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FechaTítuloResumen
14-mar-2022Ministerio Público Fiscal s/recurso de apelación (Causa N° 8991)En una causa penal se investigaba a un grupo de personas que se habían desempeñado en el Poder Ejecutivo Nacional entre los años 2015 y 2019 por posibles coacciones orientadas a interferir en las funciones de determinados jueces y juezas. En ese marco, la fiscalía interviniente le solicitó a la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que confeccione un informe en el que se releven todas aquellas manifestaciones directas de carácter público de funcionarios o allegados a la gestión de gobierno que encabezó el Poder Ejecutivo Nacional entre el 10/12/2015 y el 9/12/2019, cuyos contenidos estén emparentados con expresiones de connotaciones críticas, negativas, peyorativas y/o descalificantes, en términos profesionales y/o personales, hacia las personas presuntamente afectadas en el marco de la hipótesis delictiva investigada en aquel caso. Luego de realizado un informe parcial, el juez de primera instancia ordenó excluirlo como medio de prueba. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. Para ello, indicó, entre otras cuestiones, que la medida era idónea, válida y respetaba los derechos fundamentales de las personas involucradas en la investigación. Asimismo, que la recolección de datos buscaba determinar la existencia de un hecho criminal en función de que la información no era reservada sino de contenido público, y que la medida no tenía como objetivo censurar expresiones ni judicializar el debate público.
6-jul-2019Escher v. BrasilEn Brasil, un grupo de personas formaban parte de dos organizaciones sociales, ADECON y COANA. La primera tenía como objetivo el desarrollo comunitario y la integración de sus asociados a través de actividades culturales, deportivas y económicas, mientras que la segun-da integraba a los agricultores en actividades económicas. Las dos mantenían relación con el Movimiento de los Trabajadores Rurales Sin Tierra (MST), con el cual compartían el objetivo de promover la reforma agraria. En ese contexto, la policía militar solicitó la intervención de las líneas telefónicas instaladas en la COANA y el juzgado hizo lugar al pedido sin fundar su determinación. Los diálogos interceptados en el marco de la investigación fueron parcialmente reproducidos en un noti-ciero televisivo de alcance nacional. Luego, en una conferencia de prensa, autoridades guber-namentales entregaron a periodistas documentación con partes de las conversaciones trans-criptas. Las personas involucradas solicitaron que se destruyesen las grabaciones. Además, la fiscalía sostuvo, entre otras cuestiones, que la policía militar no tenía legitimidad para solicitar la intervención telefónica y que el pedido había sido elaborado de modo aislado, sin que existie-ra una investigación en curso. En consecuencia, requirió que se declarara la nulidad de las intercepciones y la inutilidad de las grabaciones. El juzgado rechazó el planteo por considerar que no se encontraba probada la ilegalidad de las interceptaciones; sin embargo, ordenó la incineración de las grabaciones.
25-jun-2014Riley v. CaliforniaEn 2009, en California, EEUU, se produjo un tiroteo entre dos bandas. Riley era un hombre que pertenecía a una de esas pandillas. Días más tarde, Riley fue detenido por conducir un automóvil con su licencia vencida. En esa oportunidad, oficiales de policía encontraron dos armas en el vehículo y, entre sus pertenencias, hallaron su teléfono celular. El aparato era un teléfono inteligente con diversas funciones, amplia capacidad de almacenamiento y conexión a internet. El aparato fue requisado y la policía analizó videos y fotografías en los que se veía a Riley con carteles de su pandilla. Sobre esa base, fue imputado por haber participado en el tiroteo y en un hecho de homicidio en grado de tentativa y robo con arma de fuego, agravado por haber sido cometido en beneficio de una pandilla callejera criminal. En el juicio oral declaró un experto en pandillas que afirmó que el imputado pertenecía a una pandilla que estaba enemistada con la otra y sostuvo que el tiroteo se podría haber relacionado con esto. Riley, finalmente, fue condenado y el Tribunal de Apelaciones de California confirmó la decisión. En 2007, en Massachusetts, EEUU, la policía detuvo a Wurie, un hombre al que habían observado en un aparente acto de venta de estupefacientes. Una vez trasladado a la comisaría, la policía secuestró el teléfono celular de Wurie y advirtió que el dispositivo había recibido múltiples llamadas de un usuario identificado como “Casa”, que se veía en la pantalla. La policía entonces abrió el teléfono, accedió al registro de llamada, identificó el número asociado con “Casa” y rastreó el número hasta el lugar que consideraron que era la casa del imputado. Luego, solicitaron una orden de allanamiento del domicilio, que fue concedida. Entonces, al realizar la medida, encontraron estupefacientes, un arma, municiones y dinero. El hombre fue imputado por delitos vinculados a estupefacientes y tenencia de armas. De forma posterior, el hombre presentó una moción solicitando que se suprimiera la evidencia obtenida en el allanamiento de su domicilio. El juzgado interviniente rechazó el pedido y condenó al hombre. El hombre recurrió la decisión y el tribunal de alzada revocó la denegación de la moción de supresión de la evidencia y anuló la condena.
31-ago-2010QuarantaA través de una denuncia anónima, se informó que una mujer vendía troqueles de LSD y anfetaminas desde su domicilio. Sobre esa base, el juzgado ordenó la realización de tareas de investigación y la intervención de su línea telefónica. A partir de la información obtenida se ordenaron otras interceptaciones, tanto telefónicas como de aparatos de radiollamada. Di-chas medidas permitieron la identificación de varios integrantes de una organización. La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal declaró la nulidad de las resoluciones que dispusieron las intervenciones telefónicas. Para decidir de ese modo, consideró que no existían justificativos que motivaran la medida. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. La Sala IV de la CFCP anuló la resolución y sostuvo que la intervención no había sido arbitraria, ya que había sido ordenada con el objeto de constatar la denuncia recibida por la policía. En la etapa de juicio, el Tribunal Oral declaró nuevamente la nulidad de la disposición que había ordenado la medida y señaló que los elementos con los que contaba el juzgado habían sido insuficientes para proceder de tal modo. La Sala IV de la CFCP anuló la resolución y sostuvo que no se habían incorporado nuevos elementos que permitieran apartarse de lo que se había resuelto con anterioridad. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, dio lugar a la presentación de un recurso de queja.