal Especialidad en Violencia contra la Mujer (UFEM) expresaron la conformidad para su concesión. Asimismo, solicitaron que se le impusiera la obligación de abstenerse de hacer declaraciones públicas que naturalizaran o legitimaran la violencia sexual, de retractarse por sus manifestaciones y realizar un pedido de disculpas públicas. A su vez, consideraron que debía realizar una capacitación relacionada con la violencia de género. El imputado manifestó su arrepentimiento y ofreció cumplir las medidas que se le impusieran. Por otro lado, sobre la base del precedente “Góngora” de la CSJN, las querellas se opusieron a la concesión del instituto.
18-sep-2018Astete Cano (causas Nº 19274 y 9404)Un hombre nacido en Perú había sido condenado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con tenencia simple de estupefacientes a la pena de cuatro años de prisión y multa de 45 unidades fijas. En los términos del artículo 45 de la ley N° 23.737, la sanción pecunaria equivalía a $112.500. El imputado había ingresado al país de manera irregular y no contaba con ningún familiar o conocido que pudiese brindarle solvencia laboral o económica. De manera previa a su detención, vivía en una habitación de un asentamiento y, dada la precariedad de su trabajo, no contaba con ingresos estables de dinero. Por tal razón, el pago de la multa le resultaba de imposible cumplimiento. Entonces, sobre la base del artículo 21 del Código Penal, la defensa solicitó su sustitución por días de prisión. El hombre se expidió de manera favorable a la solicitud.
27-nov-2017CMCFS (causa Nº 12447)Un hombre poseía un celular de procedencia ilegítima. Por tal razón, fue imputado por la adquisición del teléfono a sabiendas de su origen ilícito (artículo 12 de la ley N° 25.891). En ese sentido, la tipicidad de la imputación se fundó en la equiparación de las conductas previstas en el mencionado artículo con la figura de encubrimiento (artículo 277 del Código Penal). La defensa interpuso una excepción de falta de acción, por entender que la conducta de su asistido no se adecuaba al tipo legal reprochado.