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Fecha | Título | Resumen |
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23-nov-2018 | Salas (Causa Nº 14055) | Una mujer travesti –que no había modificado su DNI– sufría severos problemas de salud. Entre otras cuestiones, presentaba diabetes, obesidad, gastritis y trastornos respiratorios severos. Al ser detenida, sus condiciones de salud se deterioraron, lo que le generó angustia y sensación de muerte inminente. Al ser entrevistada por el Equipo Técnico de la Defensoría General de la Nación, relató que había sufrido malos tratos e insultos relacionados con su identidad de género por parte de los demás detenidos y del servicio penitenciario. Asimismo, manifestó haber sido abusada sexualmente. Además, los médicos del equipo indicaron que la mujer poseía un considerable riesgo cardiovascular. Sobre la base de dichas consideraciones, la defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. De manera subsidiaria, requirió que se le asignara un dispositivo de control electrónico. La Procuración Penitenciaria de la Nación realizó una presentación en carácter de amicus curiae. En particular, hizo hincapié en las enfermedades padecidas por la mujer y destacó la estigmatización y discriminación a la que era sometida en el ámbito penitenciario. En tal sentido, sugirió el otorgamiento de la prisión domiciliaria. Por su parte, los médicos del establecimiento informaron que la mujer se encontraba “clínicamente estable” y en “buen estado general”. Asimismo, refirieron que sus patologías eran tratables y que, por tal razón, podía permanecer detenida en la unidad. |
7-nov-2018 | Di Muro (causa Nº 1168) | Un hombre transexual había modificado su documentación personal y había iniciado un tratamiento hormonal conforme al género con el que se sentía identificado. Asimismo, se había efectuado una mastectomía con el objeto de extraer sus glándulas mamarias. Al ser detenido e imputado por el delito de contrabando de estupefacientes, solicitó ser alojado en el Complejo Penitenciario Federal IV de mujeres. Allí fue tratado con términos discriminatorios por parte de sus compañeras y personal del servicio penitenciario, lo que generó reiterados inconvenientes. Por tal razón, fue trasladado a un sector de aislamiento. Su defensa, entonces, solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. A su vez, la Procuración Penitenciaria de la Nación realizó una presentación en carácter de amicus curiae. Entre otras cuestiones, sostuvo que el CPF IV no se encontraba preparado para alojar a un hombre transexual. El juzgado rechazó la solicitud por entender que la situación no encuadraba en ninguno de los supuestos previstos para la concesión del instituto. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. En particular, indicó que la prolongación de su asistido en un establecimiento carcelario constituía una afectación a los derechos de integridad personal, dignidad humana y no sufrir tratos crueles, inhumanos y degradantes. |
26-oct-2018 | Módulo V Pabellón B (Causa Nº30988) | El Pabellón B del Módulo V del CPF I se encontraba destinado al alojamiento de personas homosexuales. Desde el mes de abril de 2018, ingresaron personas de otra orientación sexual, lo que provocó conflictos, insultos y agresiones. Por esa razón, se interpuso una acción de hábeas corpus. Al celebrarse la audiencia, el representante del área de tratamiento del CPF I manifestó que consideraba discriminatorio tomar en cuenta la orientación sexual de las personas para determinar su alojamiento. A su turno, la auditora del Complejo consideró que no existía un acto lesivo que implicara la agravación de las condiciones de detención. Por su parte, la defensa señaló la desprotección de las personas homosexuales alojadas en ese pabellón y sostuvo que el acto lesivo era inminente. Asimismo, la Procuración Penitenciaria de la Nación relató las sucesivas situaciones de violencia física y simbólica que sufría el colectivo de varones gays. Por último, el INADI presentó un informe mediante el cual solicitó al SPF que preservara un lugar de alojamiento especial para la población homosexual, a fin de protegerla como colectivo vulnerable y evitar el agravamiento de las condiciones de detención. |
16-jun-2016 | Colectivo del Pabellón C y D (causa Nº 8891) | El Servicio Penitenciario Federal resolvió trasladar a las personas del colectivo trans que se encontraban en un complejo penitenciario en el que se alojaban hombres a otro en el que se alojaban mujeres. Dos hombres homosexuales no estaban de acuerdo con el traslado dispuesto. Sostenían que eran gays y no trans y que preferían quedarse en el mismo penal. En consecuencia, interpusieron un habeas corpus a fin de ser reintegrados a su lugar de alojamiento anterior. El juzgado de primera instancia no hizo lugar a la acción. Contra esa decisión, interpusieron un recurso de apelación. |
2-nov-2015 | QHT (causa Nº 56451) | Personal del Programa contra la Violencia Institucional y de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación mantuvo entrevistas con la población trans alojada en el Complejo 1 (Módulo 6) y en el Complejo IV del Servicio Penitenciario Federal con el fin de indagar sobre sus condiciones de detención y su relación con las fuerzas de seguridad. En ese marco, denunciaron que, al ser alojadas en las unidades Nº 28 y 29 del SPF, para asistir a los comparendos judiciales, fueron sometidas a exámenes corporales y requisas degradantes e invasivos, llevados a cabo por agentes penitenciarios masculinos y sin intervención del personal sanitario o médico. Asimismo, indicaron que se les requirió desnudarse parcial o íntegramente y que, en ocasiones, fueron maltratadas verbalmente y observadas por varias personas. En consecuencia, la Defensoría General de la Nación interpuso una acción de habeas corpus en el que se postuló el agravamiento en las condiciones de detención de las personas trans que se encontraban a disposición del SPF. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción planteada y ordenó, entre otras medidas, la cesación inmediata del acto lesivo. Además, requirió que se arbitren los medios necesarios para que, frente al ingreso a las unidades en cuestión y, de resultar necesario practicar requisas personales por razones de seguridad penitenciaria y/o de los internos, se adopten los siguientes recaudos: a) que las requisas sean practicadas exclusivamente por personal médico; b) en caso de necesidad fundada, cuando sea necesaria un registro táctil sobre los requisados, se haga sobre prendas de vestir y prescindiendo de los desnudos totales o parciales, previa consulta a la persona involucrada respecto a su preferencia sobre la identidad de género de quien lo llevará a cabo, respetando en todo momento la intimidad del requisado. Frente a esta decisión, el Servicio Penitenciario Federal y el Servicio Central de Alcaidías interpusieron un recurso de apelación. Posteriormente, se sancionó el “Protocolo de Registro Corporal y Pertenencias de Personas Trans en la órbita del Servicio Penitenciario Federal Argentino”. |
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