Buscar por Voces SALUD PÚBLICA

Ir a una fecha de inicio:
Mostrando resultados 41 a 45 de 47 < Anterior 
FechaTítuloResumen
17-jul-2023Paredes (causa N° 10774)Una mujer con trastorno de ansiedad obtuvo una autorización para cultivar cannabis a través del Registro Nacional de Personas Autorizadas al Cultivo Controlado con Fines Medicinales y/o Terapéuticos (REPROCANN), a los fines de aliviar sus síntomas. Mediante el REPROCANN, fue habilitada a cultivar hasta nueve plantas para la elaboración de aceite medicinal y a transportar hasta seis frascos de treinta mililitros de ese aceite o cuarenta gramos de flores secas. En el marco de un allanamiento solicitado al domicilio de la mujer, se identificó un sistema de cultivo indoor. En su interior se hallaron nueve plantas de cannabis sativa colgadas en etapa de flora y secado. La mujer exhibió en ese momento su certificado de REPROCANN, que se encontraba vencido hacía un mes y en estado de validación. Por esa razón, el juzgado federal de turno dispuso el secuestro del material estupefaciente y se la imputó por la infracción a la ley N° 23.737. La defensa solicitó el sobreseimiento de su asistida. Así, acompañó el certificado vencido de REPROCANN e informó que su validación se encontraba en trámite. Refirió que para obtener el nuevo carnet era necesario que operara el vencimiento del anterior. Además, explicó que, según fuera informado por la autoridad administrativa, durante el tiempo que se extendiera aquel trámite la mujer se encontraba amparada por la primera autorización. Finalmente, solicitó la restitución del material secuestrado.
8-ago-2023MAT (Causa N° 28950)Una persona trabajaba como masajista y utilizaba cremas con cannabis para realizar sus tratamientos. En ese contexto, decidió cultivar plantas de marihuana para producir sus propias cremas. A partir de una denuncia, la policía realizó un allanamiento en el domicilio de la persona. Allí, encontraron plantas de marihuana y distintos recipientes plásticos con cannabis, que fueron secuestrados y peritados. Los informes periciales indicaron que los elementos contenían THC en una concentración muy baja. La persona fue procesada por el delito de tenencia de estupefacientes. Contra esa resolución, su defensa interpuso un recurso de apelación. El juzgado interviniente hizo lugar al recurso y sobreseyó a la persona. Sin embargo, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, indicó que la persona no podía cultivar plantas de cannabis porque no estaba inscripta en el REPROCRANN. Luego, el Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal desistió del recurso.
18-ago-2023Centurión Bernal (causa N° 4374)En abril de 2014, un hombre fue imputado por el delito de contrabando de estupefacientes. En marzo de 2017, el tribunal oral interviniente condenó al hombre a la pena de cuatro años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento por el delito que le había sido imputado, en grado de tentativa. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar de manera parcial al planteo de la defensa, declaró la inconstitucionalidad del artículo 872 del Código Aduanero, anuló parcialmente la sentencia y remitió la causa al tribunal de origen para que se designara a nuevos magistrados a los fines de fijar el monto de la pena. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó un recurso de queja. La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó que volvieran los autos al tribunal de casación para que dictara una nueva sentencia. En agosto de 2022, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia emitida por el tribunal oral en marzo de 2017 y devolvió las actuaciones para que la persona sea notificada en su domicilio, previo a resolver conforme el artículo 288 del CPPN, lo que significaba que podía ser detenido para comenzar a cumplir su condena. En esa oportunidad, la defensa realizó una presentación al tribunal en la que explicó que el hombre imputado había regresado a Paraguay por cuestiones laborales, que trabajaba como chofer de camiones, residía en el país vecino con su familia desde febrero de 2021 y que, durante el tiempo que se había extendido el proceso, había sido padre de dos hijos de 5 y 3 años edad. Asimismo, la defensa manifestó que desde la fecha del hecho habían pasado más de nueve años y aproximadamente seis desde el dictado de la sentencia. Entre otras consideraciones, la defensa solicitó que se declarara la insubsistencia de la pena impuesta contra el hombre por entender que se había violado su derecho a ser juzgado en un plazo razonable.
13-sep-2023Jimenez (Causa N° 6070)Durante un operativo público de prevención, personal de gendarmería detuvo un rodado que se encontraba al servicio de una empresa de encomiendas. En ese marco, perros encargados de la detección de estupefacientes individualizaron dos goteros que según su etiquetado contenían concentrado de aceite de cannabis para uso medicinal. Se realizaron tareas de investigación y encontraron al remitente. Por ese hecho, fue imputado por el delito de comercio de estupefacientes. En la declaración indagatoria, manifestó que se dedicaba a la fabricación y venta de productos terapéuticos a base de THC para personas mayores o con dolencias graves. Además, el imputado refirió que no contaba con permisos para la siembra y cultivo de cannabis. En esa línea, agregó que tampoco contaba con un permiso para la elaboración y venta de productos con fines medicinales. Una vez realizado el descargo, fue procesado sin prisión preventiva. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
31-may-2024Medidas cautelares en materia de salud contra el DNU 70/23Este boletín se publicó en marzo de 2024 y se realizó una actualización de la edición en mayo de 2024. El documento recopila medidas cautelares judiciales que se dictaron con el fin de suspender los aumentos en los servicios de salud establecidos por las empresas de medicina prepaga luego del dictado del DNU 70/23. Asimismo, para exclusivo uso de la defensa pública, se incluyen presentaciones que llevaron al dictado de sentencias favorables a las pretensiones de las personas asistidas por el Ministerio Público de la Defensa.