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Título : Riley v. California
Fecha: 25-jun-2014
Resumen : En 2009, en California, EEUU, se produjo un tiroteo entre dos bandas. Riley era un hombre que pertenecía a una de esas pandillas. Días más tarde, Riley fue detenido por conducir un automóvil con su licencia vencida. En esa oportunidad, oficiales de policía encontraron dos armas en el vehículo y, entre sus pertenencias, hallaron su teléfono celular. El aparato era un teléfono inteligente con diversas funciones, amplia capacidad de almacenamiento y conexión a internet. El aparato fue requisado y la policía analizó videos y fotografías en los que se veía a Riley con carteles de su pandilla. Sobre esa base, fue imputado por haber participado en el tiroteo y en un hecho de homicidio en grado de tentativa y robo con arma de fuego, agravado por haber sido cometido en beneficio de una pandilla callejera criminal. En el juicio oral declaró un experto en pandillas que afirmó que el imputado pertenecía a una pandilla que estaba enemistada con la otra y sostuvo que el tiroteo se podría haber relacionado con esto. Riley, finalmente, fue condenado y el Tribunal de Apelaciones de California confirmó la decisión. En 2007, en Massachusetts, EEUU, la policía detuvo a Wurie, un hombre al que habían observado en un aparente acto de venta de estupefacientes. Una vez trasladado a la comisaría, la policía secuestró el teléfono celular de Wurie y advirtió que el dispositivo había recibido múltiples llamadas de un usuario identificado como “Casa”, que se veía en la pantalla. La policía entonces abrió el teléfono, accedió al registro de llamada, identificó el número asociado con “Casa” y rastreó el número hasta el lugar que consideraron que era la casa del imputado. Luego, solicitaron una orden de allanamiento del domicilio, que fue concedida. Entonces, al realizar la medida, encontraron estupefacientes, un arma, municiones y dinero. El hombre fue imputado por delitos vinculados a estupefacientes y tenencia de armas. De forma posterior, el hombre presentó una moción solicitando que se suprimiera la evidencia obtenida en el allanamiento de su domicilio. El juzgado interviniente rechazó el pedido y condenó al hombre. El hombre recurrió la decisión y el tribunal de alzada revocó la denegación de la moción de supresión de la evidencia y anuló la condena.
Argumentos: La Corte Suprema de Estados Unidos revocó la sentencia del caso “Riley” y confirmó la del caso “Wurie”. 1. Teléfono celular. Requisa. Orden judicial. “Los datos almacenados digitalmente en un teléfono celular no se pueden usar en sí mismos como un arma para dañar a un oficial […] o para que la persona detenida se logre dar a la fuga. Los agentes policiales siguen teniendo libertad para examinar los aspectos físicos de un teléfono para asegurarse de que no se utilizará como arma, por ejemplo, para determinar si hay una cuchilla de afeitar oculta entre el teléfono y su estuche. Sin embargo, una vez que un oficial ha examinado físicamente un teléfono y eliminado cualquier amenaza física potencial, los datos del teléfono no pueden poner en peligro a nadie”. 2. Telefonía celular. Almacenamiento. Intimidad. “Los teléfonos celulares difieren tanto en un sentido cuantitativo como en un sentido cualitativo de otros objetos que podrían mantenerse en una persona del arrestado. El término ‘teléfono celular’ es en sí mismo una taquigrafía engañosa; muchos de estos dispositivos son, de hecho, minicomputadoras que también tienen la capacidad de ser utilizadas como un teléfono […]. Una de las características distintivas más notables de los teléfonos celulares modernos es su inmensa capacidad de almacenamiento. Antes de su uso, la investigación sobre una persona se encontraba limitada por las circunstancias físicas y tendía a significar solo una estrecha intrusión en la intimidad…”. “Sin embargo, la posible intrusión en la intimidad no se halla limitada físicamente de la misma manera cuando se trata de celulares […]. La capacidad de almacenamiento de los teléfonos celulares tiene varias consecuencias interrelacionadas para la intimidad. En primer lugar, en un solo lugar se recolecta una gran variedad de información –una dirección, una nota, una