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| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 15-ago-2017 | DV (Causa N° 53200033 2012) | “[La imputada] convivía con las [víctimas] en el domicilio en que se realizaba la explotación sexual, […] ejercía la prostitución allí y [...] era encargada de pagar el alquiler. [Además] cargaba con responsabilidades económicas de manutención de una hija, quien residía en la Provincia de Santa Fe y […] contaba con una situación precaria, toda vez que colaboraba con las necesidades de su pareja […] y del entorno familiar de aquella". |
| 12-oct-2017 | RV (causa Nº 35023 2017) | Una mujer fue convocada como testigo en virtud de la presunta responsabilidad de su ex pareja por la comisión de un delito. En ese marco, declaró que no conocía al resto de los sujetos que intervino en el ilícito. Sin embargo, al ser citada nuevamente para ampliar su declaración testimonial, aportó datos sobre su identidad. Por ese motivo, fue imputada por falso testimonio. En oportunidad de prestar declaración indagatoria, la mujer indicó que no había brindado la información que conocía por temor. En ese sentido, refirió que fue amenazada días después de su primera declaración y que se sintió intimidada por conocer a los imputados y saber que habían participado en hechos ilícitos. El juzgado dictó su procesamiento. Contra este pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
| 23-abr-2019 | FOE (Causa N°20254) | Una mujer que circulaba en su motocicleta colisionó con la parte trasera de un colectivo. A raíz de los daños sufridos, inició una demanda contra la empresa de transporte. En su presentación, señaló que el colectivo se había atravesado en su línea de paso y que, a velocidad superior a la permitida, realizó una maniobra peligrosa que ella no pudo esquivar. Sin embargo, el juzgado interviniente rechazó la demanda. Para decidir así, estimó que la actora había reconocido su carácter de embistente, por lo que había un nexo de causalidad entre su conducta y el siniestro. Asimismo, tuvo en cuenta que el colectivo tenía prioridad porque el choque ocurrió en una rotonda y la actora se incorporaba a ella, motivo por el cual debía ceder el paso. En ese sentido, se valió del resultado de una pericia que comprobó la existencia de la referida rotonda. A su vez, de oficio utilizó la herramienta Street View de Google Maps, que arrojó el mismo resultado. Contra lo resuelto, la mujer interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, manifestó que había acreditado la ocurrencia del hecho, por lo que le correspondía a la parte demandada demostrar que la culpa correspondía a la víctima o a un tercero por quien no debía responder si pretendía eximirse de responsabilidad. |
| 20-abr-2023 | RSP (Causa N° 4991) | Un hombre fue a una comisaría para denunciar el robo de su teléfono celular. En ese momento se encontraba alcoholizado. Por esa razón, el personal policial lo retuvo y lo puso a resguardo en el patio de la comisaría. Luego, el hombre fue encontrado en una celda colgado de su cinturón. De inmediato, fue trasladado al hospital, donde falleció siete días después. A raíz de lo sucedido, el Tribunal de Conducta Policial de Córdoba sancionó con veintiún días de arresto al agente policial que estaba a cargo. En ese sentido, entendió que el agente había actuado de forma negligente al no haber dispuesto medidas de protección de la integridad física del hombre. A su vez, la causa penal que se inició a partir de los hechos fue archivada. Con posterioridad, la esposa del hombre –en su nombre y en representación de sus hijos menores de edad– inició una demanda de daños y perjuicios contra el Estado provincial. En esa oportunidad, sostuvo que existía responsabilidad estatal pues el suicidio de su pareja había ocurrido mientras estaba al cuidado del personal policial. Por su parte, la provincia demandada solicitó el rechazo de la acción. En su presentación, indicó que la muerte había sido culpa exclusiva de la víctima que se había suicidado. En primera instancia, se condenó a la provincia y se hizo lugar a la indemnización reclamada. Sin embargo, el fallo fue apelado y la Cámara de Apelaciones revocó la sentencia. En esa oportunidad el tribunal sostuvo que la custodia del hombre en la comisaría había sido una condición de su fallecimiento, pero no su causa directa. En ese contexto, la actora presentó un recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba. No obstante, el Máximo Tribunal local confirmó la decisión de la Cámara. Para decidir de esa manera consideró que el recurso no se había argumentado de forma adecuada. Además, reiteró que no existía relación de causalidad entre la retención del hombre y su fallecimiento. Contra esa decisión, la mujer interpuso un recurso extraordinario federal que fue denegado. Por esa razón, presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Entre sus argumentos, sostuvo que la sentencia era arbitraria pues no había tenido en cuenta las pruebas sobre la falta de diligencia en el cuidado de su esposo por parte del personal policial. Luego, la Defensora General de la Nación asumió la representación de los hijos menores de edad y solicitó que se revocara el fallo. En esa ocasión, la Defensora expresó que no se había valorado de manera adecuada la decisión del Tribunal de Conducta Policial que había sancionado la negligencia del actuar policial por no haber retenido los elementos con los que el hombre podía causar un daño a sí mismo. |
| 9-nov-2023 | SMV (Causa N°45525) | Una mujer circulaba en bicicleta junto a su hijo de siete años rumbo a la estación de Merlo. En su trayecto, llegó a una intersección. En ese momento, quedó encerrada por una camioneta, que la impactó. En consecuencia, la mujer y el niño sufrieron lesiones físicas. A raíz de lo sucedido, la mujer –por sí y en representación de su hijo– inició una acción de daños y perjuicios contra el conductor del vehículo y contra la compañía de seguros, en carácter de citada en garantía. Con posterioridad, se realizó una pericia mecánica. En esa oportunidad, el experto remarcó que la actora había usado una bicicleta que no estaba diseñada para dos personas. A su vez, destacó que no había respetado la prioridad de paso, que en el caso era a favor del demandado ya que transitaba por la derecha. Advirtió también que no había utilizado el casco reglamentario. Por su parte, el juzgado interviniente rechazó la acción. En efecto, consideró que la actora había incumplido una serie de requisitos para circular en bicicleta. Además, entendió que había quebrado la prioridad de paso. En ese marco, la mujer apeló. |
