Buscar por Voces PRUEBA ELECTRÓNICA
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| Fecha | Título | Resumen |
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| 9-sep-2019 | MEB | En el maro de un proceso judicial para determinar un plan de parentalidad, una de las partes denunció el incumplimiento del régimen de comunicación paterno filial. En apoyo de ello, ofreció como prueba captura de pantalla de mensajes intercambiados entre los progenitores. Sin embargo, el juez rechazó esa prueba. En consecuencia, la parte demandada apeló. |
| 15-ago-2023 | BAPRO (Causa N° 176660) | Una entidad bancaria inició un juicio de cobro ejecutivo contra una persona. Sin embargo, el juzgado interviniente rechazó la acción desde el comienzo. Asimismo, dispuso que la parte actora debía adecuar la demanda a la vía procesal correspondiente, bajo apercibimiento de dar por concluido el expediente. En consecuencia, el accionante apeló. Entre sus argumentos, señaló que los documentos que había acompañado debían considerarse suscriptos, ya que contaban con firma electrónica. A su vez, expresó que el título ejecutivo electrónico era autosuficiente. |
| 20-mar-2024 | PMP (Causa N°28173) | Una mujer demandó por alimentos al progenitor de su hijo menor de edad. En su presentación, relató que, luego de la separación, el hombre continuó abonando el alquiler de la vivienda en la que residían. Por entonces, ella trabajaba en un local comercial que le pertenecía al demandado. Sin embargo, tiempo después el hombre la desvinculó en forma abrupta del comercio, por lo que se quedó sin ingresos. En ese contexto, debía afrontar tanto la manutención como el cuidado de su hijo, quien convivía con ella. En consecuencia, solicitó la fijación de una cuota consistente en el 20% de los ingresos del progenitor, la obra social y la mitad del canon locativo. Por su parte, el juzgado interviniente estableció una cuota provisoria equivalente al 30% del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Con posterioridad, el demandado se presentó en el expediente. En esa oportunidad, indicó que la actora no había precisado las necesidades reales de su hijo adolescente, sino que se había basado en su situación patrimonial. En concreto, ofreció hacerse cargo del pago de la cobertura de salud, de los alimentos provisorios y de la mitad de los gastos comunes. Luego, el juzgado readecuó la cuota provisoria al 50% del SMVM. También se celebró una audiencia, pero las partes no lograron conciliar. Por lo tanto, se abrió la causa a prueba. En ese marco, la actora acompañó una serie de capturas de pantalla de un bien inmueble ubicado en Brasil de titularidad del demandado, así como de operaciones bancarias que llevó a cabo en ese país. Una vez finalizada esa etapa, la causa quedó en condiciones de dictar sentencia. |
| 9-abr-2024 | LGL (Causa N° 6784427) | Una mujer y un hombre mantuvieron un vínculo sexoafectivo por un tiempo. Durante la relación, la mujer sufrió maltratos verbales, psicológicos y físicos por parte de su pareja. Por esa razón, inició una acción de daños y perjuicios en su contra. A su turno, el demandado negó todos los hechos denunciados y señaló que él había sido víctima de celos, manipulación e invasión a su privacidad por parte de la mujer. En consecuencia, la contrademandó por agravios e injurias a su honor. Además, manifestó que a lo largo de la relación había padecido intentos de agresiones físicas de su ex pareja, que trataba de contener. Con posterioridad, el juzgado convocó a una audiencia en la que se proveyó la prueba. En esa oportunidad, rechazó la pericial informática que había ofrecido el demandado. Para decidir así, consideró que pretendía que el experto analizara un pendrive que no había acompañado al contestar demanda. También observó que no había especificado su contenido. Contra lo decidido, el hombre interpuso un recurso de apelación, que fue admitido por la cámara. Entre sus argumentos, los jueces valoraron que el accionado había presentado el soporte digital en plazo y por la mesa de entradas virtual, que era la vía apta para hacerlo. Asimismo, dedujeron que los archivos allí almacenados eran capturas de pantalla de Whatsapp de conversaciones entre las partes y correos electrónicos que se habían intercambiado. Sobre ese punto, destacaron que en procesos que involucraban violencia de género debía seguirse un criterio probatorio amplio en búsqueda de la verdad y de la igualdad procesal. Por lo tanto, dispusieron la desgrabación de los archivos a fin de compararlos con la documentación acompañada a la contestación de demanda. Frente a lo resuelto, la actora interpuso un recurso extraordinario provincial. Entre sus argumentos, expuso que el demandado había incumplido el deber de adjuntar la prueba documental al contestar demanda. De esa manera, entendió que se afectaba el principio de preclusión. Agregó que la falta de detalle del contenido del pendrive para su posterior peritaje vulneraba su derecho de defensa, dado que los archivos podrían así modificarse o eliminarse con facilidad. |