receta, un extracto bancario, un video– que revela mucho más en combinación que cualquier grabación. En segundo lugar, la capacidad de un teléfono celular permite incluso que la información pueda transmitir mucho más que antes. La suma de la vida privada de un individuo puede ser reconstruida a través de mil fotografías etiquetada son fechas, lugares y descripciones; lo mismo no puede ser realizado a través de una fotografía o dos de sus seres queridos metidos en una billetera. En tercer lugar, los datos de un teléfono pueden remontarse al momento de su compra o incluso antes…”. “Finalmente, hay un elemento de omnipresencia que caracteriza a los teléfonos celulares pero no a los registros físicos. Antes de la era digital las personas normalmente no llevaban un caché de información personal sensible con ellos. Ahora la excepción es la persona que no lleva un celular teléfono […]. [N]o es exagerado sostener que […] más del 90% de los adultos estadounidenses que poseen un teléfono celular mantienen […] un registro digital de casi todos los aspectos de sus vidas, desde lo mundano a lo íntimo […]. Permitir a la policía escrutar dichos registros de forma rutinaria es muy diferente a permitir, ocasionalmente y en un caso concreto, el registro de uno o dos elementos personales”. “Aunque los datos almacenados en un teléfono celular se distinguen de los registros físicos solo por cantidad, los tipos de datos también son cualitativamente diferentes. El historial de búsqueda y navegación en internet, por ejemplo, se puede encontrar en un teléfono. Esto podría revelar los intereses o preocupaciones privadas de una persona […]. Los datos en un teléfono celular también pueden revelar dónde ha estado localizada la persona, y puede re-construir los movimientos específicos de alguien minuto a minuto, no sólo alrededor de la ciudad sino también dentro de un edificio particular…”. “El software de las aplicaciones en los teléfonos celulares, o "las aplicaciones", ofrecen una variedad de herramientas para gestionar información detallada sobre todos los aspectos de la vida de una persona. […] El promedio de aplicaciones instaladas en un teléfono celular inteligente es de 33 aplicaciones, lo cual, en forma conjunta, puede conformar un montaje revelador de la vida del usuario…”. “De hecho, la requisa de un teléfono celular podría exponer a las autoridades mucho más que el más exhaustivo allanamiento de un domicilio: un teléfono no solo contiene de forma digital muchos registros confidenciales encontrados previamente en el hogar; éste también contiene una amplia gama de información privada que nunca se encuentra en un domicilio…”. 3. Intervención de las telecomunicaciones. Telefonía celular. Orden judicial. “Nuestra consideración, por supuesto, no es que la información en un teléfono celular sea inmune a su inspección; es, en cambio, que se requiera una orden de registro antes de tal registro, incluso cuando sea incautado en la detención. Nuestros casos han reconocido históricamente que el requisito de la orden es ‘una parte importante de nuestra maquinaria de gobierno’, no simplemente ‘un inconveniente para de alguna manera ser ‘sopesada’ contra las afirmaciones de eficiencia policial’…”. “Los teléfonos celulares modernos no son solo otro medio tecnológico. Con todo lo que contienen y pueden revelar, contienen para muchos estadounidenses ‘la intimidad de la vida’ […]. El hecho de que la tecnología ahora permita que un individuo lleve tal información en su mano no hace que la información sea menos digna de la protección por la que lucharon los constituyentes. Nuestra respuesta a la cuestión sobre qué debe hacer la policía antes de registrar un teléfono incautado es también simple: obtener una orden judicial”.
Tribunal : Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos
Voces: INTERVENCIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES
TELÉFONOS
TELEFONÍA CELULAR
ORDEN JUDICIAL
DERECHO A LA PRIVACIDAD
DERECHO A LA INTIMIDAD
ALMACENAMIENTO
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Escher v. Brasil
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Riley v. California.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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