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FechaTítuloResumen
14-jul-2020RMC (causa N° 127098)Un hombre golpeó a su cuñada con una baldosa y le produjo una herida en su cabeza. Por esa razón, fue imputado por el delito de lesiones culposas y se le concedió la suspensión del juicio a prueba. En sede civil se le inició una demanda por daños y perjuicios, donde fue condenado a pagar una suma de dinero en concepto de indemnización. Contra esa decisión ambas partes interpusieron recursos de apelación. Entre sus agravios, la mujer destacó que debía aplicarse la ley N°26.485 de Protección Integral a las Mujeres y que la resolución carecía de perspectiva de género. Destacó que con esa visión la reparación debía contemplar mucho más que el cálculo derivado de la aplicación de una fórmula matemática porque se trataba de un intento de homicidio. Por su parte, el demandado sostuvo que la responsabilidad endilgada se había fundado en la errónea aplicación de la doctrina de la prejudicialidad.
17-dic-2019Lescano (causa N° 8943) - CámaraEn el año 2003 un agente que pertenecía a la Policía Federal mató a su cónyuge de un disparo en la cabeza. La víctima tenía dos hijos menores de edad y se dedicaba a las tareas del hogar y el cuidado de ellos. Por ese hecho el autor fue condenado en sede penal. Con posterioridad, la hermana de la víctima, por derecho propio y en representación de sus hijos, inició una acción por daños y perjuicios contra el agente y contra el Estado Nacional. El juzgado hizo lugar a la acción y condenó a los demandados al pago de $750.000. Para así decidir, el tribunal tuvo acreditada la responsabilidad del agente en virtud de la condena. Además, consideró la responsabilidad del Estado Nacional por ser garante de la preparación e integridad psicofísica de los agentes a los que les confirió el uso de un arma de fuego. Contra esa resolución, las partes interpusieron recursos de apelación. La parte demandada se agravió del exceso del monto a pagar.
3-sep-2018Lescano (Causa N° 8943)Una mujer, casada con un agente de la Policía Federal Argentina, tenía dos hijos menores de edad. Ella se dedicaba a las tareas del hogar y al cuidado de los hijos. La mujer sufría situaciones de violencia por parte de su cónyuge. En una oportunidad, se presentó en la policía para pedir ayuda. Allí le respondieron que se iban a ocupar pero que no denunciara porque complicaría el trabajo del marido. En diciembre del 2003, luego de una discusión de pareja, el hombre –con su arma reglamentaria– le pegó un tiro en la cabeza a la mujer que le ocasionó la muerte. El marido llamó a la policía para denunciar el hecho. Cuando la policía llegó, el hombre amenazó con quitarse la vida. Luego de once horas la policía logró detenerlo y retener el arma reglamentaria. En la causa penal, el hombre fue condenado a pena de prisión perpetua. Con posterioridad, la hermana de la víctima, por derecho propio y en representación de los hijos menores de edad, inició una acción por daños y perjuicios contra el agente y contra el Estado Nacional –Ministerio del Interior de la Nación– Policía Federal Argentina por la responsabilidad en los hechos. Al contestar, el Estado negó su responsabilidad y argumentó que el hombre no estaba prestando servicios al momento del hecho. Además, agregó que, si bien el Estado era dueño del arma utilizada, no era responsable ya que se había usado contra el fin para el cual fue entregada.