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FechaTítuloResumen
20-mar-2024Paez (Causa N°11272)Tres personas fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes agravado. En la audiencia de control de acusación, la defensa se opuso a la incorporación del informe de la AFIP que calculaba el valor correspondiente al estupefaciente secuestrado. Argumentó que el análisis efectuado en el informe carecía de rigor científico y por ende de utilidad para el debate.
26-mar-2025Quiroz (Causa N° 5898)Tres personas fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes agravado. En la audiencia de control de acusación, la fiscalía cuestionó la cantidad de testigos ofrecidos por la defensa para declarar sobre el concepto que tenían de dos de los acusados en la etapa de determinación de la pena. Por su parte, también en esa audiencia, la defensa se opuso a ciertos elementos de prueba ofrecidos por la fiscalía porque entendió que se trataban de constancias documentadas de actos que se produjeron durante la investigación pero que, a su criterio, no constituían prueba documental, en los términos del art. 289 del CPPF, que pudiera ser incorporada por lectura. Al respecto, la fiscalía señaló que no se ofrecía esa evidencia de forma autónoma para su lectura en el juicio, sino con carácter complementario de los testimonios que se rendirán en la siguiente etapa, de modo que sólo ingresarían según lo dispuesto por el art. 289 in fine del CPPF.
5-may-2025Yucra Yaguari (Causa N° 5626)Una persona fue acusada por el delito de transporte de estupefacientes agravado. Se logró su identificación y detención gracias a la declaración de dos personas en cuyo poder se secuestró el estupefaciente y que fueron condenadas luego de llegar a un acuerdo de juicio abreviado. Una de esas personas prestó declaración como “imputado colaborador”. En la audiencia de control de acusación, la fiscalía complementó su ofrecimiento probatorio con la declaración de las dos personas que ya habían sido condenadas y con el acuerdo de colaboración celebrado con uno de ellos. La defensa no se opuso a ese ofrecimiento.
13-may-2025Saban (Causa N° 5296)Cuatro personas fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes y de tenencia de arma de fuegos. En la audiencia de control de acusación, se discutió sobre la utilidad de un informe de antecedentes elaborado por la Gendarmería Nacional que la fiscalía había ofrecido para el juicio de responsabilidad. Además, la fiscalía cuestionó la incorporación de un testigo ofrecido por la defensa debido a la ausencia de datos precisos que imposibilitan su correcta individualización y el análisis de su pertinencia para la siguiente etapa.
6-jun-2025Tapia (Causa N° 5755)Seis personas fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes agravado. Algunas de ellas prestaron declaración como imputados colaboradores y uno de ellos fue condenado luego de un juicio abreviado. En la audiencia de control de acusación por el proceso que se seguía contra cuatro de ellos, la defensa de una de las personas acusadas solicitó que el interrogatorio de los testigos sea exclusivamente respecto de los temas mencionados en el escrito de ofrecimiento y que no podían ser interrogados sobre aspectos no identificados previamente por la fiscalía. Por otro lado, la fiscalía solicitó a la defensa de una de las personas que aclarara el objeto de la declaración del perito que había propuesto y luego consintió su ingreso. Por último, la defensa de una de las personas solicitó el acceso a los acuerdos de colaboración previo al juicio. Frente a ese pedido la fiscalía confirmó que pondría a disposición de las partes los acuerdos de colaboración con los recaudos de seguridad y protección necesarios.
6-jun-2025Tirano Martínez (Causa N° 14874)Una persona fue acusada por el delito de transporte de estupefacientes agravado. En la audiencia de control de acusación, la defensa se opuso a la admisión de los informes de antecedentes y planillas prontuariales para la etapa de determinación de la responsabilidad, pues no estaban dirigidos a probar las circunstancias del hecho, y postuló que debían ingresar para la etapa de determinación de la pena. La defensa también se opuso a la incorporación del informe de avalúo del estupefaciente secuestrado. realizado por ARCA (ex AFIP). La fiscalía insistió en su incorporación, sosteniendo que más allá de que no se trate de un tipo penal de contenido patrimonial, se encuentra presente la cuestión dineraria tanto en la motivación de quienes realizan la conducta como en el destino de esa actividad.