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FechaTítuloResumen
3-dic-2018Benitez (Reg. N° 1571 y causa N° 69634)Una persona se encontraba imputada por el delito de robo. Durante la etapa de instrucción, suscribió un acuerdo de conciliación con la víctima y la fiscalía. En esa ocasión, ofreció el pago de quinientos pesos en concepto de reparación económica y pidió disculpas por el hecho. La damnificada aceptó el ofrecimiento y el Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable a la resolución del caso por esa vía. El acuerdo fue presentado ante el juzgado, que lo rechazó. Para decidir de ese modo, sostuvo que el instituto carecía de operatividad en tanto no había normas procesales que lo regularan y tornaran procedente su aplicación. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución impugnada. Por tal razón, se interpuso un recurso de casación que, denegado, dio lugar a la interposición de un recurso de queja. La Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional concedió la impugnación
21-may-2018Gutiérrez (Reg. N° 543 y causa N° 16737)Un hombre que registraba antecedentes condenatorios interceptó a una persona en la vía pública, lo golpeó con un palo y le sustrajo la billetera, el teléfono celular y dinero. Un agente policial asistió a la víctima –que fue derivada a un hospital y, después de un tiempo, falleció– y tomó conocimiento de las características físicas del agresor. Minutos más tarde, el policía observó a un hombre cuyo nerviosismo dio lugar a que le requiriera su documentación. Entonces, el detenido arrojó una bolsa al suelo y el preventor advirtió, en su interior, las pertenencias de la víctima. Por tal razón, se lo trasladó a la comisaría. Una vez allí, se negó a salir del vehículo y golpeó con su cabeza a un policía. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de siete años de prisión por la comisión de los delitos de robo agravado por haber sido cometido con un arma, resistencia a la autoridad y lesiones leves, en concurso real entre sí. Para decidir de esa manera, consideró que, dadas las consecuencias causadas en la salud de la víctima, el palo poseía “aptitud vulnerante”. Además, al determinar el monto de la pena, valoró los antecedentes registrados por el imputado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-may-2018PE (causa Nº 62278)Un individuo fue detenido y procesado por el delito de robo agravado por el uso de armas y por haber sido cometido en poblado y banda, en grado de tentativa. El imputado registraba una sentencia absolutoria recurrida que tramitaba ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Además, en el marco de otro proceso, había suscripto un acuerdo de juicio abreviado cuya homologación se encontraba pendiente. Transcurridos cinco meses desde su detención, la defensa solicitó que se le concediera la excarcelación. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable a la solicitud. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de ese modo, señaló que el tiempo que el sujeto llevada detenido no resultaba desproporcionado en relación con la escala penal prevista para el delito imputado. Asimismo, indicó que si bien no registraba antecedentes condenatorios, contaba con procesos en trámite. Sobre la base de esos fundamentos, el tribunal sostuvo que no podía descartarse una hipotética unificación de las tres causas, cuya pena fuera de cumplimiento efectivo. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.