Buscar por Tribunal Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, Sala Tercera

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FechaTítuloResumen
31-mar-2015Gorga, José LuisEn este caso, uno de los herederos, mediante un incidente, solicitó la partición de herencia. La cónyuge supérstite y otro heredero se opusieron a ese pedido con fundamento –entre otros– en el derecho real de habitación de la cónyuge supérstite respecto de uno de los inmuebles –último hogar conyugal, donde ésta reside–. Sin embargo, el juez de grado hizo lugar a la partición. En virtud de ello, la cónyuge supérstite y otro heredero apelaron la resolución. El incidentista se opuso al derecho real de habitación de la cónyuge supérstite con base en la existencia de otro inmueble habitable integrante del acervo sucesorio y una valuación del inmueble que sobrepasaría el límite máximo acordado para ser declarado “bien de familia”.
2-jul-2015G, LN c. L, VAEn este caso, LNG inició una acción de desalojo contra VAL. La jueza de primera instancia rechazó la demanda por entender que la accionada carecía de obligación de restituir el inmueble que ocupaba. Contra dicha resolución, la parte actora interpuso recurso nulidad y de apelación. En el expediente, se tuvo por acreditado que, en el año 2009, VAL pactó con el señor JDG (ex cónyuge y padre de sus hijos) que éste permaneciera en el domicilio familiar de su titularidad, a cambio de dinero para alquilar una propiedad. Un año después, VAL denunció incumplimiento del convenio de alimentos acordado e inició la ejecución de alimentos atrasados. En el mismo año, el señor JDG vendió su porción indivisa del inmueble a LNG, manifestando que dicha propiedad no constituía sede del hogar conyugal. En el año 2011, se efectivizó la exclusión del hogar del ex cónyuge y se le atribuyó la vivienda familiar a la parte demandada y sus hijos. Luego de ello (en el año 2012), VAL peticionó la nulidad del acto jurídico de transferencia de dominio respecto de la propiedad, por inobservancia del art. 1277 del Cód. Civil derogado (asentimiento conyugal).
15-sep-2015R. MNUna mujer solicitó que se le concedieran intereses ante el incumplimiento de las cuotas alimentarias debidas por su ex pareja. El juez de primera instancia rechazó la solicitud porque no encontró acreditado que se hubiese convenido la aplicación de una tasa de interés para el caso de que los alimentos no fueran abonados. La decisión fue impugnada.
22-dic-2015DJUn juez declaró la incapacidad absoluta de una mujer y designó como curadores definitivos a sus hermanos. Los curadores y la Asesora de Incapaces interpusieron recursos de apelacion.
17-abr-2019LVM (Expte 167635)El niño M., de once años de edad, padecía obesidad mórbida y su vida corría riesgo. La administración de salud le planteó durante seis años diferentes estrategias para combatir esa enfermedad que resultaron infructuosas. Su grupo familiar, que también se encontraba en situación de vulnerabilidad producto del sobrepeso y la obesidad (su padre era obeso, su madre y hermana menor tenían sobrepeso y su abuelo materno sufría diabetes tipo II), no podían garantizar el cumplimiento de las indicaciones médicas e interdisciplinarias atinentes al estado físico del niño. Por este motivo y ante el cese de la intervención de la instancia administrativa, el asesor de Incapaces interpuso una demanda en la que solicitó la continuidad del tratamiento y la evaluación de nuevas estrategias de actuación para garantizar el derecho a la salud y a la vida de M. La jueza de primera instancia rechazó in límine la demanda y dio intervención a los Servicios Local y Zonal de Promoción y Protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Además, con base en el principio de desjudicialización de las cuestiones familiares, consideró que el accionante no denunció una situación de riesgo que ameritara la intervención judicial. Contra esta decisión, el Asesor de Incapaces interpuso un recurso de apelación.
23-mar-2021MAM (Causa 171589)Una mujer adulta mayor había sido víctima de una estafa electrónica (phishing). Mediante la maniobra, se le había otorgado un préstamo personal a través de su homebanking. A su vez, el dinero disponible en su cuenta había sido sustraído. Ante esta situación, la mujer interpuso una demanda contra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en la que solicitó que se declarara la nulidad del préstamo. Además, solicitó una medida cautelar que ordenara a la demandada abstenerse de realizar los débitos automáticos mensuales de su cuenta por el pago de la cuota del préstamo, y que ordenara la restitución del saldo existente al momento de la estafa. Entre las pruebas ofrecidas, aportó la copia de la causa penal que tramitaba en la fiscalía de delitos económicos. El juez de primera instancia consideró que no se había acreditado la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora y negó la medida cautelar solicitada. Contra esta decisión, la mujer interpuso un recurso de apelación.